Decisión del Consejo, de 19 de diciembre de 2001, relativa a la celebración de un Acuerdo en forma de Canje de Notas entre la Comunidad Europea y el Organismo de Obras Públicas y Socorro de las Naciones Unidas para los Refugiados de Palestina en el Cercano Oriente (OOPS) relativo a la financiación adicional en 2001, para 1999-2001, con arreglo al actual Convenio CE-OOPS.

Vigente Decisión Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2002-80487
Número oficial:
DOUE-L-2002-80487
Publicación:
16/03/2002
Departamento:
Comunidades Europeas

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, y en particular su artículo 181 en relación con el párrafo primero del apartado 3 de su artículo 300,

Vista la propuesta de la Comisión (1),

Visto el dictamen del Parlamento Europeo (2),

Considerando lo siguiente:

(1) La crisis actual de Oriente Medio ha supuesto una carga adicional para el OOPS.

(2) La ayuda comunitaria al OOPS es un importante elemento de estabilización de la situación en Oriente Medio, y además forma parte de la campaña contra la pobreza en los países en desarrollo, por lo que contribuye al desarrollo económico y social sostenible de la población afectada y de los países de acogida en los que vive la población.

(3) El apoyo a las operaciones del OOPS contribuirá al logro de los objetivos comunitarios descritos en el apartado anterior.

(4) El actual Convenio entre la Comunidad Europea y el Organismo de Obras Públicas y Socorro de las Naciones Unidas para los Refugiados de Palestina en el Cercano Oriente (OOPS) para 1999-2001 [Convenio CE-OOPS(3)], y en particular su artículo 6, prevé ajustes a las contribuciones financieras.

DECIDE:

Artículo 1

Queda aprobado el Acuerdo en forma de Canje de Notas entre la Comunidad Europea y el Organismo de Obras Públicas y Socorro de las Naciones Unidas para los Refugiados de Palestina en el Cercano Oriente (OOPS) relativo a una contribución adicional de 15 millones de euros a la financiación existente en 2001 con arreglo al actual Convenio.

El texto del Acuerdo se adjunta a la presente Decisión.

Artículo 2

Se autoriza al Presidente del Consejo para que designe a las personas facultadas para firmar el Acuerdo a fin de obligar a la Comunidad.

Hecho en Bruselas, el 19 de diciembre de 2001.

Por el Consejo

El Presidente

A. Neyts-Uyttebroeck

___________________________________________

(1) Proposición de 7 de diciembre de 2001 (no publicado aún en el Diario Oficial).

(2) Dictamen emitido el 12 de diciembre de 2001 (no publicado aún en el Diario Oficial).

(3) DO L 261 de 7.10.1999, p. 37.

ACUERDO

en forma de Canje de Notas entre la Comunidad Europea y el Organismo de Obras Públicas y Socorro de las Naciones Unidas para los Refugiados de Palestina en el Cercano Oriente (OOPS) relativo a la financiación adicional, para 1999-2001, con arreglo al Convenio CE-OOPS

A. Nota de la Comunidad Europea

Bruselas, 20 de diciembre de 2001

Señor:

Tengo el honor de remitirme a las negociaciones entre el representante de la Comunidad Europea y el OOPS relativas a la financiación adicional con arreglo al Convenio, firmado el 19 de septiembre de 1999 entre la Comunidad Europea y el OOPS, que contempla la ayuda a los refugiados en los países del Cercano Oriente, para 1999-2001.

En virtud del artículo 6 del Convenio antes mencionado, nos complace comunicarle que la Comunidad acepta efectuar una contribución al OOPS adicional a la contribución para 2001 mencionada en el artículo 2. La cuantía de esta contribución adicional será de 12,7 millones de euros por lo que respecta al programa de educación y de 2,3 millones de euros por lo que respecta al programa de salud general.

Todas las demás condiciones del Convenio se mantendrán sin cambios.

Le agradecería tuviese a bien confirmarme el acuerdo del OOPS sobre lo que precede.

Le ruego acepte el testimonio de mi mayor consideración.

Por la Comunidad Europea

B. Nota del OOPS

Ciudad de Gaza, 20 de diciembre de 2001

Señor:

Tengo el honor de acusar recibo de su Nota del día de hoy, redactada en los siguientes términos:

"Tengo el honor de remitirme a las negociaciones entre el representante de la Comunidad Europea y el OOPS relativas a la financiación adicional con arreglo al Convenio, firmado el 19 de septiembre de 1999 entre la Comunidad Europea y el OOPS, que contempla la ayuda a los refugiados en los países del Cercano Oriente, para 1999-2001.

En virtud del artículo 6 del Convenio antes mencionado, nos complace comunicarle que la Comunidad acepta efectuar una contribución al OOPS adicional a la contribución para 2001 mencionada en el artículo 2. La cuantía de esta contribución adicional será de 12,7 millones de euros por lo que respecta al programa de educación y de 2,3 millones de euros por lo que respecta al programa de salud general.

Todas las demás condiciones del Convenio se mantendrán sin cambios.

Le agradecería tuviese a bien confirmarme el acuerdo del OOPS sobre lo que precede.".

Le confirmo el acuerdo del OOPS sobre lo que precede.

Le ruego acepte el testimonio de mi mayor consideración.

Por el OOPS

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