EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,
Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, adaptado por el Protocolo por el que se adapta el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en adelante denominado "el Acuerdo", y, en particular, su artículo 98,
Considerando lo siguiente:
(1) El anexo XX del Acuerdo fue modificado por la Decisión del Comité Mixto del EEE n° 33/2000, de 18 de abril de 2000 (1).
(2) Debe incorporarse al Acuerdo la Decisión 2000/45/CE de la Comisión, de 17 de diciembre de 1999, por la que se establecen los criterios ecológicos para la concesión de la etiqueta ecológica comunitaria a las lavadoras (2).
(3) Debe incorporarse al Acuerdo la Decisión 2000/40/CE de la Comisión, de 16 de diciembre de 1999, por la que se establecen los criterios ecológicos para la concesión de la etiqueta ecológica comunitaria a los frigoríficos (3).
DECIDE:
Artículo 1
El punto 2c (Decisión 96/461/CE de la Comisión) del anexo XX del Acuerdo se sustituirá por el texto siguiente:
"32000 D 0045: Decisión 2000/45/CE de la Comisión, de 17 de diciembre de 1999, por la que se establecen los criterios ecológicos para la concesión de la etiqueta ecológica comunitaria a las lavadoras (DO L 16 de 21.1.2000, p. 73).".
Artículo 2
El punto 2el (Decisión 96/703/CE de la Comisión) del anexo XX del Acuerdo se sustituirá por el texto siguiente:
"32000 D 0040: Decisión 2000/40/CE de la Comisión, de 16 de diciembre de 1999, por la que se establecen los criterios ecológicos para la concesión de la etiqueta ecológica comunitaria a los frigoríficos (DO L 13 de 19.1.2000, p. 22).".
Artículo 3
Los textos de las Decisiones 2000/45/CE y 2000/40/CE en lenguas islandesa y noruega, que se publicarán en el Suplemento EEE del Diario Oficial de las Comunidades Europeas, serán auténticos.
Artículo 4
La presente Decisión entrará en vigor el 29 de junio de 2000, siempre que se hayan efectuado al Comité Mixto del EEE todas las notificaciones previstas en el apartado 1 del artículo 103 del Acuerdo (4).
Artículo 5
La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de las Comunidades Europeas.
Hecho en Bruselas, el 28 de junio de 2000.
Por el Comité Mixto del EEE
El Presidente
F. Barbaso
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(1) DO L 141 de 15.6.2000, p. 59.
(2) DO L 16 de 21.1.2000, p. 73.
(3) DO L 13 de 19.1.2000, p. 22.
(4) No se han indicado preceptos constitucionales.