Decisión del Parlamento Europeo, de 6 de julio de 2000, por la que se concede la aprobación de la gestión de la Comisión en lo referente al sexto, séptimo y octavo Fondo Europeo de Desarrollo para el ejercicio 1998.

Vigente Decisión Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2000-81718
Número oficial:
DOUE-L-2000-81718
Publicación:
16/09/2000
Departamento:
Comunidades Europeas

EL PARLAMENTO EUROPEO,

Vistos los balances financieros y las cuentas de gestión del sexto, séptimo y octavo Fondo Europeo de Desarrollo para el ejercicio 1998 [COM(1999) 227 - C5-0003/1999],

Visto el Convenio firmado en Lomé el 31 de octubre de 1979 (sexto FED, Lomé II) (1),

Visto el Convenio firmado en Lomé el 8 de diciembre de 1984 (séptimo FED, Lomé III) (2),

Visto el Convenio firmado en Lomé el 15 de diciembre de 1989 (octavo FED, Lomé IV) (3),

Visto el Convenio firmado en Mauricio el 4 de noviembre de 1995 (octavo FED, Lomé IV bis) (4),

Vistos el Informe del Tribunal de Cuentas relativo al ejercicio 1998 y las respuestas de las instituciones (C5-0266/1999) (5),

Vista la Recomendación del Consejo de 13 de marzo de 2000 (C5-0154/2000),

Visto el artículo 276 del Tratado CE,

Vistos el artículo 93 y el anexo V de su Reglamento,

Visto el informe de la Comisión de control presupuestario (A5-0167/2000),

1. Concede la aprobación de la gestión de la Comisión en lo que respecta a la ejecución del sexto, séptimo y octavo Fondo Europeo de Desarrollo para el ejercicio 1998.

2. Hace constar sus observaciones en la Resolución que forma parte integrante de la presente Decisión.

3. Encarga a su Presidenta que transmita la presente Decisión, así como la Resolución que contiene sus observaciones, a la Comisión, al Consejo, al Tribunal de Justicia, al Tribunal de Cuentas, al Banco Europeo de Inversiones y a los demás órganos comunitarios, y que disponga su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas (serie L).

El Secretario General

Julian Priestley

La Presidenta

Nicole Fontaine

___________________

(1) DO L 347 de 22.12.1980, p. 1.

(2) DO L 86 de 31.3.1986, p. 1.

(3) DO L 229 de 17.8.1991, p. 1.

(4) DO L 156 de 29.5.1998, p. 1.

(5) DO C 349 de 3.12.1999, p. 1.

RESOLUCIÓN

que contiene las observaciones que acompañan a las decisiones del Parlamento Europeo por las que se concede la aprobación de la gestión de la Comisión en lo referente al sexto, séptimo y octavo Fondo Europeo de Desarrollo para el ejercicio 1998 [COM(1999) 227 - C5-0003/1999 - 1999/2004(DEC)]

EL PARLAMENTO EUROPEO,

Vistos los balances financieros y las cuentas de gestión del sexto, séptimo y octavo Fondo Europeo de Desarrollo para el ejercicio 1998 [COM(1999) 227 - C5-0003/1999],

Visto el Convenio firmado en Lomé el 31 de octubre de 1979 (sexto FED, Lomé II) (1),

Visto el Convenio firmado en Lomé el 8 de diciembre de 1984 (séptimo FED, Lomé III) (2),

Visto el Convenio firmado en Lomé el 15 de diciembre de 1989 (octavo FED, Lomé IV) (3),

Visto el Convenio firmado en Mauricio el 4 de noviembre de 1995 (octavo FED, Lomé IV bis) (4),

Vistos el Informe del Tribunal de Cuentas relativo al ejercicio 1998, y las respuestas de las instituciones (C5-0266/1999) (5),

Vista la Recomendación del Consejo de 13 de marzo de 2000 (C5-0154/2000),

Vista su Resolución, de 13 de abril de 2000, relativa al aplazamiento de la decisión sobre la aprobación de la gestión de la Comisión la gestión financiera del sexto, séptimo y octavo Fondo Europeo de Desarrollo para el ejercicio 1998 [COM(1999) 227 - C5-0003/1999 - 1999/2004(DEC)], a la espera de incluir una serie de recomendaciones en un Plan de acción antes del 15 de mayo de 2000,

