LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,
Vista la Directiva 91/67/CEE del Consejo, de 28 de enero de 1991, relativa alas condiciones de policía sanitaria aplicables a la puesta en el mercado de animales y productos de la acuicultura(1), cuya última modificación la constituye la Directiva 98/45/CE(2), y, en particular, el apartado 2 de su artículo 5,
(1) Considerando que los Estados miembros pueden obtener para la totalidad oparte de su territorio el estatuto de zona autorizada libre de determinadas enfermedades de los peces;
(2) Considerando que, mediante cartas de 18 de septiembre de 1995 y de 17 de septiembre de 1996, Alemania presentó a la Comisión los motivos que justifican la concesión del estatuto de zona autorizada con respecto a la necrosis hematopoyética infecciosa (NHI) y a la septicemia hemorrágica viral (SHV) a determinadas zonas de cuencas fluviales situadas en Baden-Württemberg así como las disposiciones nacionales que garantizan el mantenimiento de la autorización;
(3) Considerando que el examen de dicha información permite conceder a esas zonas el estatuto de zona continental autorizada respecto a la NHI y la SHV;
(4) Considerando que las disposiciones de la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité veterinario permanente,
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
Se reconocen como zonas continentales autorizadas por lo que respecta a la NHI y a la SHV las zonas indicadas en el anexo.
Artículo 2
Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros.
Hecho en Bruselas, el 6 de julio de 1999.
Por la Comisión
Franz FISCHLER
Miembro de la Comisión
_____________
(1) DO L 46 de 19.2.1991, p. 1.
(2) DO L 189 de 3.7.1998, p. 12.
ANEXO
Las zonas de las siguientes cuencas fluviales de Baden-Württemberg:
1) El Insenburger Tal desde el nacimiento hasta la zona de desagüe de laexplotación "Falkenstein".
2) El Eyach y sus afluentes desde el nacimiento hasta la primera presa ríoabajo situada cerca de la ciudad de Haigerloch.