EL COMITE MIXTO DEL EEE,
Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, adaptado por el Protocolo por el que se adapta el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en adelante denominado «el Acuerdo», y, en particular, su artículo 98,
Considerando que el Anexo XIII del Acuerdo fue modificado por la Decisión n° 22/96 del Comité Mixto del EEE;
Considerando que debe incorporarse al Acuerdo la Directiva 96/86/CE de la Comisión, de 13 de diciembre de 1996, para la adaptación al progreso técnico de la Directiva 94/55/CE del Consejo sobre la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros con respecto al transporte de mercancías peligrosas por carretera,
HA DECIDIDO LO SIGUIENTE:
Artículo 1
En el punto 17e (Directiva 94/55/CE del Consejo) del Anexo XIII del Acuerdo se insertará el texto siguiente:
«, modificada por:
- 396 L 0086: Directiva 96/86/CE de la Comisión, de 13 de diciembre de 1996 (DO n° L 335 de 24. 12. 1996, p. 43).».
Artículo 2
Los textos de la Directiva 96/86/CE en lenguas islandesa y noruega, anejos a las respectivas versiones ling ísticas de la presente Decisión, son auténticos.
Artículo 3
La presente Decisión entrará en vigor el 1 de abril de 1997, siempre que se hayan efectuado al Comité Mixto del EEE todas las notificaciones previstas en el apartado 1 del artículo 103 del Acuerdo.
Artículo 4
La presente Decisión será publicada en la Sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de las Comunidades Europeas.
Hecho en Bruselas, el 14 de marzo de 1997.
Por el Comité Mixto del EEE
El Presidente
C. DAY