EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea de la Energía Atómica y, en particular, el apartado 2 de su artículo 101,
Visto el Acuerdo de colaboración y cooperación por el que se establece una colaboración entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y la Federación de Rusia, por otra (1), que entró en vigor el 1 de diciembre de 1997 y cuyo objetivo es establecer una estrecha cooperación en el sector nuclear, entre otras cosas a través de la aplicación de dos acuerdos sobre seguridad nuclear y sobre fusión termonuclear,
Vista la propuesta de la Comisión,
Considerando lo siguiente:
(1) De conformidad con las Directrices adoptadas por el Consejo en su Decisión de 17 de enero de 1991, la Comisión ha negociado dos Acuerdos sobre seguridad nuclear y fusión nuclear controlada entre la Comunidad Europea de la Energía Atómica y la Federación de Rusia.
(2) Se debe autorizar a la Comisión a celebrar dichos Acuerdos.
(3) El Consejo, a propuesta de la Comisión, aprobó los Acuerdos el 22 de diciembre de 1994. Sin embargo, acontecimientos posteriores hacen necesaria la revisión y actualización. Por consiguiente, se debe derogar la Decisión del Consejo de 22 de diciembre de 1994.
(4) El 22 de diciembre de 1998 el Consejo adoptó la Decisión 1999/64/Euratom relativa al quinto programa marco de la Comunidad Europea de la Energía Atómica (Euratom) para acciones de investigación y formación (1998-2002) (2), que incluye la acción clave sobre fusión termonuclear controlada.
(5) El Consejo, en su Decisión 1999/175/Euratom, de 25 de enero de 1999, adoptó un programa (Euratom) de investigación y formación en el ámbito de la energía nuclear para el período 1998-2002 (3).
DECIDE:
Artículo 1
Se autoriza a la Comisión a celebrar con la Federación de Rusia los dos siguientes Acuerdos: el Acuerdo de cooperación entre la Comunidad Europea de la Energía Atómica y el Gobierno de la Federación de Rusia en el ámbito de la seguridad nuclear y el Acuerdo de cooperación entre la Comunidad Europea de la Energía Atómica y el Gobierno de la Federación de Rusia en el ámbito de la fusión nuclear controlada.
El texto de ambos Acuerdos se adjunta a la presente Decisión (4).
Artículo 2
Queda derogada la Decisión del Consejo de 22 de diciembre de 1994, y se sustituirá por la presente Decisión.
Hecho en Bruselas, el 27 de septiembre de 2001.
Por el Consejo
El Presidente
R. Landuyt
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(1) DO L 327 de 28.11.1997, p. 3.
(2) DO L 26 de 1.2.1999, p. 34.
(3) DO L 64 de 12.3.1999, p. 142.
(4) Véase la página 23 del presente Diario Oficial.