EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,
Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, adaptado por el Protocolo por el que se adapta el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en lo sucesivo denominado "el Acuerdo", y, en particular, sus artículos 86 y 98,
Considerando lo siguiente:
(1) El Protocolo 31 del Acuerdo fue modificado por la Decisión del Comité Mixto del EEE n° 165/2001, de 11 de diciembre de 2001(1).
(2) Conviene ampliar la cooperación de las Partes contratantes en el Acuerdo para incluir las acciones preparatorias de la cooperación en políticas de educación y juventud - Gastos de gestión administrativa.
(3) Conviene continuar la cooperación de las Partes contratantes en el Acuerdo para incluir las acciones preparatorias de la cooperación en políticas de educación y juventud.
(4) Debe modificarse en consecuencia el Protocolo 31 del Acuerdo para que esta cooperación extendida continúe después del 31 de diciembre de 2001.
DECIDE:
Artículo 1
El punto 2f (Acciones preparatorias para la cooperación en políticas de educación y juventud) del artículo 4 del Protocolo 31 del Acuerdo se sustituirá por el texto siguiente:
"2f. Con efecto a partir del 1 de enero de 2001, los Estados de la AELC participarán en las acciones comunitarias incluidas en las partidas presupuestarias que se indican a continuación, inscritas en el presupuesto general de la Unión Europea correspondiente a los ejercicios financieros 2001 y 2002:
- B3-1 0 0 0 A: 'Acciones preparatorias para la cooperación en políticas de educación y juventud - Gastos de gestión administrativa';
- B3-1 0 0 0: 'Acciones preparatorias para la cooperación en políticas de educación y juventud'.".
Artículo 3
La presente Decisión entrará en vigor el 1 de junio de 2002, siempre que se hayan transmitido al Comité Mixto del EEE todas las notificaciones previstas en el apartado 1 del artículo 103 del Acuerdo (2).
Artículo 4
La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de las Comunidades Europeas.
Hecho en Bruselas, el 31 de mayo de 2002.
Por el Comité Mixto del EEE
El Presidente
P. Westerlund
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(1) DO L 65 de 7.3.2002, p. 48.
(2) No se han indicado preceptos constitucionales.