Decisión del Consejo, de 10 de diciembre de 1984, por la que se prorroga el mecanismo de ayuda financiera a medio plazo.

Vigente Decisión Unión Europea
BOE:
DOUE-L-1984-80737
Número oficial:
DOUE-L-1984-80737
Publicación:
29/12/1984
Departamento:
Comunidades Europeas

( 84/655/CEE )

EL CONSEJO DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS ,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea y , en particular , sus artículos 103 y 108 ,

Vista la propuesta de la Comisión , presentada previa consulta al Comité monetario ,

Considerando que , mediante su Decisión 71/143/CEE (1) , modificada en último lugar por la Decisión 80/1264/CEE (2) , el Consejo estableció un mecanismo de ayuda financiera a medio plazo , válido en principio por un período de cuatro años a partir del 1 de enero de 1972 ;

Considerando que tal mecanismo se prorroga periódicamente y que , en último lugar , mediante la Decisión 82/871/CEE (3) , se prorrogó en dos años hasta el 31 de diciembre de 1984 ;

Considerando que resulta apropiado que las obligaciones de los Estados miembros se mantengan vigentes hasta la transición a la fase definitiva del sistema monetario europeo ,

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISION :

Artículo 1

En el artículo 1 de la Decisión 71/143/CEE , el apartado 2 se sustituirá por el texto siguiente :

« 2 . Dicha obligación será válida hasta el 31 de diciembre de 1982 , a menos que la aplicación de la fase definitiva del sistema monetario europeo tenga lugar antes de dicha fecha » .

Artículo 2

Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros .

Hecho en Bruselas , el 10 de diciembre de 1984 .

Por el Consejo

El Presidente

A. DUKES

(1) DO n º L 73 de 27 . 3 . 1971 , p. 15 .

(2) DO n º L 375 de 31 . 12 . 1980 , p. 16 .

(3) DO n º L 368 de 28 . 12 . 1982 , p. 43 .

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