EL PARLAMENTO EUROPEO,
- Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea y, en particular, su artículo 206 ter,
- Vistas las cuentas de ingresos y gastos de la Fundación Europea para la Mejora de las Condiciones de Vida y de Trabajo para el ejercicio presupuestario de 1984 y el informe del Tribunal de Cuentas sobre las mismas (doc. C 2-196/85),
- Vista la Decisión del Consejo (doc. C 2-1/86),
- Visto el dictamen de la Comisión de control presupuestario (doc. A 2-9/86),
1. Constata que los datos relativos a las cuentas del Centro Europeo para el Desarrollo de la Formación Profesional son los siguientes:
1.2 // Ejercicio presupuestario de 1984 // (ECUS) // Ingresos // 3 933 209,00 // 1. Subvenciones de la Comisión de las Comunidades Europeas // 3 819 261,00 // 2. Intereses bancarios // 50 714,00 // 3. Varios // 63 234,00 // Gastos // // 1. Créditos presupuestarios definitivos // 4 370 000,00 // 2. Compromisos // 3 933 209,00 // 3. Créditos no utilizados (1-2) // 436 791,00 // 4. Pagos // 2 638 137,00 // 5. Créditos prorrogados del ejercicio anterior // 956 864,00 // 6. Pagos de créditos prorrogados del ejercicio anterior // 938 916,00 // 7. Créditos prorrogados del ejercicio anterior y anulados (5-6) // 17 948,00 // 8. Créditos trasladados al ejercicio siguiente // 1 295 072,00
2. Aprueba la gestión del Consejo de Administración de la Fundación Europea para la Mejora de las Condiciones de Vida y de Trabajo, sobre la base del informe del Tribunal de Cuentas, respecto a las cuentas del ejercicio presupuestario de 1984;
3. Pide a su Presidente que transmita la presente Decisión al Consejo de Administración de la Fundación Europea para la Mejora de las Condiciones de Vida y de Trabajo, al Consejo, a la Comisión y al Tribunal de Cuentas y que disponga su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas (serie L).
1.2 // El Secretario General // El Presidente // Enrico VINCI // Pierre PFLIMLIN