EL COMITE MIXTO DEL EEE,
Visto el Acuerdo sobreel Espacio Económico Europeo, con las precisiones del Protocolo de Adaptación del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, denominado en adelante « el Acuerdo », y, en particular, su artículo 98,
Considerando que el Anexo IX del Acuerdo quedó modificado por última vez por la Decisión nº 19/94 del Comité Mixto del EEE;
Considerando que procede incluir en el Acuerdo la Decisión de la Comisión 93/43/CEE, de 21 de diciembre de 1992, sobre la aplicación de la Directiva 72/166/CEE del Consejo, relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros sobre el seguro de la responsabilidad civil que resulta de la circulación de vehículos automóviles y el control de la obligación de asegurar esta responsabilidad,
DECIDE:
Artículo 1
Deberá añadirse en el punto 8 (Directiva 72/166/CEE del Consejo) del Anexo IX del Acuerdo el siguiente guión :
«-- 393 D 0043: Decisión 93/43/CEE de la Comisión de 21 de diciembre de 1992
Artículo 2
Son auténticos los textos de la Decisión 93/43/CEE en las lenguas islandesa y noruega, los cuales quedan anejos a las respectivas versiones ling ísticas de la presente Decisión.
Artículo 3
Esta Decisión entrará en vigor el 1 de junio de 1995, a condición de que se hayan transmitido al Comité Mixto del EEE todas las notificaciones previstas en el punto 1 del artículo 103 del Acuerdo.
Artículo 4
Esta Decisión será publicada en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas, en la sección EEE y en el suplemento EEE.
Hecho en Bruselas, el 19 de mayo de 1995.
Por el Comité Mixto del EEE
El Presidente
P. BENAVIDES