( 84/309/CEE )
EL CONSEJO DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS ,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea y , en particular , su artículo 113 ,
Vista la recomendación de la Comisión ,
Considerando que los terceros países que han celebrado un Acuerdo de autolimitación con la Comunidad Económica Europea en el sector de las carnes
de ovino y caprino o de los animales vivos de las especies ovina y caprina se han comprometido , mediante un intercambio de cartas , a limitar sus exportaciones destinadas a determinados mercados de la Comunidad considerados como zonas sensibles ; que , no obstante , dicho compromiso sólo llega hasta el 31 de marzo de 1984 .
Considerando que las condiciones que han motivado el reconocimiento de dichas zonas no se han modificado y que , por lo tanto , conviene prever la prórroga de los convenios referentes a la limitación de las exportaciones a dichas zonas ;
Considerando que la Comisión ha llevado a cabo negociaciones en este sentido con Austria , Bulgaria , Hungría , Islandia , Polonia , Checoslovaquia , Uruguay y Yugoslavia , y que dichas negociaciones han desembocado en la rúbrica de un acuerdo con cada uno de dichos países ,
DECIDE :
Artículo 1
1 . En nombre de la Comunidad Económica Europea , quedan aprobados los intercambios de cartas relativos al punto 2 de los Acuerdos de autolimitación sobre el comercio en el sector de las carnes de ovino y caprino realizados con los siguientes países :
- Austria ,
- Bulgaria ,
- Hungría ,
- Islandia ,
- Polonia ,
- Checoslovaquia ,
- Uruguay ,
- Yugoslavia .
2 . Los textos de los intercambios de cartas se adjuntan a la presente Decisión .
Artículo 2
El Presidente del Consejo queda autorizado para designar a la persona facultada para firmar los intercambios de cartas contemplados en el artículo 1 con objeto de obligar a la Comunidad .
Hecho en Bruselas , el 8 de mayo de 1984 .
Por el Consejo
El Presidente
M. ROCARD
INTERCAMBIO DE CARTAS
relativo al punto del intercambio de cartas entre la Comunidad Económica Europea y la República Popular de Bulgaria sobre el comercio en el sector ovino y caprino
Carta n º 1
Distinguido Señor ... ,
Refiriéndome al intercambio de cartas entre la República Popular de Bulgaria y la Comunidad Económica Europea sobre el comercio en el sector ovino y caprino , firmado el 26 de enero de 1982 y , en particular , a las discusiones que han tenido lugar entre las dos partes en conformidad con el punto 12 de dicho Acuerdo , tengo el honor de informarle de que mientras
tenga vigencia dicho Acuerdo , el Gobierno de la República Popular de Bulgaria seguirá velando para que los productos búlgaros se comercialicen dentro de la Comunidad de manera que se evite toda modificación de la tendencia en las corrientes de intercambios tradicionales hacia los diferentes mercados considerados sensibles .
En particular , las autoridades competentes búlgaras velarán para que las exportaciones con destino a Francia y a Irlanda se limiten de la siguiente manera :
Para 1984 :
- Francia : 360 toneladas , expresadas en peso canal ,
- Irlanda : cero .
Para los años siguientes :
cantidades que se determinarán entre las partes en el marco de las consultas previstas en el punto 9 del Acuerdo .
Le estaría muy agradecido tuviera a bien acusar recibo de la presente carta .
Reciba , Señor ... , la expresión de mi consideración más distinguida .
Por el Gobierno de la República Popular de Bulgaria
Carta n º 2
Distinguido Señor ... ,
Tengo el honor de acusar recibo de su carta de hoy , redactada en los siguientes términos :
« Refiriéndome al intercambio de cartas entre la República Popular de Bulgaria y la Comunidad Económica Europea sobre el comercio en el sector ovino y caprino , firmado el 26 de enero de 1982 y , en particular , a las discusiones que han tenido lugar entre las dos partes en conformidad con el punto 12 de dicho Acuerdo , tengo el honor de informarle de que mientras tenga vigencia dicho Acuerdo , el Gobierno de la República Popular de Bulgaria seguirá velando para que los productos búlgaros se comercialicen dentro de la tendencia en las corrientes de intercambios tradicionales hacia los diferentes mercados considerados sensibles .
