Decisión del Consejo, de 17 de diciembre de 1982, por la que se establece la renovación del mecanismo de asistencia financiera a medio plazo.

Vigente Decisión Unión Europea
BOE:
DOUE-L-1982-80553
Número oficial:
DOUE-L-1982-80553
Publicación:
28/12/1982
Departamento:
Comunidades Europeas

( 82/871/CEE )

EL CONSEJO DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS ,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea y , en particular , sus artículos 103 y 108 ,

Vista la propuesta de la Comisión , presentada previa consulta al Comité monetario ,

Considerando que , mediante su Decisión 71/143/CEE (1) , modificada en último lugar por la Decisión 80/1264/CEE (2) , el Consejo estableció un mecanismo de asistencia financiera a medio plazo válido inicialmente durante un período de cuatro años a partir del 1 de enero de 1972 ;

Considerando que dicho mecanismo se ha renovado periódicamente y ha sido prorrogado en último lugar en dos años , hasta el 31 de diciembre de 1982 , por la Decisión 80/1264/CEE ;

Considerando que es conveniente que las obligaciones de los Estados miembros se mantengan vigentes hasta la transición a la fase definitiva del sistema monetario europeo .

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISION :

Artículo 1

En el artículo 1 de la Decisión 71/143/CEE , se sustituye el apartado 2 por el texto siguiente :

« 2 . Dicha obligación será válida hasta el 31 de diciembre de 1984 , a menos que se produzca antes de esta fecha la aplicación de la fase definitiva del sistema monetario europeo » .

Artículo 2

Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros .

Hecho en Bruselas , el 17 de diciembre de 1982 .

Por el Consejo

El Presidente

H. CHRISTOPHERSEN

(1) DO n º L 73 de 27 . 3 . 1971 , p. 15 .

(2) DO n º L 375 de 31 . 12 . 1980 , p. 16 .

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