EL PARLAMENTO EUROPEO,
- Vistos la cuenta de gestión y el balance financiero relativos al ejercicio 2000 [SEC(2001) 530 - C5-0238/2001],
- Vistos el Informe del Tribunal de Cuentas relativo al ejercicio 2000 y las respuestas de las instituciones (C5-0617/2001) (1),
- Vista la declaración de fiabilidad de las cuentas y la regularidad y legalidad de las operaciones presentada por el Tribunal de Cuentas de conformidad con el artículo 248 del Tratado CE (C5-0617/2001),
- Vistos el artículo 275 del Tratado CE, el artículo 78 quinto del Tratado CECA y el artículo 179 bis del Tratado CEEA,
- Vistos el artículo 77 del Reglamento Financiero y el artículo 13 de las normas internas de ejecución del presupuesto del Parlamento Europeo,
- Visto su Reglamento y, en particular, el apartado 3 del artículo 184,
- Visto el informe de la Comisión de control presupuestario (A5-0098/2002),
1. Toma nota de las cifras con que se cerraron las cuentas del Parlamento Europeo para el ejercicio 2000, concretamente:
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Ejecución presupuestaria
2. Toma nota del elevado nivel de ejecución presupuestaria puesto de manifiesto por:
- un alto índice de utilización de los créditos disponibles durante el ejercicio 2000 (99,28 % frente al 98,97 % en 1999),
- el nivel comparable grosso modo de la utilización de los créditos prorrogados automáticamente del ejercicio 1999 (91,16 % frente al 91,96 % de 1998 a 1999),
- el aumento de la relación entre pagos y compromisos (91,05 % frente al 88,68 % en 1999);
3. Reconoce, no obstante, que la imagen en general positiva en relación con el índice de utilización resulta distorsionada por el recurso sistemático a la transferencia de remanentes al final del ejercicio, que en los últimos años se ha venido utilizando para reunir créditos disponibles en todo el presupuesto del Parlamento con el fin de efectuar inyecciones de capital mediante el reembolso anticipado de los importes adeudados en relación con los edificios de la institución;
4. Toma nota, por lo que se refiere al nivel de utilización de los créditos de líneas presupuestarias concretas, de que fue posible transferir 4410000 euros de la partida 1 1 0 0 ("Sueldos base") y 4200000 euros de la partida 1 8 7 0 ("Intérpretes y operadores de conferencia") como parte de la transferencia de remanentes C 10 y, posteriormente, otros 700000 euros de la partida 1 8 7 0 como parte de la transferencia de remanentes C 10 (complementaria); recuerda que el hecho de que la administración no mantuviera un registro correcto de los costes de interpretación durante el ejercicio 2000 indujo al Interventor a emitir la denegación de visado n° 01/6; encarga a la administración que, a más tardar el 1 de julio de 2002, le informe del resultado de la investigación administrativa prometida en la decisión de hacer caso omiso firmada por la Presidenta el 13 de diciembre de 2001;
5. Acoge con satisfacción la información recogida en el informe n° 1/1 del interventor a la institución de que la tasa de error (definida en términos de documentos presupuestarios devueltos para corrección y finalización, como porcentaje del número total presentado) cayó del 8,4 % en 1999 al 7 % en 2000 y de que del total de documentos controlados (33335), solamente ocho dieron lugar en último extremo a una denegación de visado del Interventor (de las que cinco fueron objeto de decisión de hacer caso omiso), con el reflejo en ambas cifras de una tendencia descendente; se muestra preocupado por el hecho de que el gran número de errores que ahora se detectan y corrigen gracias a la labor del Interventor pasen desapercibidos en caso de que, a raíz de la introducción del sistema de auditoría interna propuesto, se suprima la verificación ex ante;
6. Toma nota de la conclusión del Tribunal de Cuentas en su Comunicación de 12 de noviembre de 2001 relativa a las decisiones de hacer caso omiso de las denegaciones de visado durante el ejercicio 2000, según la cual este aspecto del control interno funciona con normalidad en el sentido de que pone de manifiesto anomalías de la gestión administrativa;
7. Comprueba, no obstante, que algunos casos que dieron lugar a denegaciones de visado en 2000 no conllevaron una "obligación jurídica previa"; se pregunta si la Administración no debería haber presentado estos casos para una decisión de hacer caso omiso; insiste en que los ordenadores deben asumir personalmente la responsabilidad de los errores y las infracciones jurídicas que den lugar a estos casos; pide a la administración que tome rápidamente medidas correctivas, incluida la suspensión inmediata de las propuestas en cuestión, en vez de recurrir prácticamente de manera automática al procedimiento de hacer caso omiso de una denegación de visado;
Presentación de las cuentas
8. Toma nota de la observación del Tribunal de Cuentas en su Informe Anual 2000 (apartado 7.3) de que el planteamiento general adoptado por las Instituciones con respecto al análisis de la gestión presupuestaria no informa a los lectores de las características más significativas de los gastos del ejercicio, y de su crítica de que el Parlamento no explica el procedimiento para emplear créditos no utilizados de otras líneas presupuestarias en las amortizaciones de principal sobre edificios; está de acuerdo con el Tribunal en que las instituciones en general y el Parlamento en particular deben facilitar en el futuro un análisis más global, centrado en las principales tendencias en los gastos y en los elementos patrimoniales fundamentales y que presenten indicadores clave de economía y eficiencia;
