EL CONSEJO DE LA UNION EUROPEA,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea y, en particular, el apartado 2 de su artículo 103,
Vista la recomendación de la Comisión,
Vistas las conclusiones del Consejo Europeo de Amsterdam de los días 16 y 17 de junio de 1997,
RECOMIENDA:
1. Objetivos principales: crecimiento, empleo y convergencia
Desde el verano de 1996, momento en que se adoptaron las anteriores orientaciones, la Comunidad ha registrado una recuperación económica moderada. Las variables fundamentales de la oferta siguen mejorando mientras que las perspectivas de la demanda son alentadoras. Esta evolución, combinada con una política macroeconómica cada vez más equilibrada, permitirá que el crecimiento de la producción se fortalezca progresivamente hasta situarse en su nivel tendencial este año y por encima del mismo el próximo año.
En las circunstancias actuales, debe darse prioridad a dos aspectos fundamentales de la política económica, en los que los logros se refuerzan mutuamente. En primer lugar, aunque se prevé que el empleo aumentará moderadamente a corto plazo, es preciso aumentar la baja tasa de empleo comunitaria y reducir el desempleo de forma significativa, tal y como se ha hecho hincapié en la Declaración de Dublín sobre la política de empleo «El desafío del empleo». En segundo lugar, a pesar de que en los últimos años se han dado pasos importantes hacia la estabilidad de precios y el saneamiento de las finanzas públicas, es necesario seguir avanzando. Esto contribuirá a la consecución y mantenimiento de un elevado nivel de convergencia, de forma que un número importante de Estados miembros pueda participar en la unión económica y monetaria (UEM) a partir del 1 de enero de 1999. Resulta muy importante que en los próximos trimestres se evite cualquier duda acerca de la aplicación estricta de los criterios de Maastricht y de la fecha de inicio de la moneda única, 1999, a fin de que los ciudadanos y los
empresarios europeos tengan la seguridad de que van a aprovecharse las oportunidades que ofrece la UEM, fomentando así el crecimiento y el empleo. Dado que la búsqueda de situaciones presupuestarias más sanas repercutirá a medio plazo sobre el crecimiento y el empleo, la continuación del esfuerzo de consolidación presupuestaria responde a los intereses de todos los Estados miembros.
Con el mercado interior y la UEM, la Comunidad se está convirtiendo en una de las entidades económicas más importantes del mundo. Posee un considerable potencial a medio y largo plazo en lo que se refiere a progreso tecnológico y creación de trabajo y de riqueza. Para que este potencial se traduzca íntegramente en un aumento del nivel de vida, la Comunidad debe lograr progresivamente una elevada tasa de empleo, lo cual contribuirá a su vez a salvaguardar, mediante reformas, el mantenimiento de los sistemas de pensiones, parte integral de los sistemas de protección social de los Estados miembros.
El restablecimiento de un índice de crecimiento sostenido, elevado y no inflacionista, basado en unas finanzas públicas saneadas, creará un entorno favorable, tanto desde el punto de vista político como social, para atajar el problema del desempleo en la Comunidad.
Sin embargo, puesto que las deficiencias estructurales siguen frenando tanto el crecimiento como la traducción de éste en creación de puestos de trabajo, la mayoría de Estados miembros precisa efectuar reformas estructurales.
Sólo una capacidad productiva suficientemente importante puede permitir un alto índice de empleo. El actual coeficiente de inversión no parece dar cabida a esa posibilidad. En consecuencia, es muy importante que se mantengan las actuales condiciones favorables a la inversión, a saber, elevada rentabilidad y bajos tipos de interés. Además, debe apoyarse activamente la creación de redes transeuropeas de transporte, energía y comunicaciones, en la que los actuales instrumentos financieros comunitarios y el Banco Europeo de Inversiones (BEI) han de desempeñar una función fundamental, junto con una mayor participación del sector privado. La inversión en recursos humanos, conocimientos y competencias también puede contribuir al desarrollo de un mayor crecimiento del empleo, como se señaló en el informe de la Comisión «Europa como entidad económica».
En este contexto, de conformidad con el artículo 102 A del Tratado, se insta a los Estados miembros y a la Comunidad a aplicar una política económica con vistas a progresar de manera significativa en la vía de un crecimiento sostenible y no inflacionista, respetando el medio ambiente, y un alto nivel de empleo, que figuran entre los objetivos establecidos en el artículo 2 del Tratado. Con esta finalidad, también se les insta a coordinar sus políticas (artículos 3 A y 103), habida cuenta de la mayor integración de sus economías.
