Decisión del Consejo, de 30 de junio de 1988, relativa a la celebración del Acuerdo en forma de Acta acordada entre la Comunidad Económica Europea y la República de Austria negociado en virtud del artículo XXVIII del GATT respecto de determinados productos agrícolas.

Vigente Decisión Unión Europea
BOE:
DOUE-L-1988-80961
Número oficial:
DOUE-L-1988-80961
Publicación:
13/08/1988
Departamento:
Comunidades Europeas

EL CONSEJO DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea y, en particular, su artículo 113,Vista la propuesta de la Comisión,Considerando que la República de Austria, recurriendo al artículo XXVIII del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (GATT), ha dado a conocer su intención de modificar o de retirar concesiones arancelarias para determinados productos agrícolas respecto de los cuales la Comunidad es el principal proveedor de Austria;Considerando que la Comisión ha entablado negociaciones con la República de Austria en virtud del artículo XXVIII del GATT y que ha llegado con ella a un acuerdo satisfactorio; que es conveniente, por consiguiente, aprobar tal acuerdo,DECIDE: Artículo 1 Queda aprobado en nombre de la Comunidad el Acuerdo en forma de Acta acordada entre la Comunidad Económica Europea y la República de Austria, negociado en virtud del artículo XXVIII del GATT respecto de determinados productos agrícolas.El texto del Acuerdo se adjunta a la presente Decisión. Artículo 2 Se autoriza al Presidente del Consejo para que designe a la persona facultada para firmar el Acuerdo a fin de obligar a la Comunidad.

Hecho en Bruselas, el 30 de junio de 1988.Por el Consejo El Presidente Ch. SCHWARZ-SCHILLING

ACUERDOen forma de Acta acordada entre la Comunidad Económica Europea y la República de Austria negociado en virtud del artículo XXVIII del GATT respecto de determinados productos agrícolas

Viena, 4 de julio de 1988.La Comunidad Económica Europea y la República de Austria, han concluido sus negociaciones en virtud del artículo XXVIII del GATT, relativas a la modificación o retirada de concesiones arancelarias de la Lista XXXII-Austria y han convenido en los siguientes puntos:aNotificación conjunta al Director General del GATT relativa a la Lista XXXII-Austria;bCanje de Notas por el que se modifica y completa el Canje de Notas de 21 de julio de 1972, cuya última modificación la constituye el Canje de Notas de 14 de julio de 1986;cCanje de Notas previendo un acuerdo sobre la supresión de los derechos convencionales GATT

para el chocolate.

Por el Gobierno de la República de Austria En nombre del Consejo de las Comunidades Europeas

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