9. Considera que las cuentas del Parlamento, incluidos el balance y la cuenta de gestión, tal como se publican junto con las de las demás instituciones en el la cuenta de gestión (2) elaborado por la Comisión, deberían presentarse de un modo más sencillo de usar (análogamente a la presentación del informe de una empresa a sus accionistas), para poder ser accesibles para todos los ciudadanos de la Unión y de fácil comprensión para un lector normal, sin necesidad de conocimientos especializados de contabilidad o del funcionamiento financiero de la Unión Europea;
10. Encarga a su Secretario General que presente a la Comisión de control presupuestario para el 1 de julio de 2002 un documento de trabajo sobre la viabilidad y las repercusiones financieras de la revisión de la presentación de las cuentas del Parlamento;
11. Señala que, aunque el Tribunal de Cuentas emite una sola declaración de fiabilidad basada en las cuentas consolidadas de todos los ingresos y gastos de la Comunidad, de conformidad con el apartado 1 del artículo 248 del Tratado CE, dicha declaración de fiabilidad incluye observaciones en cuanto a la legalidad y la regularidad de las operaciones efectuadas por instituciones determinadas; pide al Tribunal que, en aras de una mayor transparencia, examine la posibilidad de emitir una declaración de fiabilidad separada para cada institución en su próximo Informe Anual; pide a su Secretario General que ponga a disposición de la Comisión de control presupuestario la carta sectorial del Tribunal de Cuentas y las respuestas de la administración;
12. Señala, en vista de que el estado de ingresos del Parlamento incluye 19600463 euros correspondientes a la contribución del personal a la financiación del régimen de pensiones (artículo 4 0 1) y 1290126 euros correspondientes a la contribución de los miembros a un régimen de pensión de jubilación (artículo 9 1 0), que sería conveniente que el balance del Parlamento recogiera una explicación del modo en que debe otorgarse la liberación de estas responsabilidades potenciales, por ejemplo, haciendo referencia a las notas sobre compromisos fuera de balance anexas a las cuentas consolidadas de la Unión Europea;
Gestión
13. Acoge con satisfacción los progresos de la introducción de la gestión por actividades en la gestión del Parlamento Europeo, pero considera los resultados bastante modestos y de carácter preliminar; pide medidas más ambiciosas; subraya la necesidad de delegar poderes y responsabilidades en un nivel administrativo inferior y la necesidad de clarificar y aplicar los deberes y responsabilidades individuales de cada miembro del personal;
14. Toma nota de las recomendaciones del informe intermedio del estudio externo "Repertorio operativo de oficios y puestos (ROME PE)" (3) para la mejora de la eficiencia de los recursos humanos del Parlamento Europeo; propone que se tomen en consideración las recomendaciones junto con las propuestas existentes de reforma del personal con miras a promover la eficiencia de la gestión y a clarificar las responsabilidades del personal y la obligación de rendir cuentas de los funcionarios;
15. Destaca el compromiso del Parlamento de crear un servicio de auditoría interna independiente de conformidad con el Reglamento (CE, CECA, Euratom) n° 762/2001 del Consejo (4) por el que se modifica el artículo 24 del Reglamento financiero; toma nota de la Decisión de la Mesa de 28 de noviembre de 2001 de crear un servicio de esta índole; subraya que este servicio debe ser independiente, y disponer de la posibilidad de ponerse directamente en contacto con el Presidente del Parlamento cuando el auditor interno observe asuntos de gravedad; pide encarecidamente a la Mesa que apruebe, con carácter prioritario, los cambios necesarios en sus normas internas de ejecución del presupuesto; considera que el auditor interno debe ser un profesional del sector sumamente cualificado y experimentado, capaz de llevar a cabo su cometido de manera totalmente independiente y con arreglo a las Normas Internacionales pertinentes; considera que las experiencias que han vivido recientemente algunos bancos y algunos importantes grupos de empresas, que han registrado unas pérdidas catastróficas debido a la insuficiencia de los controles internos, ponen de manifiesto que el debilitamiento de los mecanismos de control iría en detrimento de la buena gestión del dinero de los contribuyentes europeos; insiste en que se proteja la independencia de los interventores y de la función de control de una subordinación a los gestores del gasto;
Política de personal
16. Apoya el principio subyacente a la política de movilidad del personal; acepta, en casos excepcionales, la necesidad de flexibilidad en el sistema con el fin de mantener la continuidad y la estabilidad en momentos concretos, cuando para la realización de tareas importantes son necesarios funcionarios con una experiencia considerable en un ámbito determinado; considera que el Parlamento debería recurrir con más frecuencia a personal no permanente para la realización de determinadas tareas especializadas;
17. Lamenta la escasa proporción de mujeres en puestos de responsabilidad; solicita al Secretario General que considere la existencia de este déficit y que en la cobertura de nuevas plazas se tienda a la equiparación entre hombres y mujeres;