En particular , las autoridades competentes búlgaras velarán para que las exportaciones con destino a Francia y a Irlanda se limiten de la siguiente manera :
Para 1984 :
- Francia : 360 toneladas , expresadas en peso canal ,
- Irlanda : cero .
Para los años siguientes :
cantidades que se determinarán entre las partes en el marco de las consultas previstas en el punto 9 del Acuerdo .
Le estaría muy agradecido tuviera a bien acusar recibo de la presente carta . »
Reciba , Señor ... , la expresión de mi consideración más distinguida .
En nombre del Consejo de las Comunidades Europeas
INTERCAMBIO DE CARTAS
por el que se prorroga un convenio relativo al punto 2 del intercambio de cartas entre la Comunidad Económica Europea y la República Popular Húngara sobre el comercio en el sector ovino y caprino
Carta n º 1
Distinguido Señor ... ,
Refiriéndome al intercambio de cartas entre la República Popular Húngara y la Comunidad Económica Europea sobre el comercio en el sector ovino y caprino , firmado el 12 de mayo de 1981 y , en particular , a las disposiciones que han tenido lugar entre las dos partes en conformidad con el punto 13 de dicho Acuerdo , tengo el honor de informarle de que , mientras dicho Acuerdo tenga vigencia , el Gobierno de la República Popular Húngara seguirá velando para que los productos húngaros se comercialicen dentro de la Comunidad de manera que se evite toda modificación de la tendencia en las corrientes tradicionales de intercambios hacia los diferentes mercados considerados sensibles .
En particular , las autoridades competentes de la República Popular Húngara velarán para que las exportaciones con destino a Francia e Irlanda se limiten cada año de la siguiente manera :
- Francia : 975 toneladas , expresadas en peso canal ,
- Irlanda : cero .
Le estaría muy agradecido tuviera a bien acusar recibo de la presente carta .
Reciba Señor ... , la expresión de mi consideración más distinguida .
Por el Gobierno de la República Popular Húngara
Carta n º 2
Distinguido Señor ... ,
Tengo el honor de acusar recibo de su carta de hoy redactada en los siguientes términos :
« Refiriéndome al intercambio de cartas entre la República Popular Húngara y la Comunidad Económica Europea sobre el comercio en el sector ovino y caprino , firmado el 12 de mayo de 1981 y , en particular , a las discusiones que han tenido lugar entre las dos partes en conformidad con el punto 13 de dicho Acuerdo , tengo el honor de informarle de que , mientras dicho Acuerdo tenga vigencia , el Gobierno de la República Popular Húngara seguirá velando para que los productos húngaros se comercialicen dentro de la Comunidad de manera que se evite toda modificación de la tendencia en las corrientes tradicionales de intercambios hacia los diferentes mercados considerados sensibles .
En particular , las autoridades competentes de la República Popular Húngara velarán para que las exportaciones con destino a Francia e Irlanda se limiten cada año de la siguiente manera :
- Francia : 975 toneladas , expresadas en peso canal ,
- Irlanda : cero .
Le estaría muy agradecido tuviera a bien acusar recibo de la presente carta . »
Reciba , Señor ... , la expresión de mi consideración más distinguida .
En nombre del Consejo de las Comunidades Europeas
INTERCAMBIO DE CARTAS
relativo al punto del convenio en forma de intercambio de cartas entre la Comunidad Económica Europea y la República de Islandia sobre el comercio de carnes de ovino y caprino
Carta n º 1
Distinguido Señor ... ,
Refiriéndome al intercambio de cartas entre la República de Islandia y la Comunidad Económica Europea sobre el comercio en el sector ovino y caprino , firmado el 28 de abril de 1981 y , en particular a las discusiones que han tenido lugar entre las dos partes en conformidad con el punto 12 de dicho Acuerdo , tengo el honor de informarle de que mientras dicho Acuerdo tenga vigencia , el Gobierno de la República de Islandia seguirá velando para que los productos islandeses se comercialicen dentro de la Comunidad de manera que se evite toda modificación de la tendencia en las corrientes tradicionales de intercambios hacia los diferentes mercados considerados sensibles .
