EL CONSEJO DE ASOCIACION CE-TURQUIA,
Vista la Decisión n° 1/95 del Consejo de Asociación CE-Turquía relativa a la puesta en marcha de la fase definitiva de la Unión Aduanera y, en particular, su artículo 60,
Considerando que la Decisión n° 1/95 establece en su artículo 60 la ampliación de la lista de los comités a que se refiere su Anexo IX, y que es preciso ampliar esta lista al Comité textil, creado mediante los Reglamentos (CEE) n° 3030/93 y (CE) n° 517/94,
DECIDE:
Artículo 1
La lista de comités a que se refiere el Anexo IX de la Decisión n° 1/95 se amplía al Comité textil, creado mediante los Reglamentos (CEE) n° 3030/93 y (CE) n° 517/94.
Artículo 2
La presente Decisión entrará en vigor el día en que entre en vigor la Decisión n° 1/95.
Hecho en Bruselas, el 22 de diciembre de 1995.
Por el Consejo de Asociación
El Presidente
L. ATIENZA SERNA