18. Señala que el Parlamento Europeo ha intervenido en repetidas ocasiones a favor de la igualdad de oportunidades, especialmente para la promoción de las mujeres a puestos de responsabilidad en las instituciones europeas; recuerda a este respecto la Resolución de 11 de febrero de 1994, sobre la presencia de las mujeres en los órganos de decisión (5) en la que se pide a las Instituciones europeas, en su calidad de empresarios, que fijen objetivos para emplear a mujeres y para que un porcentaje determinado de puestos directivos estén ocupados por mujeres, y, en el caso de que no se consigan estos objetivos en el año 2000, que introduzcan regímenes de cuotas (los objetivos para el año 2000 preveían que fueran mujeres el 40 % de las personas contratadas, el 30 % en la categoría A y el mismo porcentaje en los demás grados);
19. Lamenta profundamente que no se haya puesto en práctica este compromiso del Parlamento; constata que en el período comprendido entre julio de 2000 y diciembre de 2001 se nombró a hombres para ocupar tres puestos A 1, a dos hombres y sólo a una mujer para ocupar tres puestos A 2 y a ninguna mujer para 12 puestos A 3, pese a que varias mujeres habían presentado sus candidaturas; critica la alarmante situación que se vive actualmente en el Parlamento Europeo; desea saber cuál es el estatuto del COPEC en los procedimientos de contratación y promoción;
20. Exige que, como se hace en la Comisión, se fije de forma inmediata un número anual de mujeres para ocupar puestos de responsabilidad (A 3, A 2 y A 1), y se reserva la posibilidad de cuestionar todas las demás promociones a estos puestos cuando la Autoridad Facultada para Proceder a los Nombramientos no designe a las mujeres cuya candidatura haya sido aceptada;
21. Alienta a la administración a que tome todas las medidas adecuadas para facilitar el trabajo a tiempo parcial en todas las Direcciones Generales cuando así lo soliciten funcionarios y funcionarias;
22. Es consciente del nivel relativamente bajo de mujeres en puestos de responsabilidad en la administración del Parlamento; insta a su Secretario General a que siga una política de movilidad interinstitucional que aumente el número de candidatas a los puestos de responsabilidad del Parlamento;
23. Toma nota de que la aplicación de las normas que regulan el intercambio de funcionarios con las administraciones nacionales y regionales dio lugar a dos denegaciones del visado en 2000 (n° 00/04 y 00/08) respecto de las que la administración no solicitó que se hiciera caso omiso; pide al Secretario General que informe de la aplicación de la política de intercambio de funcionarios desde que ocurrieron estos acontecimientos;
24. Toma nota de los casos que ilustran las posibilidades de abuso del sistema de ponderación de las pensiones del personal, puestos de manifiesto en los informes del interventor a la institución n° 00/03 y 01/01; observa que la administración acaba de revisar sus procedimientos internos con arreglo a las recomendaciones del interventor; pide al Secretario General que mantenga un enfoque de vigilancia en relación con la verificación de las declaraciones del lugar de residencia por parte de los pensionistas; pide a su Comisión de asuntos jurídicos y mercado interior que, cuando estudie la próxima propuesta de la Comisión destinada a modificar el Estatuto de los funcionarios, examine si debe mantenerse el actual sistema de ponderación de las pensiones del personal;
25. Expresa su satisfacción por la tendencia sostenida a reducir el número global y el coste de las misiones de los funcionarios entre los tres lugares de trabajo del Parlamento y, en particular, entre Luxemburgo y Bruselas, como ponen de manifiesto las cifras siguientes:
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26. Recuerda el apartado 9 de su Decisión de 4 de abril de 2001 (6) sobre la concesión de la aprobación de la gestión para el ejercicio 1999 relativo a las investigaciones de la OLAF sobre las cuestiones derivadas de las denegaciones del visado n° 99/07, y n° 99/09 y pide a la OLAF que le comunique sus resultados inmediatamente;
Formación
27. Subraya la importancia de aumentar la eficiencia del uso de los recursos humanos existentes mediante medidas de formación y reorganización en lugar de recurrir al incremento del organigrama;
28. Acoge con satisfacción la organización de cursos de iniciación en materia de contabilidad y auditoría, pero considera que estos cursos no pueden sustituir a unas cualificaciones profesionales y a una experiencia profesional adecuadas; considera que los cursos de corta duración no son adecuados para los gestores;
29. Insta a que, además de la formación obligatoria en gestión financiera para todos los nuevos ordenadores, todos los funcionarios con responsabilidades de gestión sigan un curso de gestión de recursos humanos; hay que animar a quienes ya ocupan puestos de gestión a que también lo hagan;
30. Expresa su sorpresa ante el hecho de que el número de funcionarios que participaron en programas de formación profesional en 2000 haya sido inferior al de 1999, al igual que el número de cursos ofrecidos; insiste en que todos los funcionarios deben tener la oportunidad de desarrollar nuevas cualificaciones y de mejorar las que ya poseen; insiste en que se haga hincapié en las cualificaciones profesionales particularmente necesarias para el servicio de que se trate;
