Reglamento (CE, CECA, Euratom) nº 2367/2001 del Consejo, de 30 de noviembre de 2001, que modifica los Reglamentos (CE, CECA, Euratom) nº 106/2001 por el que se fijan los coeficientes correctores aplicables a partir del 1 de julio de 2000 a las retribuciones de los funcionarios de las Comunidades Europeas destinados en los terceros países y (CE, CECA, Euratom) nº 1794/2001 por el que se fijan los coeficientes correctores aplicables a partir del 1 de enero de 2001 a las retribuciones de los funcionarios de las Comunidades Europeas destinados en los terceros países, en lo que se refiere a los coeficientes correctores aplicables a partir del 1 de julio de 2000 y del 1 de enero de 2001 a las retribuciones de los funcionarios destinados en Naka (Japón).

Vigente Reglamento Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2001-82622
Número oficial:
DOUE-L-2001-82622
Publicación:
05/12/2001
Departamento:
Comunidades Europeas

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y el régimen aplicable a los otros agentes de estas Comunidades, establecidos por el Reglamento (CEE, Euratom, CECA) n° 259/68 (1), y en particular el párrafo primero del artículo 13 de su anexo X,

Vistos los Reglamentos (CE, CECA, Euratom) n° 106/2001 (2) del Consejo, de 15 de enero de 2001, por el que se fijan los coeficientes correctores aplicables a partir del 1 de julio de 2000 a las retribuciones de los funcionarios de las Comunidades Europeas destinados en los terceros países, y (CE, CECA, Euratom) n° 1794/2001 (3) del Consejo, de 10 de septiembre de 2001, por el que se fijan los coeficientes correctores aplicables a partir del 1 de enero de 2001 a las retribuciones de los funcionarios de las Comunidades Europeas destinados en los terceros países,

Vista la propuesta de la Comisión,

Considerando lo siguiente:

Al efectuarse la actualización de la paridad económica de Naka (Japón) se produjo un error material consistente en tomar en consideración la evolución del coste de la vida en una ciudad homónima. En consecuencia, los coeficientes correctores aplicables en Naka (Japón) a partir del 1 de julio de 2000 y del 1 de enero de 2001 son erróneos y deben ser rectificados.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

Los cuadros anexos a los Reglamentos (CE, CECA, Euratom) n° 106/2001 y (CE, CECA, Euratom) n° 1794/2001 se modifican por lo que se refiere a Naka (Japón) tal como se indica en el anexo.

Los tipos de cambio utilizados para el cálculo de estas retribuciones serán los utilizados para la ejecución del presupuesto general de la Unión Europea durante los meses que preceden a los meses de julio de 2000 y enero de 2001, respectivamente.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 30 de noviembre de 2001.

Por el Consejo

El Presidente

L. Michel

________________________

(1) DO L 56 de 4. 3.1968, p. 1. Reglamento cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE, CECA, Euratom) n° 1986/2001 (DO L 271 de 12.10.2001, p. 1).

(2) DO L 19 de 20.1.2001, p. 1.

(3) DO L 244 de 14.9.2001, p. 1.

ANEXO

TABLA OMITIDA EN PÁGINA 2

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/855 de la Comisión, de 14 de abril de 2026, relativo a los requisitos de interoperabilidad y procedimientos no discriminatorios y transparentes para acceder a los datos necesarios para el cambio de suministrador.

Reglamento 16/04/2026

Reglamento nº 13 de las Naciones Unidas. Disposiciones uniformes sobre la homologación de vehículos de las categorías M, N y O con relación al frenado [2026/746].

Reglamento 13/04/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/665 de la Comisión, de 4 de marzo de 2026, por el que se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) 2022/2552 en lo que respecta a las especificaciones técnicas de los requisitos de datos para las estadísticas del tema detallado producción industrial, que establecen el desglose de la clasificación de los productos industriales.

Reglamento 27/03/2026

Reglamento Delegado (UE) 2026/283 de la Comisión, de 12 de diciembre de 2025, por el que se modifican las normas técnicas de regulación establecidas en el Reglamento Delegado (UE) 2019/815 en lo que respecta a la actualización de 2025 de la taxonomía para el formato electrónico único de presentación de información.

Reglamento 18/03/2026

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