Decisión del Consejo, de 25 de febrero de 1964, relativa a la aplicación a los departamentos franceses de Ultramar de determinadas disposiciones del Tratado referentes al derecho de establecimiento y a los pagos.

Vigente Decisión Unión Europea
BOE:
DOUE-X-1964-60019
Número oficial:
DOUE-X-1964-60019
Publicación:
11/06/1964
Departamento:
Comunidades Europeas

EL CONSEJO DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea y, en particular, el apartado 2 de su artículo 227,

Vista la propuesta de la Comisión,

Considerando que, en virtud del párrafo segundo del apartado 2 del artículo 227, le compete determinar las condiciones de aplicación a los departamentos franceses de Ultramar de las disposiciones del Tratado no enumeradas en el párrafo primero del apartado 2 de dicho artículo y, en particular, las de los artículos 52 a 58 y 106 del Tratado;

Considerando que, en razón de las condiciones económicas de dichos departamentos y de las exigencias de su desarrollo económico y social, resulta oportuna la aplicación de los artículos 52 a 58 y de determinadas disposiciones del artículo 106 del Tratado,

DECIDE:

Artículo 1

Los artículos 52 a 58 del Tratado serán aplicables a los departamentos franceses de Ultramar, en las condiciones previstas por la presente Decisión.

Al adoptar las directivas de aplicación del Programa general para la supresión de las restricciones a la libertad de establecimiento, el Consejo podrá establecer excepcionalmente, en la medida necesaria, directivas especiales relativas al establecimiento de las personas y sociedades de los departamentos franceses de Ultramar.

Artículo 2

Sin perjuicio de la ejecución de las medidas adoptadas en aplicación de las disposiciones del Tratado y del Convenio de aplicación de 25 de marzo de 1957, y de las que deban adoptarse en aplicación del artículo 1 anterior, el derecho de establecimiento en los departamentos franceses de Ultramar se extenderá progresivamente a las sociedades y los nacionales de los Estados miembros distintos de Francia, de forma que toda discriminación desaparezca, a más tardar, tres años después de la entrada en vigor de la presente Decisión.

El Consejo, por mayoría cualificada y a propuesta de la Comisión, adoptará las directivas necesarias para la aplicación de dicha extensión progresiva.

Sin embargo, en un departamento francés de Ultramar, los nacionales y sociedades de un Estado miembro únicamente podrán beneficiarse, para una actividad determinada, de las disposiciones del párrafo primero en la medida en que el Estado al que pertenezcan conceda, para esa misma actividad, ventajas de la misma naturaleza a los nacionales franceses y a las sociedades francesas.

Artículo 3

Serán aplicables a los departamentos franceses de Ultramar las disposiciones del artículo 106 del Tratado siempre que no se contemplen en la Decisión del Consejo, de 11 de mayo de 1960, sobre la aplicación a Argelia y a los departamentos franceses de Ultramar de las disposiciones del Tratado relativas al movimiento de capitales.

Artículo 4

La presente Decisión será puesta en vigor por los Estados miembros en la misma fecha que la Decisión del Consejo relativa a la asociación de los países y territorios de Ultramar a la Comunidad Económica Europea.

Dicha fecha se publicará en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.

Hecho en Bruselas, el 25 de febrero de 1964.

Por el Consejo

El Presidente

H. FAYAT

Leyes relacionadas

Decisión (PESC) 2026/1028 del Consejo, de 5 de mayo de 2026, relativa a una medida de asistencia en el marco del Fondo Europeo de Apoyo a la Paz para apoyar a las Fuerzas Armadas de Senegal en el marco de la Arquitectura de Yaundé.

Decisión 06/05/2026

Decisión Delegada (UE) 2026/429 de la Comisión, de 25 de febrero de 2026, por la que se completa el Reglamento (UE) 2025/40 del Parlamento Europeo y del Consejo eximiendo a determinados operadores económicos que utilizan envolturas y flejes para palés de los requisitos de reutilización del 100 % de estos formatos de envases.

Decisión 06/05/2026

Decisión de Ejecución (UE) 2026/989 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por la que se modifica la Decisión de Ejecución (UE) 2022/1668 en lo que respecta a la norma armonizada sobre dispositivos de prevención de rebosamiento para tanques estáticos para combustibles petrolíferos líquidos. Parte 1: Dispositivos de prevención de rebosamiento con dispositivo de cierre.

Decisión 05/05/2026

Decisión nº 146/25/COL del Órgano de Vigilancia de la AELC, de 9 de septiembre de 2025, por la que se adoptan directrices para el Sistema de Alerta Rápida Safety Gate establecido en virtud de la Directiva 2001/95/CE, relativa a la seguridad general de los productos [2026/1039].

Decisión 07/05/2026

Decisión de Ejecución (UE) 2026/924 de la Comisión, de 24 de abril de 2026, por la que se modifica el anexo II de la Decisión de Ejecución (UE) 2025/2248, relativa a determinadas medidas de emergencia en relación con la infección por el virus de la dermatosis nodular contagiosa en España [notificada con el número C(2026) 2811].

Decisión 29/04/2026

¿Necesitas analizar documentos jurídicos?

Lawly analiza sentencias, contratos y documentos legales con inteligencia artificial en segundos.

Prueba gratis — 3.000 créditos de bienvenida