31. Reconoce el trabajo ya iniciado en cada una de las direcciones generales para establecer planes propios de formación y la existencia de inscripciones en línea para cursos de formación profesional para el personal; reconoce la necesidad de apoyar las posibilidades de formación si se quiere que el Parlamento haga frente a los nuevos desafíos y trabaje más eficientemente;
Reclutamiento
32. Considera que los concursos generales deben desarrollarse sobre una base interinstitucional y que el Parlamento, como otras instituciones, debe poder proceder a reclutamientos a partir de una lista común de candidatos seleccionados, con el fin de garantizar una función pública europea común, ahorrar costes y mejorar la movilidad subsiguiente entre las instituciones; espera la decisión definitiva por la que se crea una oficina interinstitucional de contratación; considera que en el proceso de contratación debería tomarse debidamente en consideración un análisis de las aptitudes de los candidatos para trabajar en equipo;
Lugares de trabajo y edificios
33. Toma nota de que incluso los costes variables de un período de sesiones ordinario de 5 días en Estrasburgo son un 33 % superiores a los de Bruselas, además de otros costes, mucho más elevados, debidos a edificios, gastos de hotel, etc.; admite que la decisión relativa a los lugares de reunión del Parlamento está recogida en el Tratado, pero recuerda que se hizo contra la voluntad del Parlamento; pide a su Secretario General que facilite a la Convención sobre el futuro de Europa un análisis pormenorizado del coste que supone el mantenimiento de tres lugares de trabajo;
34. Observa, por el contrario, que la reducción de cinco a cuatro días qatro de los períodos de sesiones en Estrasburgo, que amputa a los períodos de sesiones de 1/8 de su duración, da lugar a unos ahorros irrisorios (0,97 % del coste total de la reunión);
35. Destaca firmemente que la cuestión de los costes de inversión del nuevo edificio LOW de Estrasburgo debe resolverse inmediatamente, y pide a los socios principales y a los principales accionistas del promotor del edificio, al Ayuntamiento de Estrasburgo y a la región de Alsacia que contribuyan a resolver este asunto; lamenta que el Parlamento Europeo haya tenido que acudir al Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas para resolver el litigio sobre la fecha contractual de conclusión del edificio LOW; subraya que los litigios entre el promotor y los subcontratistas del edificio LOW no deben tener ninguna repercusión en el coste de inversión final;
36. Recuerda que la firma del contrato del edificio LOW fue el objeto del Informe Especial n° 5/95 (7) del Tribunal de Cuentas; recuerda asimismo los apartados 13, 14 y 15 de su Resolución de 13 de abril de 2000 (8) por la que se aplaza la aprobación de la gestión del Parlamento para el ejercicio 1998, en los que expresaba su preocupación por la aplicación de los pagos provisionales de intereses y las multas por la demora en la entrega; insiste en que no debe procederse a reembolsos de capital hasta que el coste final de inversión se haya acordado entre las partes o se haya determinado de otro modo;
37. Destaca la necesidad de economizar en la utilización del espacio con objeto de limitar el coste presupuestario de los nuevos edificios D4/D5;
38. Toma nota de la evaluación del uso del garaje, en la que se indica que no se necesitarán más plazas de aparcamiento para el Parlamento Europeo después de la ampliación;
39. Encarga a su Secretario General, de conformidad con la recomendación del Tribunal de Cuentas en su Informe Anual 2000 (apartado 7.35), que modifique su nomenclatura presupuestaria para distinguir entre alquileres, gastos de adquisición y otros tipos de gasto, como cánones enfitéuticos, en el marco de una posible opción de compra;
40. Toma nota de que la liquidación por el Parlamento del pago de los edificios D1, D2 y D3 de Bruselas el 15 de enero de 2001 y la fructífera estrategia de inyecciones de capital permitirán obtener ahorros sustanciales en los futuros pagos de intereses por el capital pendiente;
Grupos políticos
41. Recuerda que, en el ejercicio 2000, la utilización por los grupos políticos de los créditos puestos a su disposición por el Parlamento Europeo en las partidas presupuestarias 3 7 0 7 y 3 7 0 8 estaba regulada por las normas aprobadas por la Mesa el 14 de diciembre de 1998; toma nota de que, mientras que las partidas 3 7 0 7 y 3 7 0 8 representaron en 2000 alrededor del 3 % del presupuesto del Parlamento, el Tribunal de Cuentas (9) evalúa la parte total atribuible a los grupos políticos (partidas 3 7 0 7 y 3 7 0 8 junto con personal, locales y equipo) en un 13 %; señala que, de conformidad con las normas pertinentes de la Mesa, los informes de los grupos políticos sobre su utilización de los créditos para el ejercicio 2000 son de dominio público (10); toma nota de la decisión de la Mesa relativa a la línea presupuestaria 3 7 0 1 como consecuencia de las respuestas de los grupos políticos al Informe especial del Tribunal de Cuentas;
42. Recuerda que las normas pertinentes de la Mesa (11) facultan a la Comisión de control presupuestario para elaborar un informe anual sobre la base del estado de ingresos y gastos, el balance financiero y el certificado del auditor transmitidos por los grupos políticos;
