EL COMITE MIXTO DEL EEE,
Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, adaptado por el Protocolo por el que se adapta el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en adelante denominado «el Acuerdo», y, en particular, su artículo 98,
Considerando que el Anexo XIII del Acuerdo fue modificado por la Decisión n° 33/95 del Comité Mixto del EEE;
Considerando que debe incorporarse al Acuerdo el Reglamento (CE) 2176/96 de la Comisión, de 13 de noviembre de 1996, por el que se modifica para su adaptación al progreso científico y técnico el Reglamento (CEE) n° 3922/91 del Consejo relativo a la armonización de normas técnicas y procedimientos administrativos aplicables a la aviación civil,
HA DECIDIDO LO SIGUIENTE:
Artículo 1
Se añadirá el siguiente texto en el punto 66a [Reglamento (CEE) n° 3922/91 del Consejo] del Anexo XIII del Acuerdo:
«, modificado por:
- 396 R 2176: Reglamento (CE) n° 2176/96 de la Comisión, de 13 de noviembre de 1996 (DO n° L 291 de 14. 11. 1996, p. 15).».
Artículo 2
Los textos del Reglamento (CE) n° 2176/96 en lenguas islandesa y noruega,
anejos a las respectivas versiones ling ísticas de la presente Decisión, son auténticos.
Artículo 3
La presente Decisión entrará en vigor el 1 de abril de 1997, siempre que se hayan efectuado al Comité Mixto del EEE todas las notificaciones previstas en el apartado 1 del artículo 103 del Acuerdo.
Artículo 4
La presente Decisión será publicada en la Sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de las Comunidades Europeas.
Hecho en Bruselas, el 24 de marzo de 1997.
Por el Comité Mixto del EEE
El Presidente
C. DAY