LA COMISION MIXTA,
Visto el Convenio, de 20 de mayo de 1987, relativo a la simplificación de formalidades en los intercambios de mercancías y, en particular, el apartado 3 de su artículo 11,
Considerando que la promoción del comercio con la República de Polonia, la República de Hungría, la República Checa y la República Eslovaca se facilitaría mediante la simplificación de las formalidades en el contexto del comercio de mercancías entre estos países y la Comunidad Europea, la República de Islandia, el Reino de Noruega y la Confederación Suiza;
Considerando que, con vistas a lograr dicha simplificación, es oportuno invitar a estos países a que se adhieren al Convenio,
DECIDE:
Artículo 1
Se invita a la República de Polonia, a la República de Hungría, a la República Checa y a la República Eslovaca a adherirse al Convenio de conformidad con el artículo 11 bis de dicho Convenio a partir del 1 de julio de 1996.
Artículo 2
La presente Decisión entrará en vigor el 1 de enero de 1996.
Hecho en Interlaken, el 26 de octubre de 1995.
Por la Comisión Mixta
El Presidente
R. DIETRICH