2. Combinación de políticas macroeconómicas de crecimiento y estabilidad
Las actuales orientaciones confirman que para lograr un crecimiento de la producción sostenido y basado en la inversión, así como la creación de empleo a medio plazo que no genere tensiones inflacionistas, sigue siendo necesaria una política macroeconómica común basada en los tres elementos enunciados en las orientaciones de 1996:
- «una política monetaria orientada hacia la estabilidad, cuyo funcionamiento no se vea comprometido por una evolución presupuestaria y salarial inadecuada;
- esfuerzos sostenidos para consolidar las finanzas públicas de la mayoría de los Estados miembros, de conformidad con los objetivos de sus programas de convergencia;
- una evolución de los salarios nominales compatible con el objetivo de la estabilidad de precios; al tiempo que la evolución de los salarios reales debería mantenerse inferior al aumento de la productividad para fortalecer la rentabilidad de las inversiones creadoras de empleo.
Cuanto más secundada esté la función estabilizadora de la política monetaria por una política presupuestaria y una evolución de los salarios adaptados, más las condiciones monetarias, incluidos los tipos de cambio y los tipos de interés a largo plazo, favorecerán el crecimiento y empleo.».
La recomendación referente a la evolución de los salarios nominales se estudiará, cuando sea necesario, atendiendo a la evolución pasada de la parte de los salarios incluida en el valor añadido total.
En cuanto a las perspectivas a medio plazo, la UEM consolidará, transformación fundamental de la combinación de las políticas macroeconómicas que, de forma progresiva, se ha logrado implantar en la Comunidad, y que los interlocutores sociales y agentes económicos deberán tener presente.
i) Una política monetaria única, bajo la responsabilidad de un Banco Central Europeo independiente, tendrá como objetivo fundamental la estabilidad de precios aunque, de forma simultánea y sin perjuicio de este objetivo, apoyará las políticas económicas generales de la Comunidad a fin de contribuir al logro de los objetivos fijados en el artículo 2 del Tratado.
ii) Las disposiciones del Tratado en el ámbito de la política presupuestaria (artículo 104 a 104 C) y el Pacto de estabilidad y crecimiento asegurarán la adopción de políticas presupuestarias saneadas y disciplinadas. Siempre que se respeten estas disposiciones, la responsabilidad de las políticas presupuestarias residirá en los gobiernos nacionales soberanos, que deberán coordinar sus políticas en el marco de las orientaciones generales de política económica.
iii) Respecto de los salarios, que serán acordados por interlocutores sociales autónomos según las prácticas vigentes en los distintos países, las políticas monetaria y presupuestaria, orientadas a la estabilidad, así como la imposibilidad de oscilaciones cambiarías dentro de la zona euro, reforzarán tanto las condiciones como los incentivos para una correcta evolución. Esta evolución debería también favorecerse, a escala nacional, mediante la intensificación del diálogo social con todas las partes afectadas, en la medida de las posibilidades y siempre que se respeten las tradiciones vigentes. El buen funcionamiento del proceso de formación de salarios constituye un requisito fundamental para un alto crecimiento económico y una disminución de desempleo. A escala comunitaria, la Comisión, de conformidad con el artículo 118 B, seguirá impulsando el diálogo social, especialmente en materia de política macroeconómica, con objeto de encontrar un terreno común de entendimiento respecto a la política económica fijada en
las orientaciones. El informe de los interlocutores sociales europeos sobre el marco macroeconómico, transmitido al Consejo Europeo de Dublín, constituye un paso importante en la dirección correcta y merece recibir todo el apoyo.
La aplicación, en un espíritu de cooperación, de este nuevo marco por todos los responsables de decisiones económicas contribuirá a establecer las condiciones para un crecimiento elevado, sostenido y generador de empleo en la Comunidad.
3. Estabilidad de precios y de tipos de cambio
Estabilidad de precios
La Comunidad ha avanzado considerablemente en cuanto a la estabilidad de precios y a la convergencia en el ámbito de la inflación, requisito esencial tanto para lograr un crecimiento sostenido a medio plazo como para adoptar la moneda única. Se prevé que la inflación media en la Comunidad disminuirá al 2¼ % en 1997, la tasa más baja desde la creación de la Comunidad. En la perspectiva de la UEM, los Estados miembros deberían fijarse como objetivo la estabilidad de precios y mantenerla en este nivel a medio plazo.
