Decisión del Consejo, de 27 de enero de 1992, relativa a la adaptación del Acuerdo en forma de canje de notas entre la Comunidad Económica Europea y el Reino de Noruega referente a los intercambios mutuos de quesos.

Vigente Decisión Unión Europea
BOE:
DOUE-L-1992-80190
Número oficial:
DOUE-L-1992-80190
Publicación:
20/02/1992
Departamento:
Comunidades Europeas

EL CONSEJO DE LAS COMUNIDADESEUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea y, en particular, su artículo 113,

Vista la Recomendación de la Comisión,

Considerando que en el Acuerdo en forma de canje de notas entre la Comunidad Económica Europea y el Reino de Noruega referente a los intercambios mutuos de quesos (1), denominado en lo sucesivo « Acuerdo referente a los intercambios mutuos de quesos », firmado el 22 de marzo de 1989, sólo se establecen los contingentes arancelarios que deben abrir la Comunidad y Noruega de 1989 a 1991; que, por lo tanto, es conveniente establecer los contingentes aplicables a partir del 1 de enero de 1992;

Considerando que la Comisión ha celebrado consultas al respecto con Noruega que han dado como resultado un acuerdo satisfactorio,

DECIDE:

Artículo 1

Queda aprobado, en nombre de la Comunidad, el Acuerdo en forma de canje de notas entre la Comunidad Económica Europea y el Reino de Noruega relativo a la adaptación del Acuerdo referente a los intercambios mutuos de quesos.

El texto del Acuerdo se adjunta a la presente Decisión.

Artículo 2

Se autoriza al Presidente del Consejo para que designe a la persona facultada para firmar el Acuerdo a fin de obligar a la Comunidad. Hecho en Bruselas, el 27 de enero de 1992. Por el Consejo

El Presidente

Arlindo MARQUES CUNHA

(1) DO no L 362 de 30. 12. 1988, p. 52.

ACUERDO en forma de canje de notas entre la Comunidad Económica Europea y el Reino de Noruega relativo a la adaptación del Acuerdo referente a los intercambios mutuos de quesos

A. Nota de la Comunidad Señor:

Tengo el honor de referirme a las consultas que han tenido lugar entre la Comunidad Económica Europea y el Reino de Noruega según lo dispuesto en el apartado 7 del Acuerdo referente a los intercambios mutuos de quesos, firmado el 22 de marzo de 1989.

Por la presente confirmo que dichas consultas han dado los siguientes resultados:

1) las cantidades de queso y los derechos de importación fijados en el mencionado Acuerdo continuarán siendo los mismos en 1992;

2) en el transcurso del segundo semestre de 1992 se celebrarán, si fuese necesario, consultas para determinar las cantidades y los derechos de importación aplicables en los años siguientes.

Le agradecería tuviese a bien confirmar el acuerdo de su Gobierno sobre lo que precede.

Le ruego acepte el testimonio de mi mayor consideración.

En nombre del Consejo de las Comunidades Europeas B. Nota de Noruega Señor:

Tengo el honor de acusar recibo de su nota del día de hoy, redactada en los siguientes términos:

« Tengo el honor de referirme a las consultas que han tenido lugar entre la Comunidad Económica Europea y el Reino de Noruega según lo dispuesto en el apartado 7 del Acuerdo referente a los intercambios mutuos de quesos, firmado el 22 de marzo de 1989.

Por la presente confirmo que dichas consultas han dado los siguientes resultados:

1) las cantidades de queso y los derechos de importación fijados en el mencionado Acuerdo continuarán siendo los mismos en 1992;

2) en el transcurso del segundo semestre de 1992 se celebrarán, si fuese necesario, consultas para determinar las cantidades y los derechos de importación aplicables en los años siguientes.

Le agradecería tuviese a bien confirmar el acuerdo de su Gobierno sobre lo

que precede. »

Tengo el honor de confirmar el acuerdo de mi Gobierno sobre el contenido de dicha nota.

Le ruego acepte el testimonio de mi mayor consideración.

Por el Gobierno del Reino de Noruega

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