Decisión del Consejo, de 29 de enero de 1996, relativa a las medidas transitorias aplicables, a partir del 1 de marzo de 1995, en el marco de la asociación de los países y territorios de Ultramar a la Comunidad Europea.

Vigente Decisión Unión Europea
BOE:
DOUE-L-1996-80157
Número oficial:
DOUE-L-1996-80157
Publicación:
02/02/1996
Departamento:
Comunidades Europeas

EL CONSEJO DE LA UNION EUROPEA,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Vista la Decisión 91/482/CEE del Consejo, de 25 de julio de 1991, relativa a la asociación de los países y territorios de Ultramar a la Comunidad Económica Europea y, en particular, su artículo 240,

Vista la propuesta de la Comisión,

Considerando que la Decisión 91/482/CEE es aplicable por un período de diez años a partir del 1 de marzo de 1990;

Considerando que, en el apartado 4 de su artículo 154, dicha Decisión establece que las nuevas ayudas financieras se fijarán para el segundo período de cinco años cubierto por la misma;

Considerando que es necesario adoptar las disposiciones pertinentes, con carácter de medidas transitorias aplicables a partir del 1 de marzo de 1995, en espera de que el Consejo fije las nuevas ayudas,

DECIDE:

Artículo 1

1. Los remanentes a que alude el apartado 2 del artículo 119 de la Decisión 91/482/CEE se utilizarán hasta ser agotados a los fines indicados en el artículo 114 y se asignarán al sistema Stabex.

2. Los remanentes a que alude el apartado 2 del artículo 142 de la Decisión 91/482/CEE se utilizarán hasta ser agotados a los fines indicados en el artículo 137 y se asignarán al mecanismo de financiación especial (Sysmin).

Artículo 2

El Consejo examinará la aplicación de la presente Decisión con motivo de la entrada en vigor de la Decisión, prevista en el apartado 4 del artículo 154 de la Decisión 91/482/CEE, por la que se fijen las ayudas financieras para el segundo período de cinco años cubierto por ésta.

Artículo 3

La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.

Será aplicable a partir del 1 de marzo de 1995.

Hecho en Bruselas, el 29 de enero de 1996.

Por el Consejo

El Presidente

S. AGNELLI

Leyes relacionadas

Decisión Delegada (UE) 2026/429 de la Comisión, de 25 de febrero de 2026, por la que se completa el Reglamento (UE) 2025/40 del Parlamento Europeo y del Consejo eximiendo a determinados operadores económicos que utilizan envolturas y flejes para palés de los requisitos de reutilización del 100 % de estos formatos de envases.

Decisión 06/05/2026

Decisión de Ejecución (UE) 2026/989 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por la que se modifica la Decisión de Ejecución (UE) 2022/1668 en lo que respecta a la norma armonizada sobre dispositivos de prevención de rebosamiento para tanques estáticos para combustibles petrolíferos líquidos. Parte 1: Dispositivos de prevención de rebosamiento con dispositivo de cierre.

Decisión 05/05/2026

Decisión nº 146/25/COL del Órgano de Vigilancia de la AELC, de 9 de septiembre de 2025, por la que se adoptan directrices para el Sistema de Alerta Rápida Safety Gate establecido en virtud de la Directiva 2001/95/CE, relativa a la seguridad general de los productos [2026/1039].

Decisión 07/05/2026

Decisión (PESC) 2025/931 del Consejo, de 20 de mayo de 2025, por la que se modifica la Decisión 2014/512/PESC relativa a medidas restrictivas motivadas por acciones de Rusia que desestabilizan la situación en Ucrania.

Decisión 20/05/2025

Decisión (PESC) 2026/1028 del Consejo, de 5 de mayo de 2026, relativa a una medida de asistencia en el marco del Fondo Europeo de Apoyo a la Paz para apoyar a las Fuerzas Armadas de Senegal en el marco de la Arquitectura de Yaundé.

Decisión 06/05/2026

¿Necesitas analizar documentos jurídicos?

Lawly analiza sentencias, contratos y documentos legales con inteligencia artificial en segundos.

Prueba gratis — 3.000 créditos de bienvenida