En casi todos los Estados miembros, la tasa de inflación se mantuvo en un nivel bajo o se redujo de forma significativa a principios de 1997. En abril de 1997, catorce Estados miembros tenían una tasa de inflación igual o inferior al 2 % (1).
La inflación experimentó una fuerte caída en los últimos meses en algunos Estados miembros (en particular, en España, Italia y Portugal), pero esto aún no se ve reflejado plenamente en sus tasas medias de inflación registradas en el último año (2). En abril de 1997, la tasa media de inflación registrada en el último año fue igual o inferior al 2 % en nueve Estados miembros (Bélgica, Dinamarca, Alemania, Francia, Luxemburgo, Países Bajos, Austria, Finlandia y Suecia), se situó entre un 2 y un 2,5 % en Irlanda y el Reino Unido (3) y oscilaba en torno al 3 % en España, Italia y Portugal. Si se mantienen los buenos resultados en lo que respecta a la inflación en estos últimos países, la tasa media de inflación registrada en todo el año se reducirá en los próximos meses.
En Grecia, donde en los últimos años se ha avanzado de forma sustancial en la reducción de la inflación, es preciso un mayor esfuerzo para alcanzar los objetivos oficiales, que son del 4,5 % para finales de 1997 y por debajo del 3 % para finales de 1998.
Estabilidad de tipos de cambio
De conformidad con el artículo 109 M, todos los Estados miembros deben seguir tratando sus políticas de tipo de cambio como un asunto de interés común. Finlandia e Italia entraron en el mecanismo de tipos de cambio (MTC) en otoño del pasado año y una mayoría significativa de las monedas del MTC mostraron una estabilidad notable. Unas políticas económicas más saneadas y creíbles, entre ellas las políticas presupuestarias, han contribuido a una alineación más adecuada de los tipos de cambio dentro de la Comunidad. En estas circunstancias, así como con vistas a la participación en la UEM, es imperativo que los Estados miembros mantengan -y, cuando sea posible, intensifiquen- su compromiso respecto a la política macroeconómica orientada hacia la estabilidad. En cuanto a los países que actualmente no participan
en el MTC, esas políticas también contribuirán a crear las condiciones para que tal participación sea posible. Una gestión saneada de la política macroeconómica crea las condiciones necesarias tanto para la estabilidad de los tipos de cambio y la reducción de los tipos de interés a largo plazo, como para la estabilidad del sistema monetario internacional.
4. Finanzas públicas saneadas
En la Comunidad en su conjunto, el déficit presupuestario efectivo descendió del 5 % del PIB en 1995 al 4,3 % del PIB en 1996. La debilidad del crecimiento económico en 1996 dificultó la consolidación presupuestaria y ocultó la mejora subyacente conseguida. Con arreglo a las medidas presupuestarias aprobadas hasta mediados de abril de 1997, el endeudamiento neto de las administraciones públicas en la Comunidad en su totalidad probablemente se sitúe por debajo del 3 % del PIB en 1997 y descienda por debajo del 2,5 % del PIB en 1998.
En sus presupuestos para 1997, una amplia mayoría de Estados miembros ha aprobado importantes medidas para reducir su déficit presupuestario a una cifra igual o inferior al 3 % del PIB. Es sumamente importante que los Estados miembros apliquen con rigor estos presupuestos y adopten medidas correctoras inmediatas en caso de desviación de los objetivos. En lo que se refiere a los presupuestos para 1998, la mayoría de los Estados miembros debe adoptar medidas adicionales de reducción del déficit para alcanzar los objetivos que se han impuesto en sus programas de convergencia. Ello proporcionará la confianza necesaria en la viabilidad del ajuste presupuestario, especialmente en aquellos países en los que en 1997 no se prevén déficit presupuestarios claramente inferiores al 3 % del PIB o en aquellos en que el presupuesto de dicho año contenía medidas transitorias o en que el porcentaje de deuda pública respecto al PIB no está disminuyendo lo suficiente ni aproximándose al valor de referencia a un ritmo satisfactorio. Esta determinación es fundamental no sólo para cumplir los criterios presupuestarios de Maastricht, sino también para lograr, a medio plazo, el equilibrio presupuestario o el superávit, tal como se indicaba en el Pacto de estabilidad y crecimiento, lo que permitirá garantizar una combinación de políticas macroeconómicas orientada al crecimiento y a la estabilidad.
