EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,
Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en la redacción dada al mismo por el Protocolo por el que se adapta el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en adelante denominado "el Acuerdo" y, en particular, su artículo 98,
Considerando lo siguiente:
(1) El Anexo XXI del Acuerdo fue modificado por la Decisión n° 86/2001 del Comité Mixto del EEE, de 19 de junio de 2001(1).
(2) Debe incorporarse al Acuerdo el Reglamento (CE) n° 1636/2001 de la Comisión, de 23 de julio de 2001, por el que se modifica el Reglamento (CEE) n° 2018/93 del Consejo relativo a las estadísticas de capturas y de la actividad pesquera por parte de los Estados miembros que faenan en el Atlántico noroccidental (2).
DECIDE:
Artículo 1
Se añadirá el siguiente texto en el punto 25b [Reglamento (CEE) n° 2018/93 del Consejo] del Anexo XXI del Acuerdo:
"modificado por:
- 32001 R 1636: Reglamento (CE) n° 1636/2001 de la Comisión de 23 de julio de 1998 (DO L 222 de 17.8.2001, p. 1).".
Artículo 2
Los textos del Reglamento (CE) n° 1636/2001 en lenguas islandesa y noruega, que se publicarán en el Suplemento EEE del Diario Oficial de las Comunidades Europeas, serán auténticos.
Artículo 3
La presente Decisión entrará en vigor el 2 de marzo de 2002, siempre que se hayan transmitido al Comité Mixto del EEE (3) todas las notificaciones previstas en el apartado 1 del artículo 103 del Acuerdo.
Artículo 4
La presente Decisión se publicará en la Sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de las Comunidades Europeas.
Hecho en Bruselas, el 1 de marzo de 2002.
Por el Comité Mixto del EEE,
El Presidente
P. Westerlund
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(1) DO L 238 de 6.9.2001, p. 39.
(2) DO L 222 de 17.8.2001, p. 1.
(3) No se han indicado preceptos constitucionales.