EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,
Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, adaptado por el Protocolo por el que se adapta el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en adelante denominado "el Acuerdo", y, en particular, su artículo 98,
Considerando lo siguiente:
(1) El anexo XIII del Acuerdo fue modificado por la Decisión del Comité Mixto del EEE n° 120/1999, de 24 de septiembre de 1999 (1).
(2) Deberá incorporarse al Acuerdo el Reglamento (CE) n° 1532/2000 de la Comisión, de 13 de julio de 2000, que modifica el Reglamento (CE) n° 805/1999 por el que se establecen determinadas medidas de aplicación del Reglamento (CE) n° 718/1999 del Consejo relativo a una política de capacidad de las flotas comunitarias de navegación interior para fomentar el transporte por vía navegable (2).
DECIDE:
Artículo 1
Se añadirá el texto siguiente en el punto 45b [Reglamento (CE) n° 805/1999 de la Comisión] del anexo XIII del Acuerdo:
", modificado por:
- 32000 R 1532: Reglamento (CE) n° 1532/2000 de la Comisión, de 13 de julio de 2000 (DO L 175 de 14.7.2000, p. 74).".
Artículo 2
Los textos del Reglamento (CE) n° 1532/2000 en lenguas islandesa y noruega, que se publicarán en el Suplemento EEE del Diario Oficial de las Comunidades Europeas, son auténticos.
Artículo 3
La presente Decisión entrará en vigor el 11 de noviembre de 2000, siempre que se hayan transmitido al Comité Mixto del EEE todas las notificaciones previstas en el apartado 1 del artículo 103 del Acuerdo (3).
Artículo 4
La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de las Comunidades Europeas.
Hecho en Bruselas, el 10 de noviembre de 2000.
Por el Comité Mixto del EEE
El Presidente
G. S. Gunnarsson
_______________________
(1) DO L 325 de 21.12.2000, p. 36.
(2) DO L 175 de 14.7.2000, p. 74.
(3) No se han indicado preceptos constitucionales.