EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,
Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, adaptado por el Protocolo por el que se adapta el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en lo sucesivo denominado "el Acuerdo", y, en particular, su artículo 98,
Considerando lo siguiente:
(1) El anexo I del Acuerdo fue modificado por la Decisión del Comité Mixto del EEE n° 54/2001, de 18 de mayo de 2001 (1).
(2) Determinados actos incluidos en el capítulo I del anexo I del Acuerdo deben retirarse del mismo para ser incluidos en nuevos encabezamientos.
(3) La presente Decisión no será aplicable a Islandia ni y a Liechtenstein.
DECIDE:
Artículo 1
El capítulo I del anexo I del Acuerdo se modificará como sigue:
1) Se suprimirá el texto de los puntos 53 (Decisión 92/452/CEE de la Comisión), 72 (Decisión 93/693/CE de la Comisión) y 174 (Decisión 95/94/CE de la Comisión) de la parte 8.2 y se insertará como nuevos puntos 1, 2 y 3 respectivamente, bajo el siguiente encabezamiento:
"8.3.0 Semen, óvulos y embriones".
2) Se suprimirá el texto de los puntos 156 (Decisión 97/252/CEE de la Comisión) y 164 (Decisión 98/71/CE de la Comisión) de la parte 8.2 y se insertarán como nuevos puntos 1 y 2 respectivamente, bajo el siguiente encabezamiento:
"8.3.6 Leche y productos lácteos".
3) Se suprimirá el texto del punto 114 (Decisión 95/408/CE de la Comisión) de la parte 8.2.
Artículo 2
La presente Decisión entrará en vigor el 14 de julio de 2001, siempre que se hayan transmitido al Comité Mixto del EEE todas las notificaciones previstas en el apartado 1 del artículo 103 del Acuerdo (2).
Artículo 3
La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de las Comunidades Europeas.
Hecho en Bruselas, el 13 de julio de 2001.
Por el Comité Mixto del EEE
El Presidente
E. Bull
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(1) DO L 165 de 21.6.2001, p. 58.
(2) No se han indicado preceptos constitucionales.