Visto el Plan de acción de la Comisión, que responde a cada uno de los puntos que plantea el Parlamento, adoptado oficialmente por el Colegio de Comisarios el 10 de mayo de 2000 y debidamente remitido a la Comisión de control presupuestario,

Visto el artículo 276 del Tratado CE,

Vistos el artículo 93 y el anexo V de su Reglamento,

Visto el informe de la Comisión de control presupuestario (A5-0167/2000),

Considerando lo siguiente:

A. La presión exterior ejercida por el Parlamento ha ayudado a la Comisión a abordar con rapidez una serie de casos de negligencia e irregularidades que afectan a su gestión del Fondo Europeo de Desarrollo.

B. En la anterior legislatura, la Comisión no informó regularmente ni al Parlamento ni a la Oficina de Lucha contra el Fraude ni al Tribunal de Cuentas sobre supuestos o presuntos casos de fraude o de negligencia relacionados con el desarrollo de los programas de ayuda al desarrollo, por lo que el Parlamento hubo de descubrir en numerosas ocasiones las irregularidades y alertar a los otros dos organismos.

C. La Comisión ha anunciado que en el futuro informará a la Comisión de Control Presupuestario, a la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude y al Tribunal de Cuentas sobre sus programas de trabajo en materia de auditorías y evaluación, las irregularidades que haya detectado y las medidas correctoras adoptadas o previstas.

D. La aplicación de los programas de apoyo al ajuste estructural en una serie de países dejó patente las dificultades de carácter general existentes en la utilización de la ayuda, como una gestión inadecuada de la utilización de los fondos de contrapartida en determinadas ocasiones, un control deficiente y una evaluación insuficiente.

E. La Comisión tiene pensado elaborar en el futuro memorando de acuerdo con los Gobiernos de los países beneficiarios en los que se recogerán las obligaciones de estos últimos, incluidas las medidas de corrección, y que el primero de éstos se firmó en Costa de Marfil el 7 de septiembre de 1999.

F. La Comisión se ha comprometido a informar al Parlamento sobre la recuperación del gasto no negociable de otros seis países tan pronto como finalicen los informes de auditoría definitivos.

G. En caso de recuperación de fondos objeto de mala administración de las autoridades de los países beneficiarios, la Comisión debería intentar garantizar una financiación suplementaria equivalente para las ONG que actúen en el país beneficiario.

H. Al parecer, en una serie de casos, algunos miembros del personal de la Comisión en las delegaciones no han actuado eficazmente como una primera barrera de control contra la utilización abusiva de los fondos; que la Comisión está llevando a cabo una reforma considerable que también afecta al personal y a las funciones de sus delegaciones.

I. La Comisión piensa efectuar una serie de cambios radicales en la velocidad, la calidad y las repercusiones de los programas de ayuda exterior mediante la modificación de su posición con respecto a la ayuda, la reunificación del ciclo del proyecto en manos de un organismo externo único, Europe Aid, que reemplazará al Servicio Común Relex (SCR), creado en julio de 1998, y la concesión de mayores competencias a las delegaciones.

J. Como consecuencia de la insistencia del Parlamento en la tolerancia cero, la Comisión ha prometido recuperar en su totalidad los fondos malversados y llevar a cabo investigaciones administrativas sobre el papel del personal de las delegaciones en las irregularidades; que se ha comprometido a incoar procedimientos disciplinarios sobre la base de pruebas relacionadas con la participación en la utilización indebida de fondos comunitarios o la ocultación de información de datos al respecto.

K. El Servicio de auditoría interna central creado el 1 de mayo de 2000 no contará con todo el personal que necesita antes de finales de 2000.

L. La Comisión mejorará el flujo de información para garantizar que la información recogida en informes de evaluación con frecuencia caros y largos se utilizará de forma sistemática en la concepción de programas y proyectos.

M. En su informe anual correspondiente a 1995 (6), el Tribunal de Cuentas recordaba a la Comisión que la supervisión debe ser básicamente tarea de la delegación en cada país afectado, y solicitaba expresamente que se introdujesen mejoras en el seguimiento que realizan las delegaciones y se reforzasen los controles en las administraciones nacionales mediante el recurso sistemático a asistentes técnicos.