Es preciso que los programas de ajuste presupuestario sean creíbles y duraderos. La carga de dicho ajuste deberá repartirse de forma justa y equitativa. Que sean creíbles supone que sean transparentes. Para ello es necesario que se apliquen estrictamente las reglas de contabilidad y los principios económicos adoptados en común. Además, los presupuestos anuales y las proyecciones presupuestarias a medio plazo deberán indicar claramente los supuestos económicos en que se basan. La viabilidad precisa medidas de reducción del déficit que formen parte de un plan a medio plazo claramente establecido, que incluya las reformas estructurales necesarias indicadas en los programas de convergencia y, desde el inicio de la tercera fase, en los programas de estabilidad o convergencia. Dichos programas deberán estar sujetos a una estricta vigilancia al nivel comunitario.
Lograr los beneficios económicos de la consolidación presupuestaria depende en gran medida de la calidad de las medidas adoptadas. Las presentes
orientaciones reafirman los principios generales señalados en las anteriores. En primer lugar, es deseable que en la mayoría de los Estados miembros se dé mayor importancia a la restricción del gasto frente a un aumento adicional de la carga fiscal total, teniendo en cuenta, donde resulte necesario, la relación entre sistemas de transferencias sociales y sistema fiscal. Tales Estados miembros deberán centrarse en medidas estructurales para controlar mejor el gasto en consumo público, pensiones, sanidad, medidas pasivas orientadas al mercado laboral y subsidios. Si los aumentos de impuestos fueran inevitables, debe tratar de minimizarse sus efectos negativos sobre el crecimiento y el empleo y evitar un resurgimiento de presiones inflacionistas. En segundo lugar, en la medida de lo posible y sin poner en peligro la necesaria reducción del déficit presupuestario, el gasto público podrá favorecer las actividades productivas, como la inversión en infraestructura, capital humano y políticas activas orientadas al mercado laboral. En tercer lugar, en la mayoría de los Estados miembros debe acometerse la deseada reducción de la carga fiscal y de las cotizaciones sociales de forma coherente con el mantenimiento de una situación presupuestaria saneada y equilibrada. Los cambios demográficos registrados en los Estados miembros influirán en el gasto público en los próximos años. Los Estados miembros deberán revisar la viabilidad financiera de sus sistemas de protección social y pensiones e introducir a tiempo las reformas necesarias.
Dadas las relaciones entre política fiscal, por una parte, y mercado único, UEM y lucha contra el desempleo, por otra, a los Estados miembros les interesa una mayor cooperación en el ámbito fiscal. De ahí que deba evitarse una competencia perjudicial entre los sistemas fiscales de los distintos Estados miembros. En esta perspectiva, se invita a los Estados miembros a que estudien, entre otras posibilidades, la elaboración de un código de conducta que establezca unos principios de competencia leal en el plano fiscal políticamente vinculantes.
Cinco Estados miembros -Dinamarca, Irlanda, Luxemburgo, Países Bajos y Finlandia- habían ya alcanzado el 3 % de referencia en 1996. En Dinamarca, donde se espera este año un saldo presupuestario positivo, es importante consolidar este resultado a lo largo del ciclo económico, y mantener el porcentaje de deuda pública respecto al PIB en una trayectoria decididamente descendente. Irlanda debería aprovechar la actual fase de notable crecimiento para intensificar los esfuerzos de contención del gasto público, lo que permitirá seguir avanzando hacia el equilibrio presupuestario. También en los Países Bajos y en Finlandia es imperativo continuar la política de restricción del gasto, con especial insistencia en las transferencias de seguridad social, lo que permitiría seguir disminuyendo los costes laborales no salariales, los impuestos sobre la renta y otros impuestos que obstaculizan el empleo.
En Bélgica, se prevé un déficit presupuestario igual o inferior al 3 % del PIB en 1997. Con arreglo a las medidas actuales, el déficit podría registrar una nueva disminución en 1998. Para aproximarse más a una consolidación presupuestaria, el Gobierno belga debe seguir estrictamente su nuevo programa de convergencia y dedicar especial atención a lograr unas cuentas
de la seguridad social saneadas, lo que exige la adopción de mecanismos eficaces que permitan controlar mejor el gasto en sanidad y continuar la reforma del sistema de pensiones.
