EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,
Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, adaptada por el Protocolo por el que se adapta el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en adelante denominado "el Acuerdo", y, en particular, su artículo 98,
Considerando lo siguiente:
(1) El anexo XXI del Acuerdo fue modificado por la Decisión del Comité Mixto del EEE n° 25/2002, de 1 de marzo de 2002(1).
(2) Deberá incorporarse al Acuerdo el Reglamento (CE) n° 1920/2001 de la Comisión, de 28 de septiembre de 2001, por el que se establecen normas detalladas para la aplicación del Reglamento (CE) n° 2494/95 en lo relativo a normas mínimas para el tratamiento de los gastos por servicios expresados en porcentaje del valor de la transacción en los índices armonizados de precios al consumo, y por el que se modifica el Reglamento (CE) n° 2214/96(2), rectificado en el DO L 295 de 13.11.2001, p. 34.
(3) Deberá incorporarse al Acuerdo el Reglamento (CE) n° 1921/2001 de la Comisión, de 28 de septiembre de 2001, que establece normas detalladas para la aplicación del Reglamento (CE) n° 2494/95 del Consejo en lo referente a las normas mínimas para las revisiones del índice armonizado de precios al consumo y por el que se modifica el Reglamento (CE) n° 2602/2000(3), rectificado en el DO L 295 de 13.11.2001, p. 34.
DECIDE:
Artículo 1 El anexo XXI del Acuerdo se modificará como sigue:
1) En el punto 19c [Reglamento (CE) n° 2214/96 de la Comisión] se añadirá el guión siguiente:
"- 32001 R 1920: Reglamento (CE) n° 1920/2001 de la Comisión, de 28 de septiembre de 2001 (DO L 261 de 29.9.2001, p. 46), rectificado en el DO L 295 de 13.11.2001, p. 34.".
2) En el punto 19l [Reglamento (CE) n° 2602/2000 de la Comisión] se añadirá el siguiente texto:
", modificado por:
- 32001 R 1921: Reglamento (CE) n° 1921/2001 de la Comisión, de 28 de septiembre de 2001 (DO L 261 de 29.9.2001, p. 49), rectificado en el DO L 295 de 13.11.2001, p. 34.".
3) Se añadirán los siguientes puntos después del punto 19l [Reglamento (CE) n° 2602/2000 de la Comisión]:
"19m. 32001 R 1920: Reglamento (CE) n° 1920/2001 de la Comisión, de 28 de septiembre de 2001, por el que se establecen normas detalladas para la aplicación del Reglamento (CE) n° 2494/95 en lo relativo a normas mínimas para el tratamiento de los gastos por servicios expresados en porcentaje del valor de la transacción en los índices armonizados de precios al consumo, y por el que se modifica el Reglamento (CE) n° 2214/96 (DO L 261 de 29.9.2001, p. 46), rectificado en el DO L 295 de 13.11.2001, p. 34.
19n. 32001 R 1921: Reglamento (CE) n° 1921/2001 de la Comisión, de 28 de septiembre de 2001, que establece normas detalladas para la aplicación del Reglamento (CE) n° 2494/95 del Consejo en lo referente a las normas mínimas para las revisiones del índice armonizado de precios al consumo y por el que se modifica el Reglamento (CE) n° 2602/2000 (DO L 261 de 29.9.2001, p. 49), rectificado en el DO L 295 de 13.11.2001, p. 34.".
Artículo 2 Los textos de los Reglamentos (CE) n° 1920/2001 en lenguas islandesa y noruega son auténticos.
Artículo 3 La presente Decisión entrará en vigor el 20 de abril de 2002, siempre que se hayan transmitido al Comité Mixto del EEE todas las notificaciones previstas en el apartado 1 del artículo 103 del Acuerdo(4).
Artículo 4 La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de las Comunidades Europeas.
Hecho en Bruselas, el 19 de abril de 2002.
Por el Comité Mixto del EEE El Presidente P. Westerlund (1) DO L 110 de 25.4.2002, p. 27.
(2) DO L 261 de 29.9.2001, p. 46.
(3) DO L 261 de 29.9.2001, p. 49.
(4) No se han indicado preceptos constitucionales.