EL CONSEJO DE ASOCIACION,
Visto el Acuerdo europeo por el que se crea una asociación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Lituania, por otra, firmado el 12 de junio de 1995 y, en particular sus artículos 111 y 132,
Considerando que el artículo 132 del Acuerdo europeo establece que el Consejo de asociación aprobará en su primera reunión todas las modificaciones de dicho Acuerdo, y en particular de sus protocolos y sus anexos, necesarias para adaptarlo a los cambios introducidos en el Acuerdo sobre libre comercio y medidas de acompañamiento decididos por el Comité mixto entre la firma y la entrada en vigor del Acuerdo Europeo;
Considerando que a fin de garantizar la continuidad jurídica, dichas notificaciones deberían ser aplicadas a partir de la entrada en vigor del Acuerdo, el 1 de febrero de 1998,
DECIDE:
Artículo 1
Se modifica el Protocolo n° 3 sobre normas de origen del Acuerdo europeo, por el que se crea una asociación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Lituania, por otra, de acuerdo con la Decisión n° 1/97 del Comité mixto, de 25 de febrero de 1997 (1) (junto con las oportunas declaraciones conjuntas) con arreglo al Acuerdo sobre libre comercio y medidas de acompañamiento entre las Comunidades Europeas, por una parte, y la República de Lituania, por otra.
Artículo 2
La presente Decisión será publicada en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas y en Valstybès OZynios (Diario oficial de Lituania).
Artículo 3
La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.
Será aplicable a partir del 1 de febrero de 1998.
Hecho en Bruselas, el 3 de noviembre de 1998.
Por el Consejo de asociación
El Presidente
W. SCHÜSSEL
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(1) DO L 136 de 27. 5. 1997, p. 1 y Valstybès OZynios (Diario Oficial de Lituania) n° 51 de 7. 6. 1997.