43. Observa el conflicto que existe entre la necesidad de separar las responsabilidades de la administración del Parlamento y las de los grupos políticos, por una parte, y el Reglamento financiero, por otra, que no prevé explícitamente ninguna separación de esta índole; encarga a la Mesa del Parlamento que vele por que las normas del Parlamento en materia de ejecución del Reglamento financiero incluyan una disposición en la que se defina el estatuto específico de los grupos políticos de modo que puedan regularse de manera clara y adecuada sus responsabilidades; recuerda las observaciones del Tribunal de Cuentas de que las diferencias entre los procedimientos de auditoría utilizados por los diferentes auditores hacen que estas auditorías externas tengan una eficacia limitada en la evaluación de los mecanismos globales de control aplicables a la línea presupuestaria 3 7 0 1; espera que la situación mejore sensiblemente en el futuro tras la decisión de limitar la elección de auditores externos a una corta lista de empresas de auditoría reconocidas a nivel internacional y a un marco de auditoría común;
44. Considera que, teniendo en cuenta la Decisión de 6 de julio de 2000 sobre la aprobación de la gestión (12), las disposiciones relativas a los gastos y responsabilidades de los grupos políticos deberían definirse de manera más clara y precisa en el marco de la campaña de información, con objeto de permitir la identificación de los partidos políticos de los diputados en sus respectivos contextos nacionales y evitar la responsabilidad colectiva de todas las agrupaciones políticas; pide a la Mesa que emprenda la revisión necesaria;
45. Observa, por lo que se refiere a los certificados emitidos por los auditores externos seleccionados por los grupos políticos, que la información y las garantías de la fiabilidad de las cuentas contenidas en los mismos y las verificaciones efectuadas por el auditor acusan variaciones muy considerables de un grupo a otro;
46. Toma nota de que los estados de ingresos y gastos ponen de manifiesto en el ejercicio 2000 un nivel relativamente bajo de utilización de los créditos y, en consecuencia, un nivel elevado de prórrogas al ejercicio siguiente, y toma nota de las observaciones del Tribunal de Cuentas en su Informe Especial n° 13/2000 (apartado 19) en cuanto al riesgo de mala gestión financiera, a menos que las prórrogas estén acompañadas por un volumen equivalente de compromisos;
47. Toma nota, por lo que se refiere a los balances de los grupos políticos, de que por lo general no recogen una información suficientemente clara acerca de los bienes que los grupos adquieren con los créditos puestos a su disposición por el Parlamento Europeo ni tampoco constan estos bienes en el balance financiero de la institución, como señala el Tribunal de Cuentas en su Informe Anual relativo al ejercicio 2000 (apartado 7.10);
48. Apoya la recomendación del Tribunal de Cuentas en su Informe Especial n° 13/2000 (apartado 48) de que se publiquen las cuentas certificadas de los grupos políticos; encarga a su Secretario General que reserve una sección de la página web del Parlamento para la publicación de las cuentas certificadas de los grupos políticos;
49. Reitera su solicitud, expresada en su Resolución de 13 de abril de 2000 (13) y en la citada Decisión de 4 de abril de 2001, de que el Tribunal de Cuentas lleve a cabo una auditoría de la situación financiera de los grupos políticos cada dos años con el fin de asistir a la Comisión de control presupuestario en la elaboración del informe exigido por el artículo 2.7.3 de la Reglamentación relativa a la utilización de los créditos previstos en la partida 3 7 0 1 (14);
50. Toma nota de la observación del Tribunal de Cuentas en su Informe Especial n° 13/2000 (apartado 21) según la cual, en las relaciones con terceros, se considera que las decisiones de los grupos políticos en cuanto a contratos laborales, de alquiler y de compra se toman con la autorización del Parlamento y comprometen su responsabilidad; reconoce que ello hace que a menudo se considere a la administración del Parlamento responsable de decisiones que están fuera de su control; pide al Servicio Jurídico que elabore un dictamen en el que recomiende una solución para este problema de la responsabilidad financiera y contractual y que se apliquen unas normas precisas que indiquen claramente las responsabilidades en cuanto a la ejecución del presupuesto y al personal (incluidas las reclamaciones y las cuestiones relacionadas con la legislación laboral) entre la administración del Parlamento y los grupos políticos;
51. Observa que, dos años después de la publicación del Informe Especial n° 13/2000 del Tribunal de Cuentas, todavía no se ha aprobado el fundamento jurídico pertinente para una financiación transparente de los partidos políticos europeos; critica, en particular, al Consejo por no haber sido capaz de capitalizar los progresos realizados a este respecto durante la Presidencia belga, y pide a las Presidencias española y danesa que garanticen la consecución de un acuerdo durante el año en curso;
Diputados no inscritos
52. Encarga a su Comisión de control presupuestario que, en el contexto del procedimiento de aprobación de la gestión para el ejercicio 2001, lleve a cabo un examen completo y detallado de las subvenciones pagaderas a los diputados no inscritos, similar al realizado para los grupos políticos;
