EL CONSEJO DE LA UNION EUROPEA,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea y, en particular, sus artículos 113 y 130 Y en relación con la primera frase del apartado 2 y con el párrafo primero del apartado 3 del artículo 228,
Vista la propuesta de la Comisión,
Visto el dictamen del Parlamento Europeo,
Considerando que en virtud de lo dispuesto en el artículo 130 U del Tratado, la política de la Comunidad en el ámbito de la cooperación al desarrollo fomenta el desarrollo económico y social duradero en los países en desarrollo, la inserción armoniosa y progresiva de los países en desarrollo en la economía mundial y la lucha contra la pobreza en dichos países;
Considerando que tras la unificación de la República Arabe del Yemen y de la República Democrática Popular del Yemen que han pasado a ser la República del Yemen resulta necesario adaptar el Acuerdo de cooperación celebrado por la Comunidad Económica Europea con la República Arabe del Yemen;
Considerando que se han celebrado negociaciones a tal efecto con la República del Yemen que han dado lugar a un Acuerdo en forma de canje de notas cuya aprobación redunda en beneficio de la Comunidad,
DECIDE:
Artículo 1
Se aprueba en nombre de la Comunidad el Acuerdo en forma de canje de notas por el que se modifica el Acuerdo de cooperación entre la Comunidad Económica Europea y la República Arabe del Yemen.
El texto del Acuerdo en forma de canje de notas se adjunta a la presente Decisión.
Artículo 2
Se autoriza al Presidente del Consejo para que designe a las personas facultadas para firmar el Acuerdo en forma de canje de notas a que se refiere el artículo 1, con objeto de obligar a la Comunidad.
Hecho en Bruselas, el 6 de marzo de 1995.
Por el Consejo
El Presidente
A. JUPPE
ACUERDO
en forma de canje de notas por el que se modifica el Acuerdo de cooperación entre la Comunidad Económica Europea y la República Arabe del Yemen
A. Nota del Gobierno de la República del Yemen
Bruselas, 6 de marzo de 1995
Señor:
En relación con las consultas llevadas a cabo entre los representantes de la Comunidad Europea y de la República del Yemen con objeto de adaptar el Acuerdo de cooperación entre la Comunidad Económica Europea y la República Arabe del Yemen como consecuencia de la unificación de la República Arabe del Yemen y la República Democrática y Popular del Yemen, de la que el 22 de mayo de 1990 surgió la República del Yemen, tengo el honor de declarar que, de conformidad con los principios del Derecho internacional, l as disposiciones del Acuerdo de cooperación anteriormente mencionado se aplicarán al territorio de la República del Yemen.
Le agradecería tuviese a bien confirmarme el acuerdo de la Comunidad Europea sobre esta ampliación.
Le ruego acepte el testimonio de mi mayor consideración.
Por el Gobierno de la República del Yemen
ABDULKARIM-A1-ERYANI
B. Nota de la Comunidad Europea
Bruselas, 6 de marzo de 1995
Señor:
Tengo el honor de acusar recibo de su nota del día de hoy, redactada en los siguientes términos:
« En relación con las consultas llevadas a cabo entre los representantes de la Comunidad Europea y de la República del Yemen con objeto de adaptar el Acuerdo de cooperación entre la Comunidad Económica Europea y la República Arabe del Yemen como consecuencia de la unificación de la República Arabe del Yemen y la República Democrática y Popular del Yemen, de la que el 22 de mayo de 1990 surgió la República del Yemen, tengo el honor de declarar que, de conformidad con los principios del Derecho internacional, las disposiciones del Acuerdo de cooperación anteriormente mencionado se aplicarán al territorio de la República del Yemen.
Le agradecería tuviese a bien confirmarme el acuerdo de la Comunidad Europea sobre esta ampliación. »
Tengo el honor de confirmarle el acuerdo de la Comunidad Europea sobre esta ampliación.
Le ruego acepte el testimonio de mi mayor consideración.
En nombre del Consejo de la Unión Europea
A. JUPPE
M. MARIN