En Alemania, se prevé un déficit presupuestario igual o inferior al 3 % del PIB en 1997. Con arreglo a las medidas actuales, el déficit podría registrar otra ligera disminución en 1998. El Gobierno alemán se comprometió firmemente a adoptar las medidas precisas para respetar el valor de referencia del 3 % en 1997 y debe emprender las actuaciones necesarias para frenar la tendencia al alza del porcentaje de deuda pública respecto al PIB. En 1998 debe mantenerse la consolidación presupuestaria que marca el nuevo programa de convergencia; su aplicación continuada debe centrarse en una reducción mayor del porcentaje del gasto público en la economía, y especialmente en reformar los sistemas fiscal y de seguridad social. Esto puede aliviar la carga contributiva y fiscal sin comprometer el cumplimiento estricto de todos los objetivos presupuestarios del nuevo programa de convergencia.
En España, se prevé un déficit presupuestario igual o inferior al 3 % del PIB en 1997. Con arreglo a las medidas actuales, el déficit podría registrar otra ligera disminución en 1998. Las autoridades españolas, firmemente decididas a alcanzar el objetivo del 3 % del PIB en 1997, deben insistir en su presupuesto de 1998 en la consolidación, tal como dispone el nuevo programa de convergencia; es importante que sigan aplicando medidas de reducción del déficit de carácter estructural, en especial para reducir el nivel actual de gasto y mejorar la eficacia de la gestión presupuestaria.
En Francia, se espera un déficit presupuestario igual o inferior al 3 % del PIB en 1997. Con arreglo a las medidas actuales, el déficit podría no registrar una disminución significativa en 1998. Es necesario conseguir una consolidación presupuestaria a medio plazo mediante una estricta aplicación del programa de convergencia recientemente aprobado. En particular, es necesario contener el gasto en sanidad, equilibrar las cuentas de la seguridad social y garantizar que las nuevas reducciones fiscales, en sí mismas favorables al crecimiento y al empleo, no disminuyan el ritmo de la reducción del déficit.
En Italia, merced a las nuevas medidas tomadas en marzo, se prevé que el déficit presupuestario alcance el 3 % del PIB en 1997. Las autoridades italianas deberán adoptar las medidas necesarias para cumplir dicho objetivo. Con objeto de lograr un déficit público por debajo del 3 % en 1998 y en años posteriores, es esencial aplicar íntegramente el programa de convergencia aprobado recientemente. Los objetivos fijados por el programa deberían considerarse por el Gobierno italiano como límites máximos, con vistas a evitar déficit y favorecer la disminución más rápida del coeficiente de la deuda pública. En el presupuesto de 1998, conviene dar importancia a las medidas que tengan un efecto permanente sobre la reducción del déficit, especialmente las medidas estructurales, ya que estas últimas tendrán igualmente un impacto favorable sobre la eficacia del sistema económico en su conjunto. La reforma de la seguridad social y del sistema fiscal italiano es de capital importancia.
En Austria, se prevé un déficit presupuestario igual o inferior al 3 % del
PIB en 1997. Con arreglo a las medidas actuales, el déficit podría registrar otra ligera disminución en 1998. Se insta al Gobierno de Austria a adoptar las medidas necesarias para alcanzar su objetivo de déficit presupuestario del 3 % del PIB en 1997 y garantizar la sostenibilidad de sus esfuerzos de consolidación presupuestaria en años siguientes mediante un programa de ajuste estructural, basado en las medidas actuales o, si fuera preciso, en el reforzamiento del ajuste estructural con medidas adicionales.
En Portugal, se prevé un déficit presupuestario igual o inferior al 3 % del PIB en 1997. En su presupuesto para 1998, las autoridades portuguesas, que se han comprometido a alcanzar un objetivo de déficit de 2,9 % del PIB en 1997, deberán continuar la consolidación presupuestaria, tal como se contempla en el nuevo programa de convergencia. Con arreglo a las medidas actuales, el déficit podría registrar otra ligera disminución en 1998. El nuevo acuerdo estratégico entre Gobierno e interlocutores sociales debe cumplirse estrictamente para lograr un avance significativo en la reforma de la administración pública y de los sistemas tributarios de seguridad social.
En Suecia, se prevé un déficit presupuestario igual o inferior al 3 % del PIB en 1997. Con arreglo a las medidas actuales, el déficit podría disminuir considerablemente en 1998. Suecia debe continuar con su programa de convergencia, que incluye unas finanzas públicas mejoradas y debe llevar a cabo un seguimiento del programa.