N. En una investigación complementaria realizada en 1999, el Tribunal de Cuentas descubrió que algunos problemas detectados anteriormente seguían existiendo y que la Comisión había omitido generalmente evaluar a los proveedores de servicios, analizar los costes o evaluar la cooperación técnica.

O. El 4 de mayo de 1999, el Parlamento concedió la aprobación de la gestión del sexto y séptimo Fondo Europeo de Desarrollo para el ejercicio 1997 (7) basándose en una serie de compromisos firmes, a saber: que el Servicio Común Relex (SCR) adoptaría una posición mucho más firme y sistemática en relación con las licitaciones, la ejecución, las auditorías y las evaluaciones. El personal de las delegaciones aumentaría el número de controles en vez de reducirlo. Las evaluaciones intentarían sopesar la calidad del impacto en vez de la cantidad de las aportaciones. Se establecería un sistema descentralizado de gestión para asegurar controles financieros más estrictos, y se reforzaría la asistencia técnica a los ordenadores nacionales.

P. En respuesta a la solicitud de un ejercicio de evaluación comparativa, la Comisión ha asegurado al Parlamento que continuará esforzándose por aprender de las mejores prácticas de auditoría y sistemas de evaluación de los Estados miembros.

Q. Su Comisión de control presupuestario y su Comisión de Desarrollo y Cooperación han trabajado en estrecha cooperación durante el procedimiento de aprobación de la gestión del FED para el ejercicio 1998, por lo que se han tenido en cuenta tanto los aspectos del control presupuestario como de la política de ayuda al desarrollo a la hora de evaluar la actuación de la Comisión en 1998, así como su Plan de acción.

Aprobación del Plan de acción

1. Reconoce que la Comisión ha dado un primer paso en el proceso de reforma de las relaciones exteriores, tanto en su administración central como en sus delegaciones, intentando solucionar los problemas que plantea la entrega de la ayuda exterior, y espera, por consiguiente, que esta reforma se traduzca en una gestión eficaz de los fondos tanto por parte de la Comisión como de las autoridades locales, y ayude a los beneficiarios finales a alcanzar el objetivo de un desarrollo sostenible.

2. Se felicita de que la Comisión haya adoptado un plan de acción y espera recibir un calendario preciso sobre las medidas iniciadas por la Comisión y, en la medida de lo posible, información sobre las medidas adoptadas por los países beneficiarios.

Seguimiento continuo del plan de acción

3. Se congratula por los compromisos adquiridos por la Comisión y le pide que informe regularmente, cada seis meses, a partir de octubre de 2000, al Parlamento de los progresos logrados en la aplicación del plan de acción:

Hacia un enfoque orientado a los resultados

a) Es necesario adoptar un enfoque orientado a los resultados, que se caracterice por objetivos claros e individualizados, fijados con vistas a la obtención de los resultados concretos que se esperan del programa de ayuda. Los informes relativos a la cooperación comunitaria al desarrollo deben tender a cumplir las normas CAD/OCDE y, de manera progresiva, pasar de una orientación basada en las aportaciones a una orientación centrada en los resultados; en cuanto al informe, será necesario adoptar las normas OCDE para 2001.

b) Conviene prestar más atención a los niveles reales de desembolso y poner en marcha mecanismos que permitan aumentar la tasa de desembolso, teniendo en cuenta que la velocidad de los desembolsos influye directamente en la capacidad de llegar a las poblaciones pobres.

Procedimiento administrativo y disciplinario independiente

c) Hay que acoger con satisfacción el compromiso de la Comisión de poner en marcha procedimientos administrativos y, en caso necesario, disciplinarios y espera que éstos se apliquen de forma profesional y transparente, facilitando información al Parlamento en cada uno de los casos.

