Decisión del Parlamento Europeo, de 3 de abril de 1990, que aprueba la gestión del Consejo de administración de la Fundación Europea para la Mejora de las Condiciones de Vida y de Trabajo referente a la utilización de los créditos presupuestarios del ejercicio de 1988.

Vigente Decisión Unión Europea
BOE:
DOUE-L-1990-80873
Número oficial:
DOUE-L-1990-80873
Publicación:
07/07/1990
Departamento:
Comunidades Europeas

EL PARLAMENTO EUROPEO,

- Visto el Tratado CEE y, en particular, su artículo 206 ter,

- Vista la rendición de cuentas de la Fundación Europea para la Mejora de las Condiciones de Vida y de Trabajo relativa al ejercicio de 1988, así como el informe del Tribunal de Cuentas al respecto,

- Vista la Decisión del Consejo de 12 de marzo de 1990 (doc. C3-85/90),

- Visto el informe de la Comisión de Control Presupuestario (doc. A3-69/90),

1. Toma nota de las siguientes cifras relativas a la cuenta de gestión de la Fundación Europea para la Mejora de las Condiciones de Vida y de Trabajo:

Ejercicio de 1988 Ecus

Ingresos 6 507 935,03

1. Subvenciones de la Comisión de la CEE 6 385 990,78

2. Intereses bancarios 57 215,21

4. Otros ingresos 64 789,04

Gastos

1. Créditos presupuestarios definitivos 6 900 000,00

2. Compromisos 6 707 024,12

3. Créditos no utilizados (1-2) 192 975,88

4. Pagos 5 253 399,02

5. Créditos prorrogados del ejercicio anterior 1 593 544,91

6. Pagos con cargo a los créditos prorrogados 1 373 908,09

7. Créditos prorrogados y anulados del ejercicio anterior (5-6) 219 636,82

8. Créditos prorrogados a 1989 1 453 625,10

9. Créditos anulados (1-4-8) 192 975,88

2. Pide la urgente modificación de las disposiciones que regulan la financiación de la Fundación, de conformidad con el Reglamento financiero revisado aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas;

3. Toma nota de la recomendación del Tribunal de Cuentas de que la Fundación adopte un sistema de contabilidad analítica en función de objetivos de investigación y pide que la Fundación lleve a cabo una experiencia piloto para verificar la utilidad de dicho método de contabilidad;

4. Acoge con satisfacción el informe detallado presentado por la Fundación en respuesta a la decisión de aprobación de la gestión para el ejercicio de 1987;

5. Espera con interés la recomendación del Consejo de administración en lo

referente al modo más adecuado para determinar los trabajos de imprenta que se deben realizar por la propia Fundación y aquéllos que se deben realizar por contrata; 6. Aprueba la gestión del Consejo de administración de la Fundación Europea para la Mejora de las Condiciones de Vida y de Trabajo, basándose en el informe del Tribunal de Cuentas, en relación con la rendición de cuentas correspondiente al ejercicio presupuestario de 1988;

7. Encarga a su Presidente que comunique esta Decisión a la Fundación Europea para la Mejora de las Condiciones de Vida y de Trabajo, al Consejo, a la Comisión y al Tribunal de Cuentas y que disponga su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas (Serie L).

Hecho en Estrasburgo, el 3 de abril de 1990.

1.2 // El Secretario General // El Presidente // Enrico VINCI // Enrique BARON CRESPO

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