EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,
Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en la redacción dada al mismo por el Protocolo por el que se adapta el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, (en lo sucesivo denominado "el Acuerdo"), y, en particular, su artículo 98,
Considerando lo siguiente:
(1) El Anexo IX del Acuerdo fue modificado por la Decisión n° 15/2001 del Comité Mixto del EEE, de 28 de febrero de 2001 (1).
(2) Deberá incorporarse al Acuerdo la Directiva 2000/28/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de septiembre de 2000, por la que se modifica la Directiva 2000/12/CE relativa al acceso a la actividad de las entidades de crédito y a su ejercicio (2).
DECIDE:
Artículo 1
Antes del texto adaptado, se añadirá lo siguiente en el punto 14 (Directiva 2000/12/CE del Parlamento Europeo y del Consejo) del Anexo IX del Acuerdo:
", modificada por:
- 32000 L 0028: Directiva 2000/28/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de septiembre de 2000, por la que se modifica la Directiva 2000/12/CE relativa al acceso a la actividad de las entidades de crédito y a su ejercicio (DO L 275 de 27.10.2000, p. 37)."
Artículo 2
Los textos de la Directiva 2000/28/CE del Parlamento Europeo y del Consejo en lenguas islandesa y noruega, que se publicarán en el Suplemento EEE del Diario Oficial de las Comunidades Europeas, serán auténticos.
Artículo 3
La presente Decisión entrará en vigor el 31 de marzo de 2001, siempre que se hayan transmitido al Comité Mixto del EEE (3) todas las notificaciones previstas en el apartado 1 del artículo 103 del Acuerdo.
Artículo 4
La presente Decisión se publicará en la Sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de las Comunidades Europeas.
Hecho en Bruselas, el 30 de marzo de 2001.
Por el Comité Mixto del EEE,
El Presidente
P. Westerlund
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(1) DO L 117 de 26.4.2001, p. 13.
(2) DO L 275 de 27.10.2000, p. 37.
(3) Se han indicado preceptos constitucionales.