DECISION DEL CONSEJO de 2 de marzo de 1992 relativa a la celebración de un Acuerdo de cooperación entre la Comunidad Económica Europea y terceros Estados de COST sobre once proyectos concertados en el ámbito de la ciencia y tecnología de la alimentación (programa específico de investigación y desarrollo tecnológico «FLAIR») (92/182/CEE)
EL CONSEJO DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea y, en particular, el apartado 2 del artículo 130 Q,
Vista la propuesta de la Comisión (1),
En cooperación con el Parlamento Europeo (2),
Visto el dictamen del Comité Económico y Social (3),
Considerando que, mediante Decisión 89/411/CEE (4), el Consejo aprobó un programa específico de investigación y desarrollo tecnológico en el ámbito de la ciencia y la tecnología de la alimentación (1989 a 1993) («FLAIR»); que en su artículo 7 se autoriza a la Comisión a negociar acuerdos, en
particular, con terceros países que participen en la cooperación europea en el ámbito de la investigación científica y técnica (COST), y que dichos países han suscrito acuerdos marco de cooperación científica y técnica con la Comunidad,
DECIDE:
Artículo 1
Queda aprobado, en nombre de la Comunidad Económica Europea, el Acuerdo de cooperación entre la Comunidad Económica Europea y los terceros Estados de COST sobre once proyectos concertados en el ámbito de la ciencia y tecnología de la alimentación (programa específico de investigación y desarrollo tecnológico «FLAIR»).
El texto del Acuerdo se adjunta a la presente Decisión.
Artículo 2
Por la presente se autoriza al presidente del Consejo a designar a las personas facultadas para firmar el Acuerdo a fin de obligar a la Comunidad.
Hecho en Bruselas, el 2 de marzo de 1992.
Por el Consejo El Presidente João PINHEIRO
(1) DO n° C 224 de 29. 8. 1991, p. 5 (2) DO n° C 326 de 16. 12. 1991, p. 64; y Decisión de 12 de febrero de 1992 (no publicada con en el Diano Oficial).
(3) DO n° C 40 de 17. 2. 1992, p. 24 (4) DO n° L 200 de 13. 7. 1989, p. 18
EL CONSEJO DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea y, en particular, el apartado 2 del artículo 130 Q,
Vista la propuesta de la Comisión(1) ,
En cooperación con el Parlamento Europeo(2) ,
Visto el dictamen del Comité Económico y Social(3) ,
Considerando que, mediante Decisión 89/411/CEE(4) , el Consejo aprobó un programa específico de investigación y desarrollo tecnológico en el ámbito de la ciencia y la tecnología de la alimentación (1989 a 1993) («FLAIR»); que en su artículo 7 se autoriza a la Comisión a negociar acuerdos, en particular, con terceros países que participen en la cooperación europea en el ámbito de la investigación científica y técnica (COST), y que dichos países han suscrito acuerdos marco de cooperación científica y técnica con la Comunidad,
DECIDE:
Artículo 1
Queda aprobado, en nombre de la Comunidad Económica Europea, el Acuerdo de cooperación entre la Comunidad Económica Europea y los terceros Estados de COST sobre once proyectos concertados en el ámbito de la ciencia y tecnología de la alimentación (programa específico de investigación y desarrollo tecnológico «FLAIR»).
El texto del Acuerdo se adjunta a la presente Decisión.
Artículo 2
Por la presente se autoriza al presidente del Consejo a designar a las personas facultadas para firmar el Acuerdo a fin de obligar a la Comunidad.
Hecho en Bruselas, el 2 de marzo de 1992.
Por el Consejo El Presidente Joao PINHEIRO
(1) DO no C 224 de 29. 8. 1991, p. 5
(2) DO no C 326 de 16. 12. 1991, p. 64; y Decisión de 12 de febrero de 1992 (no publicada con en el Diano Oficial).
(3) DO no C 40 de 17. 2. 1992, p. 24
(4) DO no L 200 de 13. 7. 1989, p. 18