En particular , las autoridades competentes islandesas velarán para que las exportaciones con destino a Francia e Irlanda se limiten cada año de la siguiente manera :
- Francia : cero ,
- Irlanda : cero .
Le estaría muy agradecido tuviera a bien acusar recibo de la presente carta .
Reciba , Señor ... , la expresión de mi consideración más distinguida .
Por el Gobierno de la República de Islandia
Carta n º 2
Distinguido Señor ... ,
Tengo el honor de acusar recibo de su carta de hoy redactada en los siguientes términos :
« Refiriéndome al intercambio de cartas entre la República de Islandia y la Comunidad Económica Europea sobre el comercio en el sector ovino y caprino , firmado el 28 de abril de 1981 y , en particular , a las discusiones que han tenido lugar entre las dos partes en conformidad con el punto 12 de dicho Acuerdo , tengo el honor de informarle de que , mientras dicho Acuerdo tenga vigencia , el Gobierno de la República de Islandia seguirá velando para que los productos islandeses se comercialicen dentro de la Comunidad de manera que se evite toda modificación de la tendencia en las corrientes tradicionales de intercambios hacia los diferentes mercados considerados sensibles .
En particular , las autoridades competentes islandesas velarán para que las exportaciones con destino a Francia e Irlanda se limiten cada año de la siguiente manera :
- Francia : cero ,
- Irlanda : cero .
Le estaría muy agradecido tuviera a bien acusar recibo de la presente carta . »
Reciba , Señor ... , la expresión de mi consideración más distinguida .
En nombre del Consejo de las Comunidades Europeas
INTERCAMBIO DE CARTAS
relativo al punto 2 del intercambio de cartas entre la Comunidad Económica Europea y la República Popular de Polonia sobre el comercio en el sector ovino y caprino
Carta n º 1
Distinguido Señor ... ,
Refiriéndome al intercambio de cartas entre la República Popular de Polonia y la Comunidad Económica Europea sobre el comercio en el sector ovino y caprino , firmado el 28 de abril de 1981 y , en particular , a las discusiones que han tenido lugar entre las dos partes en conformidad con el punto 11 de dicho Acuerdo , tengo el honor de informarle de que , mientras dicho Acuerdo tenga vigencia , el Gobierno de la República Popular de Polonia seguirá velando para que los productos polacos se comercialicen dentro de la Comunidad de manera que se evite toda modificación de la tendencia en las corrientes tradicionales de intercambios hacia los diferentes mercados considerados sensibles .
En particular , las autoridades competentes polacas velarán para que las exportaciones con destino a Francia e Irlanda se limiten cada año de la siguiente manera :
Para 1984 :
- Francia : 1 150 toneladas ,
- Irlanda : cero .
Para los años siguientes :
cantidades que se fijarán entre las partes en el marco de las consultas previstas en el punto 8 del Acuerdo .
Le estaría muy agradecido tuviera a bien acusar recibo de la presente carta .
Reciba , Señor ... , la expresión de mi consideración más distinguida .
Por el Gobierno de la República Popular de Polonia
Carta n º 2
Distinguido Señor ... ,
Tengo el honor de acusar recibo de su carta de hoy redactada en los siguientes términos :
« Refiriéndome al intercambio de cartas entre la República Popular de Polonia y la Comunidad Económica Europea sobre el comercio en el sector ovino y caprino , firmado el 28 de abril de 1981 y , en particular , a las discusiones que han tenido lugar entre las dos partes en conformidad con el punto 11 de dicho Acuerdo , tengo el honor de informarle de que , mientras dicho Acuerdo tenga vigencia , el Gobierno de la República Popular de Polonia seguirá velando para que los productos polacos se comercialicen dentro de la Comunidad de manera que se evite toda modificación de la tendencia en las corrientes tradicionales de intercambios hacia los diferentes mercados considerados sensibles .
En particular , las autoridades competentes polacas velarán para que las exportaciones con destino a Francia e Irlanda se limiten cada año de la siguiente manera :
Para 1984 :
- Francia : 1 150 toneladas ,
- Irlanda : cero .
Para los años siguientes :
cantidades que se fijarán entre las partes en el marco de las consultas previstas en el punto 8 del Acuerdo .
