EL CONSEJO DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,
Visto el Tratado por el que se constituye un Consejo único y una Comisión única de las Comunidades Europeas, y, en particular, su artículo 5,
Visto el Reglamento interno del Consejo y, en particular, el apartado 1 de su artículo 17,
Vista la Decisión del Consejo, de 26 de septiembre de 1980, por la que se nombra al secretario general del Consejo de las Comunidades Europeas,
Vista la Decisión del Consejo, de 10 de junio de 1985, por la que se renueva el mandato del secretario general del Consejo de las Comunidades Europeas,
Considerando que el mandato del secretario general del Consejo de las Comunidades Europeas expira el 7 de octubre de 1990 y que procede renovar dicho mandato,
DECIDE:
Artículo 1
El mandato del Sr. Niels Ersboell como secretario general del Consejo de las Comunidades Europeas queda renovado a partir del 8 de octubre de 1990 y hasta el 30 de junio de 1994.
Artículo 2
La Decisión, de 26 de septiembre de 1980, antes mencionada queda modificada en lo que sea contraria a la presente Decisión.
Artículo 3
El presidente del Consejo se encargará de notificar la presente Decisión al
Sr. Ersboell.
La presente Decisión será publicada asimismo en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.
Hecho en Bruselas, el 12 de marzo de 1990.
Por el Consejo
El Presidente
A. REYNOLDS