En el Reino Unido, se prevé un déficit presupuestario igual o inferior al 3 % del PIB en 1997. Con arreglo a las previsiones del Gobierno, se prevé que el déficit se reduzca considerablemente en 1998. Se recomienda que el nuevo Gobierno establezca un marco efectivo que contemple una consolidación fiscal duradera.
En Grecia, se prevé que las medidas anunciadas conduzcan a una nueva reducción del déficit presupuestario en 1997; se precisarán esfuerzos sostenidos en distintos ámbitos a fin de cumplir los objetivos del programa de convergencia, entre ellos un mayor esfuerzo para ampliar la base fiscal, aumentar la eficacia de la administración tributaria y del sistema de recaudación, disminuir el gasto público y continuar y ampliar los planes de privatización. Se espera que el déficit disminuya aún más en 1998.
Al igual que los Estados miembros, la Comunidad también debe mantener una estricta disciplina presupuestaria. Dicha disciplina deberá aplicarse a todas las categorías de las perspectivas financieras, respetando al mismo tiempo el Acuerdo interinstitucional sobre disciplina presupuestaria y mejora del procedimiento presupuestario.
5. Mejor funcionamiento de los mercados de bienes y servicios
A fin de salvaguardar y promover la competitividad, el empleo y el nivel de vida comunitarios, en un mundo de libre comercio y constante cambio tecnológico, es esencial que los Estados miembros y la Comunidad intensifiquen sus esfuerzos para modernizar sus mercados de bienes, servicios y trabajo, tal como establecen las orientaciones generales de política económica. Para incrementar la capacidad de adaptación de la economía de los Estados miembros e incrementar su crecimiento, es preciso fomentar asimismo la innovación, la investigación y el desarrollo y mejorar los sistemas de educación y formación. Una política medioambiental más
eficaz y que contribuya a un progreso económico sostenible deberá basarse en mayor medida en instrumentos de mercado, tanto a nivel nacional como, de ser necesario, comunitario.
Fomentar el crecimiento y el empleo, al mismo tiempo que se logra la estabilidad de precios, exige mejorar el funcionamiento de los mercados de bienes y servicios, estimular la competencia, favorecer la inventiva y la innovación y asegurar la eficacia del sistema de formación de precios. Este era el razonamiento del Programa sobre el mercado único (PMU), cuya importancia ya se destacó en una reciente evaluación de la Comisión (4). Dicha evaluación concluía que, en general, los mercados de bienes de los Estados miembros se caracterizan por una elevada integración, mientras que los mercados de servicios están menos integrados aunque la situación ha mejorado significativamente desde que se inició el PMU. Siguen existiendo algunos problemas: los servicios, especialmente los seguros y los bancos, así como la construcción, deben ser objeto de mayor atención, y aplicarse la legislación sobre mercado interior en su totalidad. Además, los Estados miembros deberán hacer lo necesario para aumentar la eficacia de sus servicios públicos.
Además, los mercados de aquellos bienes vinculados a la contratación pública siguen sin estar totalmente abiertos a la competencia, y otros mercados de bienes siguen estando excesivamente regulados por los Estados miembros, lo que supone precios más elevados para los consumidores. Las ayudas otorgadas por los Estados siguen falseando los mercados y erosionando la competencia, sin que se observe mejora alguna. Los avances han sido también demasiado lentos en la normalización de productos, especialmente en lo que se refiere a la noción de «reconocimiento mutuo». Debe mejorarse el entorno de las PYMES. A este respecto, debe agilizarse y favorecerse su acceso a la información, y adoptarse medidas para simplificar las normas (iniciativa SLIM).
La competencia y eficacia de los mercados de productos y servicios aumentará si mejora el funcionamiento del mercado único. Para ello los Estados miembros deben reforzar su compromiso respecto a: i) aplicar totalmente y asegurar el cumplimiento de la actual legislación, en especial en el sector de las telecomunicaciones; ii) efectuar mayores avances por mejorar el marco legislativo en ámbitos como los impuestos y el derecho de sociedades; iii) completar la liberalización de los mercados de la energía en el marco de las directivas ya existentes y las directivas en negociación; iv) reducir la carga de normas excesivas y revisar o suprimir las medidas nacionales que fragmentan los mercados; y v) abstenerse de utilizar las ayudas públicas para aplazar las reestructuraciones esenciales. El Plan de actuación sobre el mercado único de la Comisión propone diversas medidas concretas para reactivar el mercado único que han de entrar en vigor antes del 1 de enero de 1999.