Inventario
53. Acoge con satisfacción el hecho de que por primera vez el valor de los activos inmovilizados registrado en el balance financiero se ha actualizado para reflejar su depreciación (15); reitera la petición formulada en su Resolución de 6 de julio de 2000 (16) de que en el balance financiero de cada ejercicio se informe en detalle del inventario material permanente; toma nota de la conclusión del interventor (17) de que la introducción del sistema ELS ha proporcionado un marco para mejorar la gestión, el control y el registro de los movimientos de inventario, pero sigue habiendo margen para continuar reforzando los controles internos, en particular, en cuanto al procedimiento de puesta fuera de servicio;
54. Toma nota de la respuesta del Parlamento Europeo informe Anual 2000 del Tribunal de Cuentas (apartado 7.10) de que es consciente de que el inventario no recoge los bienes adquiridos por los grupos políticos con los créditos que se les proporcionan y de que tratará de aportar una solución con la ayuda de los grupos políticos;
55. Recuerda la Recomendación del Tribunal en su Informe Especial n° 13/2000 (apartado 66) de que deben establecerse unas normas claras en relación con la propiedad y el inventario de los bienes adquiridos con los créditos pertinentes para garantizar la protección y la gestión óptimas de todo el equipo de que disponen los grupos; recuerda la observación del Tribunal de Cuentas en ese mismo informe (apartado 23) de que los créditos reservados para los grupos políticos no constituyen una subvención a un órgano externo, sino una delegación de la ejecución de estos créditos en un órgano interno que, por lo tanto, debe atenerse al marco reglamentario aplicable al gasto presupuestario; encarga a su Secretario General que presente un informe a la Comisión de control presupuestario para el 1 de julio de 2002 con propuestas de modalidades de inclusión en el inventario de los bienes adquiridos por los grupos políticos con fondos del Parlamento;
Adjudicación de contratos
56. Reconoce que el Secretario General facilita actualmente a la Comisión de Control Presupuestario los informes trimestrales de la CCCC (Comisión consultiva de compras y contratos), como le pidió en su Decisión de 4 de abril de 2001; toma nota de que, de conformidad con el informe anual de la CCCC relativo al ejercicio 2000, se mantiene la tendencia a recurrir a procedimientos de licitación para la adjudicación de contratos, frente a la celebración de contratos por contratación directa o por procedimiento negociado, como se indica en el cuadro siguiente, pero sigue considerando muy elevado el nivel de contratos no adjudicados por licitación:
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57. Recuerda la necesidad de anunciar los procedimientos de licitación con la mayor amplitud posible, entre otros medios, dirigiéndose a organismos profesionales y asociaciones mercantiles e insertando anuncios en publicaciones especializadas; recomienda, con miras a garantizar la máxima transparencia en el caso de los procedimientos restringidos, que la licitación no se organice hasta después de que se haya publicado en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas y en Internet una convocatoria de manifestaciones de interés o información previa;
58. Insiste en que en los procedimientos restringidos la base geográfica de los proveedores invitados a la licitación debe ser lo más amplia posible; acoge con satisfacción la información recogida en el informe de la CCCC relativo al ejercicio 2000 según la cual, siguiendo instrucciones del Secretario General y con el fin de aumentar la seguridad jurídica y de reducir la duración de los procedimientos, se han elaborado documentos contractuales estandarizados y condiciones generales y se han facilitado a los servicios del Parlamento en todas las lenguas; pide que se recurra en mayor medida a los criterios medioambientales sobre el ciclo de vida de los productos;
Contrato de servicios de seguridad en Estrasburgo
59. Recuerda que, de conformidad con el apartado 16 de la mencionada Resolución del Parlamento de 13 de abril de 2000 por la que se aplaza la aprobación de la gestión para el ejercicio 1998, se pidió al Tribunal de Cuentas que examinara los problemas relacionados con los contratos de servicios de seguridad y, en particular, la aplicabilidad a una licitación determinada de una norma nacional francesa relativa al sector de la seguridad; toma nota de que el Tribunal comparte la preocupación manifestada por el Interventor al expresar la denegación de visado n° 00/5; pide al Servicio Jurídico un dictamen sobre la compatibilidad de este aspecto de la legislación francesa con el Derecho comunitario, con miras a garantizar una competencia leal en este tipo de procedimientos de adjudicación de contratos;
60. Señala que la decisión de la Mesa de hacer caso omisión de la denegación de visado se tomó sobre la base del informe del Servicio Jurídico que contenía una apreciación de las disposiciones pertinentes de la legislación nacional y comunitaria; pide, no obstante, al Secretario General que se asegure de que, con ocasión de la próxima renovación del contrato de seguridad de Estrasburgo, el contratista saliente facilita la información necesaria a sus sucesores potenciales en la fase adecuada del procedimiento de licitación;
