EL COMIT MIXTO DEL EEE,
Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, adaptado por el Protocolo por el que se adapta el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en adelante denominado «el Acuerdo», y, en particular, su artículo 98,
Considerando que el anexo XI del Acuerdo fue modificado por la Decisión n° 7/96 del Comité Mixto del EEE (1);
Considerando que debe incorporarse al Acuerdo la Resolución del Consejo, de 21 de noviembre de 1996, relativa a las nuevas prioridades políticas en materia de sociedad de la información (2),
DECIDE:
Artículo 1
Después del punto 29 (Recomendación 95/144/CE del Consejo) del anexo XI del Acuerdo se insertará el punto siguiente:
«30. 396 Y 1212(01): Resolución 96/C 376/01 del Consejo, de 21 de noviembre de 1996, relativa a las nuevas prioridades políticas en materia de sociedad de la información (DO C 376 de 12. 12. 1996, p. 1).».
Artículo 2
Los textos de la Resolución 96/C 376/01 del Consejo en lenguas islandesa y noruega, anejos a las respectivas versiones ling ísticas de la presente Decisión, son auténticos.
Artículo 3
La presente Decisión entrará en vigor el 18 de diciembre de 1997, siempre que se hayan efectuado al Comité Mixto del EEE todas las notificaciones establecidas por el apartado 1 del artículo 103 del Acuerdo.
Artículo 4
La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de las Comunidades Europeas.
Hecho en Bruselas, el 17 de diciembre de 1997.
Por el Comité Mixto del EEE
El Presidente
E. BULL
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(1) DO L 102 de 25. 4. 1996, p. 50.
(2) DO C 376 de 12. 12. 1996, p. 1.