EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,
Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en la redacción dada al mismo en el Protocolo por el que se adapta el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en adelante denominado "el Acuerdo" y, en particular, su artículo 98,
Considerando lo siguiente:
(1) El Anexo XIII del Acuerdo fue modificado por la Decisión n° 6/2002 del Comité Mixto del EEE, de 1 de febrero de 2002 (1).
(2) Debe incorporarse al Acuerdo el Reglamento (CE) n° 991/2001 de la Comisión, de 21 de mayo de 2001, por el que se modifica el anexo de la Directiva 92/14/CEE del Consejo relativa a la limitación del uso de aviones objeto del anexo 16 del Convenio relativo a la aviación civil internacional, volumen 1, segunda parte, capítulo 2, segunda edición (1988) (2).
DECIDE:
Artículo 1
Se añadirá el siguiente guión en el punto 66e (Directiva 92/14/CEE del Consejo) del Anexo XIII del Acuerdo:
"- 32001 R 0991: Reglamento (CE) n° 991/2001 de la Comisión, de 21 de mayo de 2001 (DO L 138 de 22.5.2001, p. 12).".
Artículo 2
Los textos del Reglamento (CE) n° 991/2001 en lenguas islandesa y noruega, que se publicarán en el Suplemento EEE del Diario Oficial de las Comunidades Europeas, serán auténticos.
Artículo 3
La presente Decisión entrará en vigor el 2 de marzo de 2002, siempre que se hayan transmitido al Comité Mixto del EEE (3) todas las notificaciones previstas en el apartado 1 del artículo 103 del Acuerdo.
Artículo 4
La presente Decisión se publicará en la Sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de las Comunidades Europeas.
Hecho en Bruselas, el 1 de marzo de 2002.
Por el Comité Mixto del EEE,
El Presidente
P. Westerlund
______________
(1) DO L 88 de 4.4.2002, p. 12.
(2) DO L 138 de 22.5.2001, p. 12.
(3) No se han indicado preceptos constitucionales.