EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,
Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en la redacción dada al mismo por el Protocolo de adaptación del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en adelante denominado "el Acuerdo" y, en particular, su artículo 98,
Considerando lo siguiente:
(1) El anexo II del Acuerdo fue modificado por la Decisión del Comité Mixto del EEE n° 15/2002, de 1 de marzo de 2000 (1).
(2) Debe incorporarse al Acuerdo la Recomendación 2001/893/CE de la Comisión, de 7 de diciembre de 2001, sobre los principios para la utilización de "SOLVIT" - Red de resolución de problemas en el mercado interior (2).
DECIDE:
Artículo 1
Después del punto 3 (Resolución 2000/C 141/02 del Consejo) del capítulo X del anexo II del Acuerdo se añadirá el punto siguiente:
"4. 32001 H 0893: Recomendación 2001/893/CE de la Comisión, de 7 de diciembre de 2001, sobre los principios para la utilización de 'SOLVIT' - Red de resolución de problemas en el mercado interior (DO L 331 de 15.12.2001, p. 79).".
Artículo 2
Los textos de la Recomendación 2001/893/CE en lenguas islandesa y noruega, anejos a las respectivas versiones lingüísticas de la presente Decisión, son auténticos.
Artículo 3
La presente Decisión entrará en vigor el 13 de julio de 2002, siempre que se hayan transmitido al Comité Mixto del EEE todas las notificaciones previstas en el apartado 1 del artículo 103 del Acuerdo (3).
Artículo 4
La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de las Comunidades Europeas.
Hecho en Bruselas, el 12 de julio de 2002.
Por el Comité Mixto del EEE
El Presidente
G.S. Gunnarsson
__________
(1) DO L 110 de 25.4.2002, p. 9.
(2) DO L 331 de 15.12.2001, p. 79.
(3) No se han indicado preceptos constitucionales.