LOS REPRESENTANTES DE LOS GOBIERNOS DE LOS ESTADOS MIEMBROS DE LA COMUNIDAD EUROPEA DEL CARBON Y DEL ACERO, REUNIDOS EN EL CONSEJO, DECIDEN:
Artículo único
En el artículo único de la Decisión 87/588/CECA (1), la fecha del 30 de junio de 1988 se sustituirá por la fecha del 31 de diciembre de 1988.
Hecha en Bruselas, el 25 de julio de 1988.
El Presidente
Th. PANGALOS
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(1) DO nº L 353 de 16. 12. 1987, p. 31.