EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,
Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, adaptado por el Protocolo por el que se adapta el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en adelante denominado "el Acuerdo" y, en particular, su artículo 98,
Considerando lo siguiente:
(1) El anexo XX del Acuerdo fue modificado por la Decisión del Comité Mixto del EEE n° 15/2000, de 28 de enero de 2000 (1).
(2) Debe incorporarse al Acuerdo la Decisión 1999/698/CE de la Comisión, de 13 de octubre de 1999, por la que se establecen los criterios ecológicos para la concesión de la etiqueta ecológica comunitaria a los ordenadores portátiles (2).
DECIDE:
Artículo 1
Se añadirá el punto siguiente después del punto 2eq (Decisión 1999/427/CE de la Comisión) del anexo XX del Acuerdo:
"2er. 399 D 0698: Decisión 1999/698/CE de la Comisión, de 13 de octubre de 1999, por la que se establecen los criterios ecológicos para la concesión de la etiqueta ecológica comunitaria a los ordenadores portátiles (DO L 276 de 27.10.1999, p. 7).".
Artículo 2
Los textos de la Decisión 1999/698/CE en lenguas islandesa y noruega, que se publicarán en el Suplemento EEE del Diario Oficial de las Comunidades Europeas, serán auténticos.
Artículo 3
La presente Decisión entrará en vigor el 19 de abril de 2000, siempre que se hayan efectuado al Comité Mixto del EEE (3) todas las notificaciones previstas en el apartado 1 del artículo 103 del Acuerdo.
Artículo 4
La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de las Comunidades Europeas.
Hecho en Bruselas, el 18 de abril de 2000.
Por el Comité Mixto del EEE
El Presidente
F. Barbaso
_______________________
(1) No publicada aún en el Diario Oficial.
(2) DO L 276 de 27.10.1999, p. 7.
(3) No se han indicado preceptos constitucionales.