Delegaciones

d) Teniendo en cuenta que los efectivos y el perfil del personal en determinadas delegaciones no están siempre en consonancia con el volumen de fondos que se gestiona en los países beneficiarios, debería llevarse a cabo una reestructuración de los recursos humanos, administrativos y financieros para garantizar que el tamaño de las delegaciones es proporcional a los riesgos en los que se incurre; se podría recurrir en mayor escala al personal local contratado, en particular para garantizar un nivel adecuado del personal cualificado.

e) Debería impulsarse una cultura de rendición de cuentas y un sentido de la responsabilidad financiera en el personal de las delegaciones mediante una definición clara de los papeles de funcionarios, agentes locales y otras categorías de personal, haciendo especial hincapié en las competencias de gestión de los jefes de delegación y garantizando que el personal de la delegación disponga de un mayor grado de autonomía al adoptar decisiones de carácter financiero.

f) Teniendo en cuenta que la Comisión reconoce que la descentralización de las responsabilidades en favor de las delegaciones debe ir acompañada de un aumento del número de funcionarios con experiencia (por ejemplo, en materia de salud, educación, género) y capacidad de gestión de proyectos adecuadas, convendría contratar en las delegaciones personal con la experiencia adecuada y ofrecerle una formación durante el período transitorio entre la partida del personal saliente y la entrada del nuevo.

g) Debería concederse mayor importancia a la evaluación del rendimiento del personal de la delegación y, en particular, de su gestión de los proyectos y programas de ayuda al desarrollo.

Relaciones entre la administración central y las delegaciones

h) Debería mejorarse claramente la comunicación entre centro y periferia recurriendo en mayor medida a las posibilidades que ofrecen las herramientas informáticas.

i) El funcionamiento del Comité del FED debería volver a centrarse en la fase de programación del ciclo del proyecto, concentrándose en los temas de política y estrategia más que en el examen de proyectos individuales. El Comité debería ocuparse únicamente de proyectos importantes de una determinada envergadura.

Evaluaciones

j) Las lecciones positivas y negativas que se saquen de las evaluaciones realizadas sobre el terreno deberán comunicarse tanto a la administración central como a las delegaciones para mejorar así la planificación y la ejecución de las acciones posteriores.

Desarrollo de capacidades en los países beneficiarios

k) Debería reforzarse la sostenibilidad de la ayuda fomentando la propiedad de los proyectos y programas de ayuda por parte de los beneficiarios locales y alentando la participación de la administración local, asesores y ONG.

l) La Unión Europea y los demás donantes deberían apoyar la capacidad de la administración local para supervisar y controlar el gasto de forma adecuada con el fin de realizar evaluaciones de las finanzas públicas que vayan más allá de un simple análisis del presupuesto y que incluyan:

i) la legislación relativa a la elaboración presupuestaria, los gastos y la información,

ii) la calidad de los procedimientos relativos a los mismos aspectos,

iii) la calidad del control presupuestario tanto a escala gubernamental como parlamentaria.

Mejora de la coordinación

m) A fin de evitar posibles solapamientos y de mejorar el valor añadido de la Unión Europea, la Comisión debe impulsar la coordinación con otros agentes, en particular los representantes de los Estados miembros en los países en cuestión, el Banco Europeo de Inversiones y donantes bilaterales y multilaterales.

Oficina de Lucha contra el Fraude

4. Pide a la Oficina de Lucha contra el Fraude que le informe lo más rápidamente posible de los posibles casos de fraude o corrupción relacionados con la gestión del Fondo Europeo de Desarrollo.

Tribunal de Cuentas

5. Pide al Tribunal de Cuentas que investigue los sistemas de auditoría y de control que utilizan las delegaciones para el seguimiento de la ayuda al reajuste estructural que presente recomendaciones sobre la mejora de la gestión del Fondo Europeo de Desarrollo antes del 15 de marzo de 2001, y que le informe de la eficacia de la aplicación por parte de la Unión Europea de objetivos internacionales en materia de reducción de la pobreza.

Seguimiento

6. Informa a la Comisión de que, en el próximo procedimiento de aprobación de la gestión, pretende examinar detenidamente los avances en la puesta a punto de la gestión de la ayuda al desarrollo.

_____________________

(1) DO L 347 de 22.12.1980, p. 1.

(2) DO L 86 de 31.3.1986, p. 1.

(3) DO L 229 de 17.8.1991, p. 1.

(4) DO L 156 de 29.5.1998, p. 1.

(5) DO C 349 de 3.12.1999, p. 1.

(6) DO C 340 de 12.11.1996, p. 1.

(7) DO C 279 de 1.10.1999, p. 132.

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