Orden de 26 de octubre de 1981 por la que se aprueban los nuevos modelos de documentos para uso de armas.

Vigente Orden Estatal
BOE:
BOE-A-1981-28045
Publicación:
03/12/1981
Entrada en vigor:
23/12/1981
Última actualización:
16/12/2025
Departamento:
Ministerio del Interior

Texto consolidado: «Última actualización, publicada el 03/12/1981»


Por Orden de este Ministerio, de fecha 29 de julio de 1978 («Boletín Oficial del Estado» número 192, de 11 de agosto), se establecieron los modelos de licencias y permisos de armas adaptados a la normativa vigente en aquella fecha.

El nuevo Reglamento de Armas, aprobado por Real Decreto 2179/1981, de 24 de julio («Boletín Oficial del Estado» número 230, de 25 de septiembre), ha reestructurado el sistema de concesión de licencias, permisos, tarjetas y autorizaciones, estableciendo nuevos documentos, en unos casos, y variando los plazos de validez, en otros, por lo que se hace necesario adaptar los impresos correspondientes a lo dispuesto en dicho reglamento.

Por lo expuesto, y en cumplimiento de lo ordenado en la disposición transitoria primera del Reglamento de Armas, este Ministerio ha tenido a bien disponer:

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Primero.

Para la expedición de licencias, permisos y tarjetas de uso de armas se utilizarán en lo sucesivo los modelos que se insertan como anexo a esta Orden.

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Segundo.

Los impresos se confeccionarán en cartulina de los siguientes colores:

Licencia de armas tipo «B»: Rosa.

Licencia de armas tipo «S»: Gris.

Licencia de armas tipo «T»: Azul turquesa.

Licencia de armas para caza mayor: Verde.

Licencia de armas larga rayada de tiro deportivo: Tabaco.

Licencia de armas sistema Flobert: Siena.

Licencia de armas de avancarga: Oro viejo.

Licencia especial de uso de armas para menores: Blanco.

Permisos de armas: Amarillo.

Permiso especial de uso de armas para menores: Verde oliva claro.

Tarjeta de armas (I): Naranja.

Tarjeta de armas (II): Crema.

Tarjeta de herramientas industriales: Verde oscuro.

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Tercero.

Los actuales impresos de permiso de armas, licencia de arma larga rayada para caza mayor, licencia especial de uso de armas para menores y permiso especial de uso de armas para menores se utilizarán hasta consumir las existencias, dado que no han sido variados sus requisitos esenciales, considerándose nula la mención que se hace, en su reverso, del Decreto 2122/1972, de 21 de julio.

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Cuarto.

Queda derogada la Orden de este Ministerio de 29 de julio de 1978 por la que se establecía los modelos de licencias y permisos para documentar las diversas clases de armas.

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Madrid, 26 de octubre de 1981.

ROSÓN PÉREZ

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Modelos

[Modelos omitidos. Consúltese el PDF original.]

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