Decisión del Parlamento Europeo, de 3 de abril de 1990, que aprueba la gestión del Consejo de Administración del Centro Europeo para el Desarrollo de la Formación Profesional relativa a la utilización de los créditos presupuestarios del ejercicio de 1988.

Vigente Decisión Unión Europea
BOE:
DOUE-L-1990-80872
Número oficial:
DOUE-L-1990-80872
Publicación:
07/07/1990
Departamento:
Comunidades Europeas

EL PARLAMENTO EUROPEO,

- Visto el Tratado CEE y, en particular, su artículo 206 ter,

- Vista la rendición de cuentas sobre los ingresos y gastos del Centro Europeo para el Desarrollo de la Formación Profesional relativa al ejercicio de 1988, así como el informe del Tribunal de Cuentas al respecto,

- Vista la Decisión del Consejo de 12 de marzo de 1990 (C3-85/90),

- Visto el informe de la Comisión de Control Presupuestario (doc. A3-69/90),

1. Toma nota de las siguientes cifras relativas a la cuenta de gestión del Centro Europeo para el Desarrollo de la Formación Profesional:

Ejercicio de 1988

Ingresos Ecus

1. Subvención de la Comisión 7 116 520,27

2. Intereses bancarios 18 621,06

3. Beneficios derivados del tipo de cambio 0,00

4. Otros ingresos 8 764,48

Gastos

1. Créditos presupuestarios definitivos 7 318 000,00

2. Compromisos 7 133 118,41

3. Créditos no utilizados (1-2) 184 881,59

4. Pagos 5 831 561,54

5. Créditos prorrogados del ejercicio anterior 1 221 527,02

6. Pagos con créditos prorrogados 1 054 402,86

7. Créditos prorrogados y anulados del ejercicio anterior (5-6) 167 124,16

8. Créditos prorrogados a 1989 1 301 556,87

9. Créditos anulados (1-4-8) 184 881,59

2. Pide la urgente modificación de las disposiciones que regulan la financiación del Centro, de conformidad con el Reglamento financiero revisado aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas;

3. Toma nota de la recomendación del Tribunal de Cuentas en el sentido de que el Centro adopte un sistema de contabilidad analítica en función de objetivos de investigación y pide que el Centro lleve a cabo una experiencia piloto para verificar la utilidad de dicho método de contabilidad;

4. Toma nota de que, en respuesta a la recomendación del Tribunal de Cuentas, el Centro Europeo para el Desarrollo de la Formación Profesional ya ha encargado la elaboración de un informe a un consultor externo sobre la mejora de sus instalaciones informáticas y de que el informe justifica las decisiones adoptadas por el Consejo de administración; 5. Aprueba la gestión del Consejo de administración del Centro Europeo para el Desarrollo de la Formación Profesional, basándose en el informe del Tribunal de Cuentas, en relación con las cuentas del ejercicio de 1988;

6. Encarga a su Presidente que transmita esta Decisión al Consejo de administración del Centro Europeo para el Desarrollo de la Formación Profesional, al Consejo, a la Comisión y al Tribunal de Cuentas y que disponga su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas (serie L).

Hecho en Estrasburgo, el 3 de abril de 1990.

1.2 // El Secretario General // El Presidente // Enrico VINCI // Enrique BARON CRESPO

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