Decisión de la Comisión, de 9 de diciembre de 1997, que modifica la Decisión 83/247/CEE por la que se crea un Comité consultivo de la política comunitaria en el sector de la madera.

Vigente Decisión Unión Europea
BOE:
DOUE-L-1997-82394
Número oficial:
DOUE-L-1997-82394
Publicación:
17/12/1997
Departamento:
Comunidades Europeas

LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Considerando que, habida cuenta de la evolución económica del sector de la madera en la Comunidad y de la necesidad de garantizar la representación de sus distintos ramos en el Comité, es conveniente modificar la Decisión 83/247/CEE de la Comisión,

DECIDE:

Artículo único

La Decisión 83/247/CEE quedará modificada como sigue:

1) Los artículos 1, 2 y 3 se sustituirán por el texto siguiente:

«Artículo 1

Se crea, adjunto a la Comisión, un Comité consultivo de la política comunitaria en el sector de la madera, en lo sucesivo denominado "el Comité". El Comité estará compuesto por representantes de las organizaciones europeas del sector de la madera.

Artículo 2

El Comité tendrá como función asesorar a la Comisión, ya sea a petición de ésta, ya sea por propia iniciativa, sobre asuntos relacionados con los aspectos industriales de la política comunitaria en el sector de la madera, o con el mercado, y sobre otros aspectos económicos relativos a los productos de la madera en la Comunidad o a la demanda de los mismos.

Artículo 3

El Comité constará de veintitrés miembros:

- cinco miembros en representación del sector forestal,

- seis miembros en representación de la industria mecánica de la madera,

- seis miembros en representación de las industrias de fabricación y transformación de pulpa, papel y cartón,

- seis miembros en representación de las industrias de artes gráficas y edición.».

2) Los artículos 5 y 6 se sustituirán por el texto siguiente:

«Artículo 5

El mandato de los miembros del Comité tendrá una duración de dos años y será renovable previa aprobación de la Comisión.

A la expiración de dicho período de dos años, los miembros del Comité permanecerán en sus cargos hasta que se proceda a su sustitución o a la renovación de su mandato.

El mandato de un miembro concluirá antes de la expiración del período de dos años por dimisión o fallecimiento.

En tal caso, dicho miembro será sustituido para el resto del período de mandato, de conformidad con el artículo 4,

Las funciones ejercidas no serán objeto de remuneración.

Artículo 6

A título de información, la Comisión publicará la lista de los miembros en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.».

3) El artículo 10 se sustituirá por el texto siguiente:

«Artículo 10

1. El Comité y los grupos de trabajo se reunirán por convocatoria del presidente del Comité. El Comité se reunirá en la sede de la Comisión.

2. Los representantes de los servicios de la Comisión interesados participarán en las reuniones del Comité y de los grupos de trabajo.».

Hecho en Bruselas, el 9 de diciembre de 1997.

Por la Comisión

Martin BANGEMANN

Miembro de la Comisión

ANEXO

COMITE CONSULTIVO DE LA POLITICA COMUNITARIA EN EL SECTOR DE LA MADERA

1. Sector forestal 5 miembros

Montes públicos 1

CEPF - Confédération européenne des producteurs

forestiers 1

USSE - Unión de Silvicultores del Sur de Europa 1

UEF - Unión of European Foresters 1

FECOF - Fédération européenne des communes forestières 1

2. Industria mecánica de la madera 6 miembros

CEI-Bois - Confédération européenne des industries du bois 1

OES - Organisation européenne des scieries 1

FESYP - Fédération européenne des syndicats de fabricants 1

de panneaux de particules

FEROPA - Fédération européenne des fabricants de panneaux 1

de fibres

FEIC - Fédération européenne des industries du 1

contreplaqué

Euro MDF - European Association of Medium Density 1

Fibreboard

3. Fabricación y transformación de pulpa, papel 6 miembros

y cartón

CEPI - Confederation of European Paper Industries 1

EPIS - European Pulp Industry Sector 1

CEPI Cartonboard/Procarton 1

ETS - European Tissue Symposium 1

EDANA - European Disposables and Non-wowens Association 1

CIPTA - Confédération internationale des transformateurs

de papier et carton en Europe 1

4. Artes gráficas y edición 6 miembros

INTERGRAF - Confédération internationale de l'industrie

graphique et des industries annexes 1

FAEP - Fédération des associations d'éditeurs de

périodiques de la CEE 1

ENPA - European Newspaper Publishers Association 1

EADP - European Association of Directory Publishers 1

EPC - European Publishers Council 1

FEP - Federation of European Publishers 1

Total 23

Leyes relacionadas

Decisión Delegada (UE) 2026/429 de la Comisión, de 25 de febrero de 2026, por la que se completa el Reglamento (UE) 2025/40 del Parlamento Europeo y del Consejo eximiendo a determinados operadores económicos que utilizan envolturas y flejes para palés de los requisitos de reutilización del 100 % de estos formatos de envases.

Decisión 06/05/2026

Decisión de Ejecución (UE) 2026/989 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por la que se modifica la Decisión de Ejecución (UE) 2022/1668 en lo que respecta a la norma armonizada sobre dispositivos de prevención de rebosamiento para tanques estáticos para combustibles petrolíferos líquidos. Parte 1: Dispositivos de prevención de rebosamiento con dispositivo de cierre.

Decisión 05/05/2026

Decisión (PESC) 2026/1028 del Consejo, de 5 de mayo de 2026, relativa a una medida de asistencia en el marco del Fondo Europeo de Apoyo a la Paz para apoyar a las Fuerzas Armadas de Senegal en el marco de la Arquitectura de Yaundé.

Decisión 06/05/2026

Decisión nº 146/25/COL del Órgano de Vigilancia de la AELC, de 9 de septiembre de 2025, por la que se adoptan directrices para el Sistema de Alerta Rápida Safety Gate establecido en virtud de la Directiva 2001/95/CE, relativa a la seguridad general de los productos [2026/1039].

Decisión 07/05/2026

Decisión (PESC) 2025/931 del Consejo, de 20 de mayo de 2025, por la que se modifica la Decisión 2014/512/PESC relativa a medidas restrictivas motivadas por acciones de Rusia que desestabilizan la situación en Ucrania.

Decisión 20/05/2025

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