EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,
Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, adaptado por el Protocolo por el que se adapta el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en adelante denominado "el Acuerdo", y, en particular, su artículo 98,
Considerando lo siguiente:
(1) El anexo II del Acuerdo fue modificado por la Decisión del Comité Mixto del EEE n° 3/1999, de 29 de enero de 1999 (1).
(2) Debe incorporarse al Acuerdo el Reglamento (CE) n° 1900/98 de la Comisión, de 4 de septiembre de 1998, por la que se modifica el anexo I del Reglamento (CEE) n° 2092/91 del Consejo sobre la producción agrícola ecológica y su indicación en los productos agrarios y alimenticios (2).
DECIDE:
Artículo 1
En el punto 54b [Reglamento (CEE) n° 2092/91 CE del Consejo] del capítulo XII del anexo II del Acuerdo se añadirá el guión siguiente:
"- 398 R 1900: Reglamento (CE) n° 1900/98 de la Comisión, de 4 de septiembre de 1998 (DO L 247 de 5.9.1998, p. 6).".
Artículo 2
Los textos del Reglamento (CE) n° 1900/98 en lenguas islandesa y noruega, anejos a las respectivas versiones lingüísticas de la presente Decisión, son auténticos.
Artículo 3
La presente Decisión entrará en vigor el 29 de mayo de 1999, siempre que se hayan efectuado al Comité Mixto del EEE todas las notificaciones establecidas por el apartado 1 del artículo 103 del Acuerdo.
Artículo 4
La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de las Comunidades Europeas.
Hecho en Bruselas, el 28 de mayo de 1999.
Por el Comité Mixto del EEE
El Presidente
F. Barbaso
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(1) DO L 35 de 10.2.2000, p. 31.
(2) DO L 247 de 5.9.1998, p. 6.