Administraciones de anticipos
61. Se pregunta si todavía son necesarias las administraciones de anticipos, y pide al Secretario General del Parlamento Europeo que justifique los motivos de su mantenimiento;
Política de información
62. Llama la atención sobre los relativamente escasos recursos presupuestarios asignados a información y comunicación (25 millones de euros en 2000, lo que supone solamente el 2,5 % del presupuesto total del Parlamento); toma nota de que casi la mitad de dicho importe se utiliza para el programa de visitas del Parlamento, que también debe modernizarse; espera, por lo tanto, el cumplimiento de unas normas generales para las dietas relacionadas con la distancia; considera necesario, por consiguiente, el incremento adecuado de los recursos presupuestarios para información en paralelo con una revisión estratégica del contenido y los métodos de la política de información del Parlamento y una mejor sinergia con otras Instituciones;
63. Toma nota del altísimo porcentaje de jóvenes que ha supuesto casi la mitad del total de visitantes del Parlamento Europeo a lo largo del programa de visitas; señala la necesidad de diseñar de nuevo el programa de visitas de manera que resulte más atractivo para los más jóvenes, por ejemplo, haciendo el máximo uso de los equipos audiovisuales y multimedios y empleando instrumentos pedagógicos interactivos;
64. Subraya el papel central de las oficinas exteriores de información del Parlamento Europeo en la difusión de información acerca de la institución en los Estados miembros y asimismo en la recopilación de reacciones y respuestas del público; considera que el inicio del debate público sobre el futuro de Europa le confiere un carácter de urgencia; toma nota de que los locales compartidos con la Comisión, la aplicación conjunta del programa Prince y el Grupo de trabajo interinstitucional sobre información permitirán ahorros de costes que pueden utilizarse para mejorar los resultados; pide que se le mantenga informado de las actividades del Grupo de trabajo interinstitucional sobre información;
65. Es consciente de los objetivos del programa anual de trabajo fijados por la DG III (Dirección General de Información y Relaciones Públicas) para las oficinas de información y pide que se evalúe rigurosamente si se logran los objetivos y si es rentable este empleo de recursos; aprueba el interés puesto en el establecimiento de relaciones más estrechas con los medios de comunicación visual a los niveles nacional y regional así como el mejor recurso a los diputados en estas áreas para personalizar ante el público la actividad del Parlamento; pide que se facilite a todos los diputados que lo soliciten el material para presentaciones (transparencias para proyecciones, vídeos, etc.) que pueda servirles de ayuda para explicar las funciones y el funcionamiento del Parlamento a grupos de visitantes y a sus electores;
66. Pide a los órganos de gobierno del Parlamento que apliquen una política de transparencia en sus prácticas relativas a las subvenciones y dietas, haciendo públicas, de manera comprensible, tanto las reglamentaciones como otras decisiones e interpretaciones relevantes para el cálculo de dichas subvenciones y dietas en el caso del transporte de visitantes;
67. Comprueba que la DG III no gestiona en la actualidad la página web pública del Parlamento; considera que las actividades Internet del Parlamento deberían formar parte integrante de sus actividades de información y relaciones públicas, y que ello podría representar una utilización más eficaz de los recursos; pide, por consiguiente, a su Secretario General que examine la posibilidad de transferir la responsabilidad del mantenimiento de las actividades Internet del Parlamento a la DG III;
68. Considera que la norma no escrita seguida por la administración, según la cual no se aceptan grupos mixtos de visitantes de diferentes Estados miembros, es contraria al objetivo fundamental de promover los contactos europeos en que radica el programa; considera que las normas y los procedimientos del Parlamento Europeo, en particular los relativos a los grupos de visitantes, deberían prestar más atención a los objetivos de los programas que a su carga administrativa;
Dietas de los diputados
69. Recuerda que el 10 de abril y el 6 de julio de 2000 la Mesa aprobó enmiendas al artículo 14 de la reglamentación relativa a los gastos y las dietas de los diputados (18) para su entrada en vigor el 1 de enero de 2001; señala que en el curso de su trabajo de auditoría, el Tribunal de Cuentas expresó su opinión de que la administración del Parlamento Europeo y el Interventor debían examinar las nuevas disposiciones e informar acerca de su conformidad con el Reglamento financiero para finales de 2001; pide al Secretario General que presente un informe a la Comisión de control presupuestario para el 1 de julio de 2002;
70. Reconoce la importancia de velar por la existencia de las garantías necesarias para la protección de los derechos de los asistentes contratados por los diputados, incluida una cobertura de seguro y de seguridad social adecuada, y de realizar este objetivo mediante la plena aplicación del artículo 14 de la reglamentación relativa a los gastos y las dietas de los diputados, y mediante la aprobación de un estatuto de los asistentes;
