EL COMITE MIXTO DEL EEE,
Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, así como el Protocolo de adaptación del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en adelante denominado «el Acuerdo», y, en particular, su artículo 98,
Considerando que el Anexo VI del Acuerdo fue modificado en último lugar por la Decisión del Comité Mixto del EEE n° 49/95;
Considerando que la Decisión n° 156, de 7 de abril de 1995, relativa a las normas de prioridad en materia de derechos al seguro de enfermedad y maternidad aprobada por la Comisión administrativa de las Comunidades Europeas para la seguridad social de los trabajadores emigrantes, debe incorporarse al Acuerdo,
DECIDE:
Artículo 1
Tras el punto 42d (Decisión n° 151) del Anexo VI del Acuerdo se insertará el siguiente punto:
«42e 395 D 0419: Decisión n° 156, de 7 de abril de 1995, relativa a las normas de prioridad en materia de derechos al seguro de enfermedad y maternidad aprobada por la Comisión administrativa de las Comunidades Europeas para la seguridad social de los trabajadores emigrantes.».
Artículo 2
Son igualmente auténticos los textos de la Decisión n° 156 en islandés y en noruego, que se incorporan como Anexos a las respectivas versiones ling ísticas de la presente Decisión.
Artículo 3
La presente Decisión entrará en vigor el 1 de febrero de 1996, siempre que se hayan presentado al Comité Mixto todas las notificaciones previstas en el apartado 1 del Artículo 103 del Acuerdo.
Artículo 4
La presente Decisión será publicada en la Sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de las Comunidades Europeas.
Hecho en Bruselas, el 26 de enero de 1996.
Por el Comité Mixto del EEE
El Presidente
Françoise GAUDENZI-AUBIER