EL COMITE MIXTO DEL EEE,
Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo modificado por el Protocolo por el que se adapta el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo denominado « el Acuerdo ») y, en particular, su artículo 98,
Considerando que la Directiva 94/18/CE del Parlamento Europeo y del Consejo,
de 30 de mayo de 1994, por la que se modifica la Directiva 80/390/CEE sobre la coordinación de las condiciones de elaboración, control y difusión del prospecto que se publicará para la admisión de valores mobiliarios a la cotización oficial en una bolsa de valores, en lo que se refiere a la obligación de publicar dicho prospecto (1) debe ser incluida en el Acuerdo,
DECIDE:
Artículo 1
En el punto 25 del Anexo IX del Acuerdo (Directiva 80/390/CEE del Consejo) se añadirán, antes de las adaptaciones, el siguiente punto:
« - 394 L 00 18 : Directiva 94/18/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 1994 (DO n° L 135 de 31. 5. 1994, p. 1). ».
Artículo 2
Los textos de la Directiva 94/18/CE en lenguas finlandesa, islandesa, noruega y sueca adjuntos a las respectivas versiones lingueísticas de la presente Decisión son igualmente auténticos.
Artículo 3
La presente Decisión entrará en vigor el 15 de diciembre de 1994, siempre que se hayan efectuado todas las notificaciones al Comité Mixto del EEE de conformidad con el apartado 1 del artículo 103 del Acuerdo.
Artículo 4
La presente Decisión será publicada en la sección EEE y en el suplemento EEE del Diario Oficial de las Comunidades Europeas.
Hecho en Bruselas, el 28 de octubre de 1994.
Por el Comité Mixto del EEE El Presidente H. HAFSTEIN