EL COMITE MIXTO DEL EEE,
Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, adaptado por el Protocolo por el que se adapta el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en adelante denominado «el Acuerdo» y, en particular, su artículo 98,
Considerando que el Anexo XIII del Acuerdo fue modificado por la Decisión n° 27/96 del Comité Mixto del EEE,
Considerando que debe incorporarse al Acuerdo la Directiva 96/40/CE de la Comisión, de 25 de junio de 1996, por la que se establece un modelo común de tarjeta de identidad para los inspectores de control del Estado del puerto,
HA DECIDIDO LO SIGUIENTE:
Artículo 1
Se añadirá el punto siguiente después del punto 56b (Directiva 95/21/CE del Consejo) del Anexo XIII del Acuerdo:
«56ba. 396 L 0040: Directiva 96/40/CE de la Comisión, de 25 de junio de 1996, por la que se establece un modelo común de tarjeta de identidad para los inspectores de control del Estado del puerto (DO n° L 196 de 7. 8. 1996, p. 8).».
Artículo 2
Los textos de la Directiva 96/40/CE en lenguas islandesa y noruega, anejos a las respectivas versiones ling ísticas de la presente Decisión, son auténticos.
Artículo 3
La presente Decisión entrará en vigor el 1 de abril de 1997, siempre que se hayan efectuado al Comité Mixto del EEE todas las notificaciones previstas en el apartado 1 del artículo 103 del Acuerdo.
Artículo 4
La presente Decisión será publicada en la Sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de las Comunidades Europeas.
Hecho en Bruselas, el 14 de marzo de 1997.
Por el Comité Mixto del EEE
El Presidente
C. DAY