EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,
Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, adaptado por el Protocolo por el que se adapta el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en adelante denominado "el Acuerdo", y, en particular, su artículo 98,
Considerando lo siguiente:
(1) El anexo II del Acuerdo fue modificado por la Decisión del Comité Mixto del EEE n° 137/2001, de 23 de noviembre de 2001 (1).
(2) Debe incorporarse al Acuerdo la Decisión 2001/148/CE de la Comisión, de 21 de febrero de 2001, sobre la aplicación de la letra e) del apartado 3 del artículo 3 de la Directiva 1999/5/CE a las balizas señalizadoras de aludes (2).
DECIDE:
Artículo 1
Después del punto 4zzj (Decisión 2000/299/CE de la Comisión) del capítulo XVIII del anexo II del Acuerdo se añadirá el punto siguiente:
"4zzk. 32001 D 0148: Decisión 2001/148/CE de la Comisión, de 21 de febrero de 2001, sobre la aplicación de la letra e) del apartado 3 del artículo 3 de la Directiva 1999/5/CE a las balizas señalizadoras de aludes (DO L 55 de 24.2.2001, p. 65).".
Artículo 2
Los textos de la Decisión 2001/148/CE en lenguas islandesa y noruega, anejos a las respectivas versiones lingüísticas de la presente Decisión, son auténticos.
Artículo 3
La presente Decisión entrará en vigor el 28 de septiembre de 2002, siempre que se hayan transmitido al Comité Mixto del EEE todas las notificaciones previstas en el apartado 1 del artículo 103 del Acuerdo (3).
Artículo 4
La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de las Comunidades Europeas.
Hecho en Bruselas, el 27 de septiembre de 2002.
Por el Comité Mixto del EEE
El Presidente
Gunnar Snorri Gunnarsson
_________________
(1) DO L 22 de 24.1.2002, p. 28.
(2) DO L 55 de 24.2.2001, p. 65.
(3) No se han indicado preceptos constitucionales.