Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de noviembre de 2002, sobre la movilización del Fondo de Solidaridad de la Unión Europea con arreglo al punto 3 del Acuerdo interinstitucional de 7 de noviembre de 2002 entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre la financiación del Fondo de Solidaridad de la Unión Europea, que complementa el Acuerdo interinstitucional de 6 de mayo de 1999 sobre la disciplina presupuestaria y la mejora del procedimiento presupuestario.

Vigente Decisión Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2003-80048
Número oficial:
DOUE-L-2003-80048
Publicación:
16/01/2003
Departamento:
Comunidades Europeas

EL PARLAMENTO EUROPEO Y EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Acuerdo interinstitucional de 7 de noviembre de 2002 entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre la financiación del Fondo de Solidaridad de la Unión Europea, que complementa el Acuerdo interinstitucional de 6 de mayo de 1999 sobre la disciplina presupuestaria y la mejora del procedimiento presupuestario (1) y, en particular, su punto 3,

Visto el Reglamento (CE) n° 2012/2002 del Consejo, de 11 de noviembre de 2002, por el que se establece el Fondo de Solidaridad de la Unión Europea (2),

Vista la propuesta de la Comisión,

Considerando lo siguiente:

(1) Tras las catastróficas inundaciones que se registraron en agosto y septiembre de 2002 en varios Estados miembros y países candidatos cuya adhesión a la Unión Europea se está negociando actualmente, la Unión Europea ha decidido crear el Fondo de Solidaridad de la Unión Europea para hacer frente a todo tipo de calamidades.

(2) El Acuerdo interinstitucional de 7 de noviembre de 2002 permite la movilización del Fondo hasta un límite anual de 1000 millones de euros.

(3) El Reglamento (CE) n° 2012/2002 contiene una disposición específica en virtud de la cual desde agosto del presente año se puede movilizar el Fondo con carácter retroactivo para hacer frente a todo tipo de calamidades.

(4) Los países afectados han remitido a la Comisión sus estimaciones de los daños causados por las inundaciones de agosto y septiembre de 2002.

HAN ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

Con cargo al ejercicio presupuestario de 2002 del Presupuesto General de la Unión Europea, se movilizarán 728 millones de euros en créditos de compromiso del Fondo de Solidaridad de la Unión Europea.

Artículo 2

La presente Decisión se publicará en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.

Hecho en Estrasburgo, el 21 de noviembre de 2002.

Por el Parlamento Europeo

El Presidente

P. Cox

Por el Consejo

El Presidente

P. S. Møller

___________________

(1) DO C 283 de 20.11.2002, p. 1.

(2) DO L 311 de 14.11.2002, p. 3.

Leyes relacionadas

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