Decisión nº 1478/84/CECA de la Comisión, de 29 de mayo de 1984, por la que se modifica la Decisión nº 527/78/CECA sobre la prohibición de realizar ajustes a las ofertas de productos siderúrgicos procedentes de algunos terceros países.

Vigente Decisión Unión Europea
BOE:
DOUE-L-1984-80270
Número oficial:
DOUE-L-1984-80270
Publicación:
30/05/1984
Departamento:
Comunidades Europeas

DECISION N º 1478/84/CECA DE LA COMISION

LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS ,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea del Carbón y el Acero y , en particular , los párrafos primero y segundo de su artículo 95 ,

Considerando que , mediante su Decisión n º 527/78/CECA (1) , modificada en último lugar por la Decisión n º 952/84/CECA (2) , la Comisión ha prohibido realizar ajustes a las ofertas de productos siderúrgicos procedentes de algunos terceros países ,

Considerando que la Comisión con Noruega , Suecia , Austria , Finlandia y España ; que , por consiguiente , procede incluir a los mencionados países en el Anexo de la citada Decisión , precisando los productos siderúrgicos considerados en el Convenio ,

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISION :

Artículo 1

Se añadirá al Anexo de la Decisión n º 527/78/CECA los puntos que figuran en el Anexo de la presente Decisión .

Artículo 2

La presente Decisión entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas .

La presente Decisión será obligatoria en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro .

Hecho en Bruselas , el 29 de mayo de 1984 .

Por la Comisión

Etienne DAVIGNON

Vicepresidente

(1) DO n º L 73 , de 15 . 3 . 1978 , p. 16 .

(2) DO n º L 97 , de 7 . 4 . 1984 , p. 8 .

ANEXO

11 . NORUEGA

Para los productos siderúrgicos sometidos a precios de orientación , a precios mínimos y a precios de base , tal como aparecen mencionados en los Diarios Oficiales siguientes :

- DO n º L 370 , de 29 de diciembre de 1982 , página 15 ( precios de orientación ) ,

- DO n º L 373 , de 31 de diciembre de 1983 , página 1 ( precios mínimos ) ,

- DO n º L 321 , de 17 de noviembre de 1982 , página 1 ( precios de base ) ,

- DO n º C 37 , de 11 de febrero de 1984 , página 3 ( precios de base ) ,

con excepción del ferromanganeso , de la subpartida 73.02 AI del arancel aduanero común (1) .

12 . SUECIA

Para los productos siderúrgicos sometidos a precios de orientación , a precios mínimos y a precios de base , tal como aparecen mencionados en los Diarios Oficiales siguientes :

- DO n º L 370 , de 29 de diciembre de 1982 , página 15 ( precios de orientación ) ,

- DO n º L 373 , de 31 de diciembre de 1983 , página 1 ( precios mínimos ) ,

- DO n º L 321 , de 17 de noviembre de 1982 , página 1 ( precios de base ) ,

- DO n º C 37 , de 11 de febrero de 1984 , página 3 ( precios de base ) ,

con excepción del ferromanganeso , de la subpartida 73.02 A I del arancel aduanero común (1) .

13 . AUSTRIA

Para los productos siderúrgicos sometidos a precios de orientación , a precios mínimos y a precios de base , tal como aparecen mencionados en los Diarios Oficiales siguientes :

- DO n º L 370 , de 29 de diciembre de 1982 , página 15 ( precios de orientación ) ,

- DO n º L 373 , de 31 de diciembre de 1983 , página 1 ( precios mínimos ) ,

- DO n º L 321 , de 17 de noviembre de 1982 , página 1 ( precios de base ) ,

- DO n º C 37 , de 11 de febrero de 1984 , página 3 ( precios de base ) ,

14 . FINLANDIA

Para los productos siderúrgicos sometidos a precios de orientación , a precios mínimos y a precios de base , tal como aparecen mencionados en los Diarios Oficiales siguientes :

- DO n º L 370 , de 29 de diciembre de 1982 , página 15 ( precios de orientación ) ,

- DO n º L 373 , de 31 de diciembre de 1983 , página 1 ( precios mínimos ) ,

- DO n º L 321 , de 17 de noviembre de 1982 , página 1 ( precios de base ) ,

- DO n º C 37 , de 11 de febrero de 1984 , página 3 ( precios de base ) .

15 . ESPAÑA

Para los productos siderúrgicos CECA enumerados en la nomenclatura del arancel aduanero común en las partidas n º 73.01 , n º 73.06 a n º 73.13 inclusive , n º 73.15 y n º 73.16 , con excepción de las subpartidas 73.15 A I b ) 2 , 73.15 A V b ) 12 , 73.15 B 1 b ) a bb ) , cc ) , dd ) , ee ) , 73.15 B V b ) 1 bb ) , 73.15 B V b ) 2 bb ) , 73.15 B VII b ) aa ) 22 y 33 , 73.15 B VII b ) 1 bb ) 22 y 33 , 73.15 B VII b ) 1 cc ) 22 y 33 y 73.15 B VII b ) 2 bb ) 22 y 33 .

(1) DO n º L 313 , de 14 . 11 . 1983 .

Leyes relacionadas

Decisión Delegada (UE) 2026/429 de la Comisión, de 25 de febrero de 2026, por la que se completa el Reglamento (UE) 2025/40 del Parlamento Europeo y del Consejo eximiendo a determinados operadores económicos que utilizan envolturas y flejes para palés de los requisitos de reutilización del 100 % de estos formatos de envases.

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Decisión 29/04/2026

Decisión nº 146/25/COL del Órgano de Vigilancia de la AELC, de 9 de septiembre de 2025, por la que se adoptan directrices para el Sistema de Alerta Rápida Safety Gate establecido en virtud de la Directiva 2001/95/CE, relativa a la seguridad general de los productos [2026/1039].

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