Decisión del Comité Mixto del EEE nº 109/2001 de 28 de septiembre de 2001 por la que se modifica el Anexo II (Reglamentaciones técnicas, normas, ensayos y certificación) del Acuerdo EEE.

Vigente Decisión Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2001-82647
Número oficial:
DOUE-L-2001-82647
Publicación:
06/12/2001
Departamento:
Comunidades Europeas

EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,

Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en la redacción dada al mismo por el Protocolo por el que se adapta el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en adelante denominado "el Acuerdo" y, en particular, su artículo 98,

Considerando lo siguiente:

(1) El Anexo II del Acuerdo fue modificado por la Decisión n° 64/2001 del Comité Mixto del EEE, de 19 de junio de 2001(1).

(2) Deberá incorporarse al Acuerdo la Directiva 2000/51/CE de la Comisión, de 26 de julio de 2000, que modifica la Directiva 95/31/CE por la que se establecen criterios específicos de pureza de los edulcorantes que pueden emplearse en los productos alimenticios (2).

(3) Deberá incorporarse al Acuerdo la Directiva 2000/63/CE de la Comisión, de 5 de octubre de 2000, por la que se modifica la Directiva 96/77/CE que establece los criterios específicos de pureza de los aditivos alimentarios distintos de los colorantes y edulcorantes (3).

(4) Deberá incorporarse al Acuerdo el Reglamento (CE) n° 1565/2000 de la Comisión, de 18 de julio de 2000, por el que se establecen las medidas necesarias para la adopción de un programa de evaluación con arreglo al Reglamento (CE) n° 2232/96 del Parlamento Europeo y del Consejo (4).

(5) La Directiva 96/77/CE de la Comisión, de 2 de diciembre de 1996, por la que se establecen criterios específicos de pureza de los aditivos alimentarios distintos de los colorantes y edulcorantes (5) y la Directiva 98/86/CE de la Comisión, de 11 de noviembre de 1998, por la que se modifica la directiva 96/77/CE que establece los criterios específicos de pureza de los aditivos alimentarios distintos de los colorantes y edulcorantes (6) han sido incorporadas anteriormente de forma errónea como modificaciones de los actos del punto 46 del Capítulo XII del Anexo II del Acuerdo y deben trasladarse a un nuevo punto.

DECIDE:

Artículo 1

Se añadirá el siguiente guión en el punto 46a (Directiva 95/31/CE de la Comisión) del Capítulo XII del Anexo II del Acuerdo:

"- 32000 L 0051: Directiva 2000/51/CE de la Comisión, de 26 de julio de 2000 (DO L 198 de 4.8.2000, p. 41)."

Artículo 2

Se añadirán los siguientes puntos después del punto 54ze (Decisión 2000/49/CE de la Comisión ) en el Capítulo XII del Anexo II del Acuerdo:

"54zf. 396 L 0077: Directiva 96/77/CE de la Comisión, de 2 de diciembre de 1996, por la que se establecen criterios específicos de pureza de los aditivos alimentarios distintos de los colorantes y edulcorantes (DO L 339 de 30.12.1996, p. 1), modificada por:

- 398 L 0086: Directiva 98/86/CE de la Comisión, de 11 de noviembre de 1998 (DO L 334 de 9.12.1998, p. 1),

- 32000 L 0063: Directiva 2000/63/CE de la Comisión de 5 de octubre de 2000 (DO L 277 de 30.10.2000, p. 1).

54zg. 32000 R 1565: Reglamento (CE) n° 1565/2000 de la Comisión, de 18 de julio de 2000, por el que se establecen las medidas necesarias para la adopción de un programa de evaluación con arreglo al Reglamento (CE) n° 2232/96 del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 180 de 19.7.2000, p.8)."

Artículo 3

Los textos de las Directivas 2000/51/CE y 2000/63/CE de la Comisión, y del Reglamento (CE) n° 1565/2000 de la Comisión, en lenguas islandesa y noruega, que se publicarán en el Suplemento del EEE del Diario Oficial de las Comunidades Europeas, serán auténticos.

Artículo 4

La presente Decisión entrará en vigor el 29 de septiembre de 2001, siempre que se hayan transmitido al Comité Mixto del EEE(7) todas las notificaciones previstas en el apartado 1 del artículo 103 del Acuerdo.

Artículo 5

La presente Decisión se publicará en la Sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de las Comunidades Europeas.

Hecho en Bruselas, el 28 de septiembre de 2001.

Por el Comité Mixto del EEE

El Presidente

E. Bull

________________

(1) DO L 238 de 6.9.2001, p. 8.

(2) DO L 198 de 4.8.2000, p. 41.

(3) DO L 277 de 30.10.2000, p. 1.

(4) DO L 180 de 19.7.2000, p. 8.

(5) DO L 339 de 30.12.1996, p. 1.

(6) DO L 334 de 9.12.1998, p. 1.

(7) No se han indicado preceptos constitucionales.

Leyes relacionadas

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