Le estaría muy agradecido tuviera a bien acusar recibo de la presente carta . »
Reciba , Señor ... , la expresión de mi consideración más distinguida .
En nombre del Consejo de las Comunidades Europeas
INTERCAMBIO DE CARTAS
por el que se prorroga un convenio relativo al punto 2 del Acuerdo en forma de intercambio de cartas entre la Comunidad Económica Europea y la República Socialista Checoslovaca sobre el comercio en el sector ovino y caprino
Carta n º 1
Distinguido Señor ... ,
Refiriéndome al intercambio de cartas entre la República Socialista Checoslovaca y la Comunidad Económica Europea sobre el comercio en el sector ovino y caprino , firmado el 14 de junio de 1982 y , en particular , a las discusiones que han tenido lugar entre las dos partes en conformidad con el punto 13 de dicho Acuerdo , tengo el honor de informarle de que , mientras dicho Acuerdo tenga vigencia , el Gobierno de la República Socialista Checoslovaca seguirá velando para que los productos checoslovacos se comercialicen dentro de la Comunidad de manera que se evite toda modificación de la tendencia en las corrientes tradicionales de intercambios hacia los diferentes mercados considerados sensibles .
En particular , las autoridades competentes checoslovacas velarán para que las exportaciones con destino a Francia e Irlanda se limiten cada año de la siguiente manera :
- Francia : cero ,
- Irlanda : cero .
Le estaría muy agradecido tuviera a bien acusar recibo de la presente carta .
Reciba , Señor ... , la expresión de mi consideración más distinguida .
Por el Gobierno de la República Socialista Checoslovaca
Carta n º 2
Distinguido Señor ... ,
Tengo el honor de acusar recibo de su carta de hoy redactada en los siguientes términos :
« Refiriéndome al intercambio de cartas entre la República Socialista Checoslovaca y la Comunidad Económica Europea sobre el comercio en el sector ovino y caprino , firmado el 14 de junio de 1982 y , en particular , a las discusiones que han tenido lugar entre las dos partes en conformidad con el punto 13 de dicho Acuerdo , tengo el honor de informarle de que , mientras dicho Acuerdo tenga vigencia , el Gobierno de la República Socialista Checoslovaca seguirá velando para que los productos checoslovacos se comercialicen dentro de la Comunidad de manera que se evite toda modificación de la tendencia en las corrientes tradicionales de intercambios hacia los diferentes mercados considerados sensibles .
En particular , las autoridades competentes checoslovacas velarán para que las exportaciones con destino a Francia e Irlanda se limiten cada año de la siguiente manera :
- Francia : cero ,
- Irlanda : cero .
Le estaría muy agradecido tuviera a bien acusar recibo de la presente carta . »
Reciba , Señor ... , la expresión de mi consideración más distinguida .
En nombre del Consejo de las Comunidades Europeas
INTERCAMBIO DE CARTAS
relativo al punto 2 del convenio en forma de intercambio de cartas entre la Comunidad Económica Europea y la República Oriental del Uruguay sobre el comercio de las carnes de carnero y de cordero
Carta n º 1
Distinguido Señor ... ,
Refiriéndome al convenio entre la República Oriental del Uruguay y la Comunidad Económica Europea sobre el comercio de las carnes de carnero y de cordero , firmado el 14 de octubre de 1980 y , en particular , a las discusiones que han tenido lugar entre las dos partes en conformidad con el punto 14 de dicho Acuerdo , tengo el honor de informarle de que las autoridades uruguayas han manifestado su acuerdo de considerar a Francia e Irlanda como zonas sensibles , teniendo en cuenta los factores temporales señalados por la Comunidad Económica Europea .
En este sentido , las autoridades competentes uruguayas se comprometen a evitar toda modificación de los intercambios tradicionales de exportación de los productos uruguayos comprendidos en dicho Acuerdo y destinados a Francia e Irlanda durante el período comprendido entre el 1 de abril de 1984 y el 31 de marzo de 1985 .
Del mismo modo , el Gobierno de Uruguay considera que dicho compromiso sólo es válido mientras siga vigente sin modificación el convenio de autolimitación .
Le estaría muy agradecido tuviera a bien acusar recibo de la presente carta .
Aprovecho esta ocasión , Señor ... , para expresarle de nuevo mi consideración más distinguida .
