EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,
Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, adaptado por el Protocolo por el que se adapta el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en lo sucesivo denominado "el Acuerdo", y, en particular, su artículo 98,
Considerando lo siguiente:
(1) El anexo XVIII del Acuerdo fue modificado por la Decisión del Comité Mixto del EEE n° 39/2002, de 19 de abril de 2002 (1).
(2) Debe incorporarse al Acuerdo la Directiva 2000/34/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de junio de 2000, por la que se modifica la Directiva 93/104/CE del Consejo relativa a determinados aspectos de la ordenación del tiempo de trabajo, para incluir los sectores y las actividades excluidos de dicha Directiva (2).
DECIDE:
Artículo 1
En el punto 28 (Directiva 93/104/CE del Consejo) del anexo XVIII del Acuerdo se añadirá el texto siguiente:
", modificado por:
- 32000 L 0034: Directiva 2000/34/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de junio de 2000 (DO L 195 de 1.8.2000, p. 41).
A los efectos del presente Acuerdo, en las disposiciones de la Directiva se introducirá la siguiente adaptación:
La obligación a que se refiere el punto 2.4 (a)(i) del apartado 2 del artículo 17 de enviar determinadas notificaciones, justificaciones y dictámenes al Parlamento Europeo no se aplicará a los Estados de la AELC o las instituciones de la AELC.".
Artículo 2
Los textos de la Directiva 2000/34/CE, en lenguas islandesa y noruega, anejos a las respectivas versiones lingüísticas de la presente Decisión, son auténticos.
Artículo 3
La presente Decisión entrará en vigor el 1 de junio de 2002, siempre que se hayan transmitido al Comité Mixto del EEE todas las notificaciones previstas en el apartado 1 del artículo 103 del Acuerdo (3).
Artículo 4
La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de las Comunidades Europeas.
Hecho en Bruselas, el 31 de mayo de 2002.
Por el Comité Mixto del EEE
El Presidente
P. Westerlund
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(1) DO L 154 de 13.6.2002, p. 25.
(2) DO L 195 de 1.8.2000, p. 41.
(3) Se han indicado preceptos constitucionales.