EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,
Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, adaptado por el Protocolo por el que se adapta el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en lo sucesivo denominado "el Acuerdo", y, en particular, su artículo 98,
Considerando lo siguiente:
(1) El anexo II del Acuerdo fue modificado por la Decisión del Comité Mixto del EEE n° 32/2002, de 19 de abril de 2002 (1).
(2) Debe incorporarse al Acuerdo la Directiva 2001/48/CE de la Comisión, de 28 de junio de 2001, por la que se modifican los anexos de las Directivas 86/362/CEE y 90/642/CEE del Consejo, relativas a la fijación de los contenidos máximos de residuos de plaguicidas sobre y en los cereales, y en determinados productos de origen vegetal, incluidas las frutas y hortalizas, respectivamente (2).
(3) Debe incorporarse al Acuerdo la Directiva 2001/57/CE de la Comisión, de 25 de julio de 2001, por la que se modifican los anexos de las Directivas 86/362/CEE, 86/363/CEE y 90/642/CEE del Consejo, relativas a la fijación de los contenidos máximos de residuos de plaguicidas sobre y en los cereales, sobre y en los productos alimenticios de origen animal y en determinados productos de origen vegetal, incluidas las frutas y hortalizas, respectivamente (3).
(4) Debe incorporarse al Acuerdo la Directiva 2001/62/CE de la Comisión, de 9 de agosto de 2001, por la que se modifica la Directiva 90/128/CEE relativa a los materiales y objetos plásticos destinados a entrar en contacto con productos alimenticios (4).
DECIDE:
Artículo 1
El capítulo XII del anexo II del Acuerdo se modificará como sigue:
1) En el punto 38 (Directiva 86/362/CEE del Consejo) y al punto 54 (Directiva 90/642/CEE del Consejo) se añadirán los guiones siguientes:
"- 32001 L 0048: Directiva 2001/48/CE de la Comisión, de 28 de junio de 2001 (DO L 180 de 3.7.2001, p. 26).
- 32001 L 0057: Directiva 2001/57/CE de la Comisión, de 25 de julio de 2001 (DO L 208 de 1.8.2001, p. 36).".
2) En el punto 39 (Directiva 86/363/CEE del Consejo) se añadirá el guión siguiente:
"- 32001 L 0057: Directiva 2001/57/CE de la Comisión, de 25 de julio de 2001 (DO L 208 de 1.8.2001, p. 36).".
3) Al punto 52 (Directiva 90/128/CEE de la Comisión) se añadirá el guión siguiente:
"- 32001 L 0062: Directiva 2001/62/CE de la Comisión, de 9 de agosto de 2001 (DO L 221 de 17.8.2001, p. 18).".
Artículo 2
Los textos de las Directivas 2001/48/CE, 2001/57/CE y 2001/62/CE en lenguas islandesa y noruega, anejos a las respectivas versiones lingüísticas de la presente Decisión, son auténticos.
Artículo 3
La presente Decisión entrará en vigor el 1 de junio de 2002, siempre que se hayan transmitido al Comité Mixto del EEE todas las notificaciones previstas en el apartado 1 del artículo 103 del Acuerdo(5).
Artículo 4
La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de las Comunidades Europeas.
Hecho en Bruselas, el 31 de mayo de 2002.
Por el Comité Mixto del EEE
El Presidente
P. Westerlund
____________
(1) DO L 154 de 13.6.2002, p. 12.
(2) DO L 180 de 3.7.2001, p. 26.
(3) DO L 208 de 1.8.2001, p. 36.
(4) DO L 221 de 17.8.2001, p. 18.
(5) No se han indicado preceptos constitucionales.