Por el Gobierno de la República Oriental del Uruguay
Carta n º 2
Distinguido Señor ... ,
Tengo el honor de acusar recibo de su carta de hoy redactada en los siguientes términos :
« Refiriéndome al convenio entre la República Oriental del Uruguay y la Comunidad Económica Europea sobre el comercio de las carnes de carnero y de cordero , firmado el 14 de octubre de 1980 y , en particular , a las discusiones que han tenido lugar entre las dos partes en conformidad con el punto 14 de dicho Acuerdo , tengo el honor de informarle de que las autoridades uruguayas han manifestado su acuerdo de considerar a Francia e Irlanda como zonas sensibles , teniendo en cuenta los factores temporales señalados por la Comunidad Económica Europea .
En este sentido , las autoridades competentes uruguayas se comprometen a evitar toda modificación de los intercambios tradicionales de exportación de los productos uruguayos comprendidos en dicho Acuerdo y destinados a Francia e Irlanda durante el período comprendido entre el 1 de abril de 1984 y el 31 de marzo de 1985 .
Del mismo modo , el Gobierno de Uruguay considera que dicho compromiso sólo es válido mientras siga vigente sin modificación el convenio de autolimitación .
Le estaría muy agradecido tuviera a bien acusar recibo de la presente carta . »
Reciba , señor ... , la expresión de mi consideración más distinguida .
En nombre del Consejo de las Comunidades Europeas
INTERCAMBIO DE CARTAS
relativo al punto 2 del intercambio de cartas entre la Comunidad Económica Europea y la República Socialista Federativa de Yugoslavia sobre el comercio en el sector de las carnes de ovino y caprino
Carta n º 1
Distinguido Señor ... ,
Refiriéndome al intercambio de cartas entre la República Socialista Federativa de Yugoslavia y la Comunidad Económica Europea sobre el comercio en el sector ovino y caprino , firmado el 28 de abril de 1981 y , en particular , a las discusiones que han tenido lugar entre las dos partes en conformidad con el punto 14 de dicho Acuerdo , tengo el honor de informarle de que , mientras dicho Acuerdo tenga vigencia , el Gobierno de la República Socialista Federativa de Yugoslavia seguirá velando para que los productos yugoslavos se comercialicen dentro de la Comunidad de manera que se evite toda modificación de la tendencia en las corrientes tradicionales de intercambios hacia los diferentes mercados considerados sensibles .
En particular , las autoridades competentes yugoslavas velarán para que las exportaciones con destino a Francia e Irlanda se limiten cada año de la siguiente manera :
- Francia : 50 toneladas , expresadas en peso canal ,
- Irlanda : cero .
Le estaría muy agradecido tuviera a bien acusar recibo de la presente carta .
Reciba , Señor ... , la expresión de mi consideración más distinguida .
Por el Consejo Ejecutivo Federal de la Asamblea de la República Socialista Federativa de Yugoslavia
Carta n º 2
Distinguido Señor ... ,
Tengo el honor de acusar recibo de su carta de hoy , redactada en los siguientes términos :
« Refiriéndome al intercambio de cartas entre la República Socialista Federativa de Yugoslavia y la Comunidad Económica Europea sobre el comercio en el sector ovino y caprino , firmado el 28 de abril de 1981 y , en particular , a las discusiones que han tenido lugar entre las dos partes en conformidad con el punto 14 de dicho Acuerdo , tengo el honor de informarle de que , mientras dicho Acuerdo tenga vigencia , el Gobierno de la República Socialista Federativa de Yugoslavia seguirá velando para que los productos yugoslavos se comercialicen dentro de la Comunidad de manera que se evite toda modificación de la tendencia en las corrientes tradicionales de intercambios hacia los diferentes mercados considerados sensibles .
En particular , las autoridades competentes yugoslavas velarán para que las
exportaciones con destino a Francia e Irlanda se limiten cada año de la siguiente manera :
- Francia : 50 toneladas , expresadas en peso canal ,
- Irlanda : cero .
Le estaría muy agradecido tuviera a bien acusar recibo de la presente carta . »
Reciba , Señor ... , la expresión de mi consideración más distinguida .
En nombre del Consejo de las Comunidades Europeas