La Comunidad debería seguir reformando sus propias políticas de acuerdo con los requisitos establecidos en el artículo 102 A del Tratado según el cual los Estados miembros y la Comunidad actuarán respetando el principio de una economía de mercado abierta y de libre competencia, favoreciendo una eficiente asignación de recursos y de conformidad con los principios
enunciados en el artículo 3 A.
6. Impulsar la reforma del mercado laboral y la inversión en conocimiento
La positiva experiencia de varios Estados miembros permite sacar algunas conclusiones respecto al contenido y aplicación de las reformas. En primer lugar, las reformas estructurales deben ser de carácter global, no limitadas o esporádicas, a fin de abordar de forma coherente el complejo asunto de los incentivos a la creación o la aceptación de un puesto de trabajo. Este planteamiento permite aprovechar la complementariedad de las medidas, lo que hace las reformas más eficaces, al aumentar su aceptación social y política y reducir la probabilidad de modificaciones por razones políticas. En segundo lugar, los mecanismos para supervisar el impacto de las reformas sobre el mercado laboral y el empleo ayudan a valorar su eficacia y permiten descubrir posibles cambios en las prioridades o en la aplicación. Por esta razón, los programas plurianuales de empleo deben centrarse en la interrelación de las orientaciones y las medidas específicas de mercado de trabajo, mientras que los informes conjuntos sobre empleo, que supervisan su aplicación, deben prestar atención a detectar las medidas acertadas que adoptan los Estados miembros.
En los últimos años se ha adoptado una amplia gama de medidas nacionales para reforzar la eficacia del mercado laboral y en varios Estados miembros se están debatiendo importantes reformas. Dicho impulso debe continuar e intensificarse cuando sea necesario. Se trata de reconciliar el mantenimiento de sociedades cohesionadas y la necesidad de fomentar la creación de empleo. Se debe dar prioridad a:
i) un mayor crecimiento del empleo, mediante el mantenimiento de evoluciones adecuadas de los salarios y salarios más acordes con las diferencias de cualificaciones y regiones. Se trata de asuntos importantes que deben abordar los interlocutores sociales;
ii) una reducción de los costes laborales no salariales y de los impuestos sobre la renta para favorecer las posibilidades de empleo;
iii) una reforma del sistema fiscal y de protección social, vinculada a la mejora del funcionamiento de los mercados laborales;
iv) nuevos modelos de organización del trabajo, incluido el acuerdo sobre la flexibilización de la jornada de trabajo, adaptados a las necesidades específicas de las empresas y los trabajadores, mayor utilización del trabajo a tiempo parcial de carácter voluntario, y fomento de las iniciativas de empleo local;
v) la adaptación del sistema educativo -incluida la formación profesional- a las necesidades del mercado y a la mejora del capital humano, favoreciendo así el crecimiento potencial de la economía. A este respecto, es conveniente volcarse en que los desempleados, en particular aquellos trabajadores con baja cualificación o sin experiencia, consigan trabajo, y reducir la inadecuación de cualificaciones en el mercado laboral proporcionando una formación mejor adaptada a las necesidades cambiantes del mercado.
Además, estas reformas deben venir apoyadas por una orientación, más favorable al empleo, de otras políticas. En particular, las medidas que se lleven a cabo con el apoyo de los fondos estructurales comunitarios deben ser coherentes con la estrategia global sobre el empleo y los programas
plurianuales de empleo de los Estados miembros.
Hecho en Bruselas, el 7 de julio de 1997.
Por el Consejo
El Presidente
J.-C. JUNCKER
(1) Calculada mediante el coeficiente entre el último índice mensual armonizado de precios al consumo (IAPC) y el del mismo mes del año precedente.
(2) Calculada mediante la media aritmética de los doce últimos índices mensuales armonizados (IAPC) respecto a la media aritmética de los doce índices mensuales armonizados del período precedente.
(3) Para Irlanda y el Reino Unido la evaluación se basa en las estimaciones de la Comisión, puesto que estos dos países todavía no han publicado los datos relativos al IAPC que permitan efectuar el cálculo.
(4) Véase la comunicación de la Comisión sobre «Impacto y efectividad del Mercado Unico»[COM(96) 520 de octubre de 1996] y «Economic evaluation of the Internal Market» (European Economy, Reports and Studies n° 4 de 1996).