71. Considera que es necesario clarificar la situación de los asistentes parlamentarios, así como las disposiciones contractuales que se les aplican, mediante la elaboración de un estatuto para esta categoría de personal; opina que dicho estatuto debería proporcionar una base reglamentaria para el empleo de todos los asistentes acreditados (que trabajen a tiempo total o parcial para uno o más diputados); considera, no obstante, que dicho estatuto debería incluir una excepción para los proveedores de servicios contratados para llevar a cabo labores específicas y limitadas en el tiempo; subraya que, aunque los diputados sigan teniendo la responsabilidad del nombramiento, el tipo de remuneración y el despido de sus asistentes personales, la responsabilidad global de velar por que las disposiciones administrativas y contractuales en materia de remuneración y seguridad social se apliquen de manera adecuada y transparente recae sobre la administración del Parlamento;
72. Recuerda las recomendaciones del Tribunal de Cuentas de que los pagos de los gastos y las dietas de viaje y estancia reflejen el coste real del viaje y el tiempo real de desplazamiento; recuerda que la administración ya utiliza este sistema en aquellos casos en los que los diputados celebran reuniones fuera del territorio de la Comunidad Europea (artículo 3 de la Reglamentación relativa a los gastos y las dietas de los diputados);
El asunto relativo al servicio de dietas de los Diputados
73. Toma nota de que se ha iniciado el procedimiento previsto en el artículo 22 del Estatuto de los diputados y de que se encuentra en la fase preparatoria con miras al establecimiento de las responsabilidades en relación con la discrepancia de 4136125 francos belgas entre la situación real de caja y las cuentas correspondientes en 1982; pide que se actualice claramente este asunto que viene arrastrándose desde hace casi 20 años;
Medio ambiente
74. Considera que habría que esforzarse más por reducir la cantidad de papel que se utiliza en el Parlamento; pide a su Secretario General que examine el desarrollo de un interfaz seguro en Intranet para la presentación y firma de enmiendas, preguntas parlamentarias, declaraciones por escrito y otros formularios y documentos parlamentarios que se presentan actualmente en papel; considera que esto también daría lugar a un aumento adicional de la eficiencia; pide a su Secretario General que se dejen de distribuir en versión papel aquellos documentos parlamentarios (como,
por ejemplo, órdenes del día de las comisiones, comunicaciones a los miembros, etc.) que pueden transmitirse también por correo electrónico o a través de Intranet, y que haga copias múltiples del material sobre relaciones públicas a disposición de los diputados únicamente previa solicitud del mismo;
75. Destaca la necesidad de que se apliquen a los nuevos edificios los principios relativos a la administración ecológica (por ejemplo, plan de movilidad sostenible, incluida la creación de un centro/servicio de gestión de la movilidad, potencial de eficiencia energética y utilización de energías renovables);
76. Encarga a su Secretario General que mejore las prácticas habituales de gestión medioambiental y que presente con carácter anual cifras sobre el consumo de papel, agua, energía y otros indicadores de importancia;
Conclusión
77. Señala a la atención de la administración su viva preocupación, expresada en la presente Resolución, en relación con toda una serie de deficiencias de gestión en muchos ámbitos de la aplicación del presupuesto, y le pide que saque las conclusiones necesarias;
78. Concede al Secretario General la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto para el ejercicio 1999;
79. Autoriza que se otorgue la liberación de responsabilidad al contable por lo que se refiere al ejercicio 2000;
80. Encarga a su Presidente que transmita la presente decisión a la Comisión, al Consejo, al Tribunal de Justicia, al Tribunal de Cuentas y al Defensor del Pueblo Europeo, y que disponga su publicación en el Diario Oficial (serie L).
El Secretario General
Julian Priestley
El Presidente
Pat Cox
______________
(1) DO C 359 de 15.12.2001.
(2) Cuenta de gestión y balance fianciero relativos al ejercicio 2000 [volumen III, SEC(2001) 530 - ES].
(3) PE 305.179/MESA.
(4) DO L 111 de 20.4.2001, p. 1.
(5) DO C 61 de 28.2.1994, p. 248.
(6) DO L 160 de 15.6.2001, p. 25.
(7) DO C 27 de 31.1.1996, p. 1.
(8) DO C 40 de 7.2.2001, p. 398.
(9) Informe Especial n° 13/2000 sobre los gastos de los grupos políticos del Parlamento Europeo, junto con las respuestas del Parlamento Europeo, nota al apartado 5 (DO C 181 de 28.6.2000).
(10) Artículo 8 de la Reglamentación relativa a la utilización de los créditos previstos en la partida 3 7 0 7 y artículo 5 de la Reglamentación relativa a la utilización de los créditos previstos en la partida 3 7 0 8 (véase el Acta de la Mesa de 14.12.1998).
(11) Véase la nota anterior y la Reglamentación de la Mesa relativa a la partida 3 7 0 1, aprobada el 11 de diciembre de 2000 y que entró en vigor el 1 de enero de 2001.
(12) DO C 121 de 24.4.2001, p. 366.
(13) DO C 40 de 7.2.2001, p. 398.
(14) PE 298.252/MESA/def. - véanse las actas de la Mesa de 11.12.2000 y 1.2.2001.
(15) Notas de acompañamiento del balance financiero del Parlamento, "cuenta de gestión", p. 96.
(16) DO C 121 de 24.4.2001, p. 366.
(17) Informe n° 01/1 para la Institución y respuestas (nota del Secretario General a la Mesa, de 24.4.2001).
(18) PE 133.116/CUEST.